Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Primera) de 25 de marzo de 2009 — Alcoa Trasformazioni/Comisión
(Asunto T-332/06)
«Ayudas de Estado — Electricidad — Tarifa preferencial — Decisión de incoar el procedimiento previsto en el artículo 88 CE, apartado 2 — Admisibilidad — Concepto de ayuda de Estado — Ayuda nueva o ayuda existente — Ventaja — Motivación — Confianza legítima — Seguridad jurídica»
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1. |
Recurso de anulación — Actos recurribles — Actos que producen efectos jurídicos — Decisión de la Comisión de incoar un procedimiento de investigación formal de una medida estatal en fase de ejecución provisionalmente calificada de ayuda nueva (Arts. 87 CE, ap. 1, 88 CE, aps. 2 y 3, y 230 CE) (véanse los apartados 34 a 36) |
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2. |
Ayudas otorgadas por los Estados — Decisión de la Comisión de incoar un procedimiento de investigación formal de una medida estatal — Carácter provisional de las valoraciones realizadas por la Comisión [Art. 88 CE, ap. 2; Reglamento (CE) no 659/1999 del Consejo, art. 6] (véanse los apartados 59 y 60) |
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3. |
Ayudas otorgadas por los Estados — Decisión de la Comisión de incoar un procedimiento de investigación formal de una medida estatal provisionalmente calificada de ayuda nueva — Obligación de motivación [Arts. 88 CE, ap. 2, y 253 CE; Reglamento (CE) no 659/1999 del Consejo, art. 6] (véanse los apartados 78 a 80) |
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4. |
Derecho comunitario — Principios — Protección de la confianza legítima — Seguridad jurídica (véanse los apartados 102 a 108) |
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5. |
Ayudas otorgadas por los Estados — Ayudas existentes y ayudas nuevas — Modificación que afecta a la sustancia de una medida a la que no se aplicó inicialmente la calificación de ayuda — Medida que debe examinarse en el marco del procedimiento aplicable a las ayudas nuevas (Arts. 87 CE y 88 CE) (véanse los apartados 128 y 129) |
Objeto
Anulación de la Decisión 2006/C 214/03 de la Comisión, notificada a la República Italiana mediante escrito de 19 de julio de 2006, por la que se incoó el procedimiento previsto en el artículo 88 CE, apartado 2, en relación con la ayuda de Estado C 36/06 (ex NN 38/06) — Tarifa preferencial de electricidad concedida a algunas industrias de gran consumo energético en Italia, en la medida en que dicha Decisión se refiere a las tarifas eléctricas que se aplican a las dos fábricas de aluminio primario pertenecientes a Alcoa Trasformazioni.
Fallo
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1) |
Desestimar el recurso. |
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2) |
Alcoa Trasformazioni Srl cargará con sus propias costas y con las de la Comisión. |
Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Primera) de 25 de marzo de 2009 — Alcoa Trasformazioni/Comisión
(Asunto T-332/06)
«Ayudas de Estado — Electricidad — Tarifa preferencial — Decisión de incoar el procedimiento previsto en el artículo 88 CE, apartado 2 — Admisibilidad — Concepto de ayuda de Estado — Ayuda nueva o ayuda existente — Ventaja — Motivación — Confianza legítima — Seguridad jurídica»
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1. |
Recurso de anulación — Actos recurribles — Actos que producen efectos jurídicos — Decisión de la Comisión de incoar un procedimiento de investigación formal de una medida estatal en fase de ejecución provisionalmente calificada de ayuda nueva (Arts. 87 CE, ap. 1, 88 CE, aps. 2 y 3, y 230 CE) (véanse los apartados 34 a 36) |
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2. |
Ayudas otorgadas por los Estados — Decisión de la Comisión de incoar un procedimiento de investigación formal de una medida estatal — Carácter provisional de las valoraciones realizadas por la Comisión [Art. 88 CE, ap. 2; Reglamento (CE) no 659/1999 del Consejo, art. 6] (véanse los apartados 59 y 60) |
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3. |
Ayudas otorgadas por los Estados — Decisión de la Comisión de incoar un procedimiento de investigación formal de una medida estatal provisionalmente calificada de ayuda nueva — Obligación de motivación [Arts. 88 CE, ap. 2, y 253 CE; Reglamento (CE) no 659/1999 del Consejo, art. 6] (véanse los apartados 78 a 80) |
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4. |
Derecho comunitario — Principios — Protección de la confianza legítima — Seguridad jurídica (véanse los apartados 102 a 108) |
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5. |
Ayudas otorgadas por los Estados — Ayudas existentes y ayudas nuevas — Modificación que afecta a la sustancia de una medida a la que no se aplicó inicialmente la calificación de ayuda — Medida que debe examinarse en el marco del procedimiento aplicable a las ayudas nuevas (Arts. 87 CE y 88 CE) (véanse los apartados 128 y 129) |
Objeto
Anulación de la Decisión 2006/C 214/03 de la Comisión, notificada a la República Italiana mediante escrito de 19 de julio de 2006, por la que se incoó el procedimiento previsto en el artículo 88 CE, apartado 2, en relación con la ayuda de Estado C 36/06 (ex NN 38/06) — Tarifa preferencial de electricidad concedida a algunas industrias de gran consumo energético en Italia, en la medida en que dicha Decisión se refiere a las tarifas eléctricas que se aplican a las dos fábricas de aluminio primario pertenecientes a Alcoa Trasformazioni.
Fallo
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1) |
Desestimar el recurso. |
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2) |
Alcoa Trasformazioni Srl cargará con sus propias costas y con las de la Comisión. |