5.5.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 133/21


Sentencia del Tribunal General de 21 de marzo de 2012 — Irlanda y otros/Comisión

(Asuntos acumulados T-50/06 RENV, T-56/06 RENV, T-60/06 RENV, T-62/06 RENV y T-69/06 RENV) (1)

(Ayudas de Estado - Directiva 92/81/CEE - Impuestos especiales sobre los hidrocarburos - Hidrocarburos utilizados como combustible para la producción de alúmina - Exención del impuesto especial - Conformidad de la exención con una decisión de autorización del Consejo en virtud del artículo 8, apartado 4, de la Directiva 92/81 - Presunción de legalidad de los actos de la Unión - Seguridad jurídica - Buena administración)

2012/C 133/39

Lenguas de procedimiento: inglés, francés e italiano

Partes

Demandantes: Irlanda (representantes: inicialmente D. O’Hagan, posteriormente E. Creedon, agentes, asistidos por P. McGarry, Barrister) (asunto T-50/06 RENV); República Francesa (representantes: G. de Bergues y J. Gstalter, agentes) (asunto T-56/06 RENV); República Italiana (representantes: G. Aiello, G. De Bellis y S. Fiorentino, avvocati dello Stato) (asunto T-60/06 RENV); Eurallumina SpA (Portoscuso, Italia) (representantes: R. Denton y L. Martin Alegi, Solicitors) (asunto T-62/06 RENV), y Aughinish Alumina Ltd (Askeaton, Irlanda) (representantes: J. Handoll y C. Waterson, Solicitors) (asunto T-69/06 RENV)

Demandada: Comisión Europea (representantes: V. Di Bucci, N. Khan, D. Grespan y K. Walkerová, agentes)

Objeto

Anulación de la Decisión 2006/323/CE de la Comisión, de 7 de diciembre de 2005, relativa a la exención del impuesto especial sobre los hidrocarburos utilizados como combustible para la producción de alúmina en la región de Gardanne, en la región de Shannon y en Cerdeña, ejecutada respectivamente por Francia, Irlanda e Italia (DO 2006, L 119, p. 12).

Fallo

1)

Anular la Decisión 2006/323/CE de la Comisión, de 7 de diciembre de 2005, relativa a la exención del impuesto especial sobre los hidrocarburos utilizados como combustible para la producción de alúmina en la región de Gardanne, en la región de Shannon y en Cerdeña, ejecutada respectivamente por Francia, Irlanda e Italia, por cuanto declara que las exenciones de impuestos especiales sobre los hidrocarburos utilizados como combustible para la producción de alúmina concedidas por la República Francesa, Irlanda y la República Italiana hasta el 31 de diciembre de 2003 constituyen ayudas de Estado, a efectos del artículo 87 CE, apartado 1, o se basa en tal declaración, y en cuanto ordena a la República Francesa, a Irlanda y a la República Italiana que adopten todas las medidas necesarias para recuperar dichas exenciones de sus beneficiarios en la medida en que éstos no hayan pagado una cuota del impuesto especial de, al menos, 13,01 euros por 1 000 kg de hidrocarburo pesado.

2)

La Comisión Europea cargará con sus propias costas, así como con las causadas por Irlanda, en el asunto T-50/06 RENV, por la República Francesa en el asunto T-56/06 RENV, por la República Italiana, en el asunto T-60/06 RENV, por Eurallumina SpA, en el asunto T-62/06 RENV, y por Aughinish Alumina Ltd, en el asunto T-69/06 RENV, incluidas las relativas al procedimiento de medidas provisionales en el asunto T-69/06 R.


(1)  DO C 86, de 8.4.2006.