Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 1 de octubre de 2009 — Comisión/Irlanda

(Asunto C‑549/08)

«Incumplimiento de Estado — Directiva 2006/70/CE — Blanqueo de capitales y financiación del terrorismo — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»

Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art. 226 CE) (véase el apartado 10)

Objeto

Incumplimiento de Estado — No adopción, dentro del plazo previsto, de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a la Directiva 2006/70/CE de la Comisión, de 1 de agosto de 2006, por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a la definición de personas del medio político y los criterios técnicos aplicables en los procedimientos simplificados de diligencia debida con respecto al cliente así como en lo que atañe a la exención por razones de actividad financiera ocasional o muy limitada (DO L 214, p. 29).

Fallo

1)

Declarar que Irlanda ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2006/70/CE de la Comisión, de 1 de agosto de 2006, por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a la definición de personas del medio político y los criterios técnicos aplicables en los procedimientos simplificados de diligencia debida con respecto al cliente así como en lo que atañe a la exención por razones de actividad financiera ocasional o muy limitada, al no haber adoptado todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en dicha Directiva.

2)

Condenar en costas a Irlanda.