Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Sexta) de 18 de diciembre de 2008 — Torres/OAMI — Sociedad Cooperativa del Campo San Ginés (TORRE DE BENÍTEZ)

(Asunto T-16/07)

«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa TORRE DE BENÍTEZ — Marcas anteriores nacionales, comunitarias e internacionales, denominativas y figurativas, que evocan una pluralidad de torres — Motivo de denegación relativo — Inexistencia de riesgo de confusión»

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 46 y 73)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), de 6 de noviembre de 2006 (asunto R 36/2006-2) relativa al procedimiento de oposición entre Miguel Torres, S.A., y Sociedad Cooperativa del Campo San Ginés.

Datos relativos al asunto

Solicitante de la marca comunitaria:

Sociedad Cooperativa del Campo San Ginés

Marca comunitaria solicitada:

Marca denominativa TORRE DE BENÍTEZ para productos de la clase 33 — Solicitud no 2.438.018

Titular de la marca o del signo invocados en oposición:

Miguel Torres, S.A.

Marca o signo invocados en oposición:

Marcas denominativas nacionales e internacionales Torres para productos de la clase 33, y otras muchas marcas comunitarias, nacionales e internacionales

Resolución de la División de Oposición:

Desestimación de la oposición

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación del recurso

Fallo

1) 

Desestimar el recurso.

2) 

Condenar en costas a Miguel Torres, S.A.


Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Sexta) de 18 de diciembre de 2008 — Torres/OAMI — Sociedad Cooperativa del Campo San Ginés (TORRE DE BENÍTEZ)

(Asunto T-16/07)

«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa TORRE DE BENÍTEZ — Marcas anteriores nacionales, comunitarias e internacionales, denominativas y figurativas, que evocan una pluralidad de torres — Motivo de denegación relativo — Inexistencia de riesgo de confusión»

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 46 y 73)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), de 6 de noviembre de 2006 (asunto R 36/2006-2) relativa al procedimiento de oposición entre Miguel Torres, S.A., y Sociedad Cooperativa del Campo San Ginés.

Datos relativos al asunto

Solicitante de la marca comunitaria:

Sociedad Cooperativa del Campo San Ginés

Marca comunitaria solicitada:

Marca denominativa TORRE DE BENÍTEZ para productos de la clase 33 — Solicitud no 2.438.018

Titular de la marca o del signo invocados en oposición:

Miguel Torres, S.A.

Marca o signo invocados en oposición:

Marcas denominativas nacionales e internacionales Torres para productos de la clase 33, y otras muchas marcas comunitarias, nacionales e internacionales

Resolución de la División de Oposición:

Desestimación de la oposición

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación del recurso

Fallo

1) 

Desestimar el recurso.

2) 

Condenar en costas a Miguel Torres, S.A.