Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Primera) de 11 de noviembre de 2009 — Bayer Healthcare/OAMI — Uriach-Aquilea OTC (CITRACAL)

(Asunto T-277/08)

«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa CITRACAL — Marca nacional denominativa anterior CICATRAL — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Similitud entre los productos — Similitud de los signos — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 40/94 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009]»

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 39, 59 y 60)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 5 de mayo de 2008 (asunto R 459/2007-4) relativa a un procedimiento de oposición entre Uriach-Aquilea OTC, S.L., y Bayer Healthcare LLC.

Datos relativos al asunto

Solicitante de la marca comunitaria:

Bayer Healthcare LLC

Marca comunitaria solicitada:

Marca denominativa CITRACAL para productos de la clase 5 — Solicitud no 1.757.855

Titular de la marca o del signo invocados en oposición:

Uriach-Aquilea OTC, S.L.

Marca o signo invocados en oposición:

Marca nacional denominativa CICATRAL para productos de las clases 1 y 5

Resolución de la División de Oposición:

Estimación de la oposición

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación del recurso

Fallo

1) 

Desestimar el recurso.

2) 

Condenar en costas a Bayer Healthcare LLC.


Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Primera) de 11 de noviembre de 2009 — Bayer Healthcare/OAMI — Uriach-Aquilea OTC (CITRACAL)

(Asunto T-277/08)

«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa CITRACAL — Marca nacional denominativa anterior CICATRAL — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Similitud entre los productos — Similitud de los signos — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 40/94 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009]»

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 39, 59 y 60)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 5 de mayo de 2008 (asunto R 459/2007-4) relativa a un procedimiento de oposición entre Uriach-Aquilea OTC, S.L., y Bayer Healthcare LLC.

Datos relativos al asunto

Solicitante de la marca comunitaria:

Bayer Healthcare LLC

Marca comunitaria solicitada:

Marca denominativa CITRACAL para productos de la clase 5 — Solicitud no 1.757.855

Titular de la marca o del signo invocados en oposición:

Uriach-Aquilea OTC, S.L.

Marca o signo invocados en oposición:

Marca nacional denominativa CICATRAL para productos de las clases 1 y 5

Resolución de la División de Oposición:

Estimación de la oposición

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación del recurso

Fallo

1) 

Desestimar el recurso.

2) 

Condenar en costas a Bayer Healthcare LLC.