Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Primera) de 14 de julio de 2008 — Fresyga/Comisión
(Asunto T‑323/06)
«Recurso de anulación — Directiva 92/43/CEE — Conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres — Decisión 2006/613/CE — Lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea — Acto impugnable — Acto que no afecta directamente a la demandante — Inadmisibilidad»
1. Recurso de anulación — Actos recurribles — Concepto — Actos que producen efectos jurídicos obligatorios (Art. 230 CE, párr. 1; Directiva 92/43/CEE del Consejo, arts. 4, aps. 2 y 5, y 6; Decisión 2006/613/CE de la Comisión, art. 1, párr. 2, y anexos 1, 2 y 3) (véanse los apartados 22 a 26)
2. Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente (Art. 230 CE, párr. 4; Directiva 92/43/CEE del Consejo, arts. 4, ap. 5, y 6; Decisión 2006/613/CE de la Comisión, anexo 1) (véanse los apartados 32 a 37)
Objeto
| Pretensión de anulación parcial de la Decisión 2006/613/CE de la Comisión, de 19 de julio de 2006, por la que se adopta, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea (DO L 259, p. 1), en la medida en que designa el lugar denominado «Ramblas de Gergal, Tabernas y Sur de Sierra Alhamilla», en el que se encuentra una finca de la demandante, como lugar de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea. |
Fallo
|
1) |
Declarar la inadmisibilidad del recurso. |
|
2) |
Fresyga, S.A., cargará con sus propias costas, así como con las correspondientes a la Comisión. |