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8.11.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 285/38 |
Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 16 de septiembre de 2008 — ratiopharm/OAMI (BioGeneriX)
(Asunto T-48/07) (1)
(«Marca comunitaria - Solicitud de marca comunitaria denominativa BioGeneriX - Motivos de denegación absolutos - Carácter parcialmente descriptivo - Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) no 40/94»)
(2008/C 285/70)
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandante: ratiopharm GmbH (Ulm, Alemania) (representantes: inicialmente S. Völker, posteriormente S. Völker y A. Schabenberger, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: G. Schneider, agente)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 20 de diciembre de 2006 (R 1048/2004-4) relativa a una solicitud de registro del signo denominativo BioGenerix como marca comunitaria.
Fallo
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1) |
Anular la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 20 de diciembre de 2006 (asunto R 1048/2004-4), en la medida en que se refiere a las sustancias químicas destinadas a conservar alimentos, pertenecientes a la clase 1. |
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2) |
Desestimar el recurso en todo lo demás. |
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3) |
ratiopharm GmbH cargará con sus propias costas, así como con la mitad de las costas de la OAMI. Está última cargará con la mitad de sus costas. |