Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Cuarta) de 12 de julio de 2007 — Ayuntamiento de Madrid y Madrid Calle 30/Comisión
(Asunto T‑177/06)
«Suministro de datos relativos al procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo — Reglamento (CE) nº 3605/93 — Sistema europeo de cuentas de 1995 (SEC 95) — Reglamento (CE) nº 2223/96 — Comunicado de prensa de Eurostat — Recurso de anulación — Acto recurrible — Inadmisibilidad»
Recurso de anulación — Actos recurribles — Actos que producen efectos jurídicos obligatorios [Art. 230 CE; Reglamentos (CE) del Consejo nº 3605/93, nº 2223/96 y nº 2103/2005] (véanse los apartados 51 a 66 y 71)
Objeto
| Anulación del comunicado de prensa de Eurostat nº 48/2006, de 24 de abril de 2006, en la medida en que contiene une decisión de la Comisión (Eurostat) relativa a la clasificación de Madrid Calle 30 en el sector de «administraciones públicas» del sistema europeo de cuentas de 1995 (SEC 95). |
Fallo
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1) |
Declarar la inadmisibilidad del recurso. |
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2) |
Condenar en costas al Ayuntamiento de Madrid y a Madrid Calle 30, S.A. |