Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 17 de diciembre de 2009 — Notartel/OAMI — SAT.1 (R.U.N.)

(Asunto T-490/07)

«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa R.U.N. — Marcas comunitaria y nacionales denominativas anteriores ran — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 40/94 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009] — Obligación de motivación — Artículo 73 del Reglamento no 40/94 (actualmente artículo 75 del Reglamento no 207/2009) — Denegación parcial del registro»

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 52 y 71)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 22 de octubre de 2007 (asunto R 1267/2006-4) relativa a un procedimiento de oposición entre SAT.1 SatellitenFernsehen GmbH y Notartel SpA — Società informatica del Notariato.

Datos relativos al asunto

Solicitante de la marca comunitaria:

Notartel SpA — Società informatica del Notariato

Marca comunitaria solicitada:

Marca denominativa R.U.N. para servicios de las clases 35, 38 y 42 — Solicitud no 1.069.863

Titular de la marca o del signo invocados en oposición:

SAT.1 SatellitenFersehen GmbH

Marca o signo invocados en oposición:

Marca comunitaria y nacional denominativa «ran» para productos y servicios de las clases 9, 35, 38, 41 y 42

Resolución de la División de Oposición:

Desestimación de la oposición

Resolución de la Sala de Recurso:

Estimación parcial del recurso en lo que atañe a determinados servicios de las clases 38 y 42

Fallo

1) 

Desestimar el recurso.

2) 

Condenar en costas a Notartel SpA — Società informatica del Notariato.


Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 17 de diciembre de 2009 — Notartel/OAMI — SAT.1 (R.U.N.)

(Asunto T-490/07)

«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa R.U.N. — Marcas comunitaria y nacionales denominativas anteriores ran — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 40/94 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009] — Obligación de motivación — Artículo 73 del Reglamento no 40/94 (actualmente artículo 75 del Reglamento no 207/2009) — Denegación parcial del registro»

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 52 y 71)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 22 de octubre de 2007 (asunto R 1267/2006-4) relativa a un procedimiento de oposición entre SAT.1 SatellitenFernsehen GmbH y Notartel SpA — Società informatica del Notariato.

Datos relativos al asunto

Solicitante de la marca comunitaria:

Notartel SpA — Società informatica del Notariato

Marca comunitaria solicitada:

Marca denominativa R.U.N. para servicios de las clases 35, 38 y 42 — Solicitud no 1.069.863

Titular de la marca o del signo invocados en oposición:

SAT.1 SatellitenFersehen GmbH

Marca o signo invocados en oposición:

Marca comunitaria y nacional denominativa «ran» para productos y servicios de las clases 9, 35, 38, 41 y 42

Resolución de la División de Oposición:

Desestimación de la oposición

Resolución de la Sala de Recurso:

Estimación parcial del recurso en lo que atañe a determinados servicios de las clases 38 y 42

Fallo

1) 

Desestimar el recurso.

2) 

Condenar en costas a Notartel SpA — Società informatica del Notariato.