Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Octava) de 13 de noviembre de 2008 — Lemaître Sécurité/Comisión

(Asunto T-301/06)

«Recurso de anulación — Dumping — Importaciones de calzado con puntera protectora originario de la República Popular China y de la India — Decisión de la Comisión de dar por concluido el procedimiento antidumping — Falta de afectación individual — Inadmisibilidad manifiesta»

1. 

Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente [Art. 230 CE, párr. 4; Reglamento (CE) no 384/96 del Consejo, arts. 5, ap. 10, y 6, ap. 5; Decisión 2006/582/CE de la Comisión] (apartados 23 a 29)

2. 

Recurso de anulación — Competencia del juez comunitario — Competencia jurisdiccional plena — Orden conminatoria dirigida a una institución — Improcedencia (Arts. 229 CE y 230 CE) (véase el apartado 31)

Objeto

Anulación de la Decisión 2006/582/CE de la Comisión, de 28 de agosto de 2006, por la que se concluye el procedimiento antidumping con respecto a las importaciones de calzado con puntera protectora originarias de la República Popular China y de la India (DO L 234, p. 33).

Fallo

1) 

Declarar la inadmisibilidad manifiesta del recurso.

2) 

Lemaître Sécurité SAS cargará con sus propias costas y con las costas en que haya incurrido la Comisión.

3) 

La Associazione nazionale calzaturifici italiani cargará con sus propias costas.


Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Octava) de 13 de noviembre de 2008 — Lemaître Sécurité/Comisión

(Asunto T-301/06)

«Recurso de anulación — Dumping — Importaciones de calzado con puntera protectora originario de la República Popular China y de la India — Decisión de la Comisión de dar por concluido el procedimiento antidumping — Falta de afectación individual — Inadmisibilidad manifiesta»

1. 

Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente [Art. 230 CE, párr. 4; Reglamento (CE) no 384/96 del Consejo, arts. 5, ap. 10, y 6, ap. 5; Decisión 2006/582/CE de la Comisión] (apartados 23 a 29)

2. 

Recurso de anulación — Competencia del juez comunitario — Competencia jurisdiccional plena — Orden conminatoria dirigida a una institución — Improcedencia (Arts. 229 CE y 230 CE) (véase el apartado 31)

Objeto

Anulación de la Decisión 2006/582/CE de la Comisión, de 28 de agosto de 2006, por la que se concluye el procedimiento antidumping con respecto a las importaciones de calzado con puntera protectora originarias de la República Popular China y de la India (DO L 234, p. 33).

Fallo

1) 

Declarar la inadmisibilidad manifiesta del recurso.

2) 

Lemaître Sécurité SAS cargará con sus propias costas y con las costas en que haya incurrido la Comisión.

3) 

La Associazione nazionale calzaturifici italiani cargará con sus propias costas.