Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Segunda) de 19 de noviembre de 2009 — Agencja Wydawnicza Technopol/OAMI (1000)

(Asunto T‑298/06)

«Marca comunitaria — Solicitud de marca denominativa comunitaria 1000 –– Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) nº 40/94 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) nº 207/2009]»

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 24 a 31)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 7 de agosto de 2006 (asunto R 447/2006-4) relativa a la solicitud de registro de la marca denominativa 1000 como marca comunitaria.

Datos relativos al asunto

Solicitante de la marca comunitaria:

Agencja Wydawnicza Technopol sp. z o.o.

Marca comunitaria solicitada:

Marca denominativa 1000 para productos y servicios de las clases 16, 28 y 41 — Solicitud nº 4.372.264

Resolución del examinador:

Denegación del registro

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación del recurso


Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Agencja Wydawnicza Technopol sp. z o.o.