Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Primera) de 14 de julio de 2008 — Calebus/Comisión

(Asunto T-366/06)

«Recurso de anulación — Directiva 92/43/CEE — Conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres — Decisión 2006/613/CE — Lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea — Acto impugnable — Acto que no afecta directamente a la demandante — Inadmisibilidad»

1. 

Recurso de anulación — Actos recurribles — Concepto — Actos que producen efectos jurídicos obligatorios (Art. 230 CE, párr. 1; Directiva 92/43/CEE del Consejo, arts. 4, aps. 2 y 5, y 6; Decisión 2006/613/CE de la Comisión, art. 1, párr. 2, y anexos 1, 2 y 3) (véanse los apartados 26 a 30)

2. 

Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente (Art. 230 CE, párr. 4; Directiva 92/43/CEE del Consejo, arts. 4, ap. 5, y 6; Decisión 2006/613/CE de la Comisión, anexo 1) (véanse los apartados 39 a 44 y 46)

3. 

Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente (Art. 230 CE, párr. 4) (véase el apartado 45)

Objeto

Pretensión de anulación parcial de la Decisión 2006/613/CE de la Comisión, de 19 de julio de 2006, por la que se adopta, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea (DO L 259, p. 1), en la medida en que designa el lugar denominado «Ramblas de Gergal, Tabernas y Sur de Sierra Alhamilla», en el que se encuentra una finca de la demandante, como lugar de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea.

Fallo

1) 

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2) 

Calebus, S.A., cargará con sus propias costas, así como con las correspondientes a la Comisión.

3) 

El Reino de España cargará con sus propias costas.


Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Primera) de 14 de julio de 2008 — Calebus/Comisión

(Asunto T-366/06)

«Recurso de anulación — Directiva 92/43/CEE — Conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres — Decisión 2006/613/CE — Lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea — Acto impugnable — Acto que no afecta directamente a la demandante — Inadmisibilidad»

1. 

Recurso de anulación — Actos recurribles — Concepto — Actos que producen efectos jurídicos obligatorios (Art. 230 CE, párr. 1; Directiva 92/43/CEE del Consejo, arts. 4, aps. 2 y 5, y 6; Decisión 2006/613/CE de la Comisión, art. 1, párr. 2, y anexos 1, 2 y 3) (véanse los apartados 26 a 30)

2. 

Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente (Art. 230 CE, párr. 4; Directiva 92/43/CEE del Consejo, arts. 4, ap. 5, y 6; Decisión 2006/613/CE de la Comisión, anexo 1) (véanse los apartados 39 a 44 y 46)

3. 

Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente (Art. 230 CE, párr. 4) (véase el apartado 45)

Objeto

Pretensión de anulación parcial de la Decisión 2006/613/CE de la Comisión, de 19 de julio de 2006, por la que se adopta, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea (DO L 259, p. 1), en la medida en que designa el lugar denominado «Ramblas de Gergal, Tabernas y Sur de Sierra Alhamilla», en el que se encuentra una finca de la demandante, como lugar de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea.

Fallo

1) 

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2) 

Calebus, S.A., cargará con sus propias costas, así como con las correspondientes a la Comisión.

3) 

El Reino de España cargará con sus propias costas.