11.5.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 155/20


Sentencia del Tribunal General de 25 de marzo de 2015 — Slovenská pošta/Comisión

(Asunto T-556/08) (1)

((«Competencia - Abuso de posición dominante - Mercados eslovacos de servicios de correo tradicional y de correo híbrido - Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 86 CE, apartado 1, en relación con el artículo 82 CE - Derecho exclusivo a repartir el correo híbrido - Principio de buena administración - Obligación de motivación - Derecho a ser oído - Definición del mercado - Extensión de un monopolio - Artículo 86 CE, apartado 2 - Seguridad jurídica - Confianza legítima»))

(2015/C 155/22)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Slovenská pošta a.s. (Banská Bystrica, Eslovaquia (representantes: inicialmente O. Brouwer, C. Schillemans y M. Knapen, posteriormente O. Brouwer y P. Schepens, y finalmente O. Brouwer y A. Pliego Selie, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: inicialmente R. Sauer, A. Tokár y A. Antoniadis, posteriormente R. Sauer, A. Tokár y C. Vollrath, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandante: República Eslovaca (representante: B. Ricziová, agente)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Cromwell a.s. (Bratislava, Eslovaquia); Slovak Mail Services a.s. (Bratislava); Prvá Doručovacia a.s. (Bratislava) (representantes: inicialmente M. Maier y P. Werner, posteriormente P. Werner, abogados); e ID Marketing Slovensko s.r.o., anteriormente TNT Post Slovensko s.r.o. (Bratislava) (representantes: inicialmente J. Ellison, Solicitor, y T. Rybár, abogado, posteriormente T. Rybár e I. Pecník, abogados)

Objeto

Recurso de anulación de la Decisión C(2008) 5912 final de la Comisión, de 7 de octubre de 2008, sobre la legislación postal eslovaca relativa a servicios postales híbridos (asunto COMP/39.562 — Slovakian Postal Law).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Slovenská pošta a.s. cargará, además de con sus propias costas, con las costas en que hayan incurrido la Comisión Europea así como Cromwell a.s., Slovak Mail Services a.s., Prvá Doručovacia a.s. e ID Marketing Slovensko s.r.o.

3)

La República Eslovaca cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 55, de 7.3.2009.