14.8.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 221/35


Sentencia del Tribunal General de 6 de julio de 2010 — Ryanair/Comisión

(Asunto T-342/07) (1)

(Competencia - Concentraciones - Transporte aéreo - Decisión por la que se declara la incompatibilidad de una operación de concentración con el mercado común - Apreciación de los efectos de la operación sobre la competencia - Barreras para el acceso - Eficiencias - Compromisos)

2010/C 221/55

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Ryanair Holdings plc (Dublín) (representantes: J. Swift, QC, V. Power, A. McCarthy y D. Hull, Solicitors, y G. Berrisch, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: X. Lewis y S. Noë, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Aer Lingus Group plc (Dublín) (representantes: inicialmente, A. Burnside, Solicitor, B. van de Walle de Ghelcke y T. Snels, abogados; posteriormente, A. Burnside y B. van de Walle de Ghelcke); e Irlanda (representantes: D. O’Hagan y J. Buttimore, agentes, asistidos por M. Cush, D. Barniville y N. Travers, abogados)

Objeto

Solicitud de anulación de la Decisión C(2007) 3104 de la Comisión, de 27 de junio de 2007, por la que se declara que una operación de concentración es incompatible con el mercado común y el Acuerdo EEE (Asunto COMP/M.4439 — Ryanair/Aer Lingus).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Ryanair Holdings plc cargará con sus propias costas así como con aquéllas en las que hayan incurrido la Comisión Europea y Aer Lingus Group plc.

3)

Irlanda cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 269, de 10.11.2007.