Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 1 de abril de 2008 — Comisión/Luxemburgo

(Asunto C‑417/07)

«Incumplimiento de Estado — Directiva 2004/36/CE — Seguridad de las aeronaves de terceros países que utilizan los aeropuertos de la Comunidad — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»

1.                     Recurso por incumplimiento — Derecho de la Comisión a recurrir en vía jurisdiccional — Ejercicio discrecional (Art. 226 CE) (véase el apartado 7)

2.                     Actos de las instituciones — Directivas — Ejecución por los Estados miembros — Necesidad de una adaptación clara y precisa del Derecho interno (Art. 249 CE) (véase el apartado 10)

3.                     Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art. 226 CE) (véase el apartado 12)

Objeto

Incumplimiento de Estado — No adopción, dentro del plazo señalado, de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva 2004/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, relativa a la seguridad de las aeronaves de terceros países que utilizan los aeropuertos de la Comunidad (DO L 143, p. 76).

Fallo

1)

Declarar que el Gran Ducado de Luxemburgo ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2004/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, relativa a la seguridad de las aeronaves de terceros países que utilizan los aeropuertos de la Comunidad, al no haber adoptado, dentro del plazo señalado, las disposiciones legales reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada Directiva.

2)

Condenar en costas al Gran Ducado de Luxemburgo.