10.1.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 6/15 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Gerechtshof te Arnhem (Países Bajos) el 3 de noviembre de 2008 — K. van Dijk/Gemeente Kampen
(Asunto C-470/08)
(2009/C 6/24)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Gerechtshof te Arnhem
Partes en el procedimiento principal
Demandante: K. van Dijk
Demandada: Gemeente Kampen
Cuestiones prejudiciales
1) |
A falta de una normativa nacional en la materia, ¿está obligado el arrendatario al término del contrato de arrendamiento, de conformidad con los Reglamentos nos 1782/2003 (1) y 795/2004 (2) o con los principios generales del Derecho comunitario, en particular, el principio de prohibición del enriquecimiento sin causa, a entregar al arrendador, junto con la parcela arrendada, los derechos de ayuda generados en virtud de estas parcelas o relacionados con éstas? |
2) |
En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión: A falta de una normativa nacional en la materia, ¿está obligado el arrendador, de conformidad con los Reglamentos nos 1782/2003 y 795/2004 o con los principios generales del Derecho comunitario, en particular, el principio de prohibición del enriquecimiento sin causa, a pagar al arrendatario una indemnización por los derechos de ayuda entregados al arrendador y, en su caso, debe indemnizarle por el valor total o parcial de estos derechos y, de ser parcial, por qué parte de dicho valor? |
3) |
En caso de respuesta negativa a la primera cuestión: A falta de una normativa nacional en la materia, ¿está obligado el arrendatario, de conformidad con los Reglamentos nos 1782/2003 y 795/2004 o con los principios generales del Derecho comunitario, en particular, el principio de prohibición del enriquecimiento sin causa, a pagar al arrendador una indemnización por los derechos de ayuda no entregados al arrendador y, en su caso, debe indemnizarle por el valor total o parcial de estos derechos y, de ser parcial, por qué parte de dicho valor? |
(1) Reglamento (CE) no 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores y por el que se modifican los Reglamentos (CEE) no 2019/93, (CE) no 1452/2001, (CE) no 1453/2001, (CE) no 1454/2001, (CE) no 1868/94, (CE) no 1251/1999, (CE) no 1254/1999, (CE) no 1673/2000, (CEE) no 2358/71 y (CE) no 2529/2001 (DO L 270, p. 1).
(2) Reglamento (CE) no 795/2004 de la Comisión, de 21 de abril de 2004, que establece disposiciones de aplicación del régimen de pago único previsto en el Reglamento (CE) no 1782/2003 del Consejo por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores (DO L 141, p. 1).