8.3.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 64/10


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 24 de enero de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por la Court of Appeal, Reino Unido) — The Queen, Ezgi Payir, Burhan Akyuz, Birol Ozturk/Secretary of State for the Home Department

(Asunto C-294/06) (1)

(Acuerdo de Asociación CEE-Turquía - Libre circulación de los trabajadores - Decisión no 1/80 del Consejo de Asociación - Artículo 6, apartado 1, primer guión - Trabajador que forma parte del mercado legal de trabajo - Autorización de entrada como estudiante o como «au pair» - Incidencia sobre el derecho de residencia)

(2008/C 64/13)

Lengua de procedimiento: inglés

Órgano jurisdiccional remitente

Court of Appeal

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: The Queen, Ezgi Payir, Burhan Akyuz, Birol Ozturk

Demandada: Secretary of State for the Home Department

Objeto

Petición de decisión prejudicial — Court of Appeal — Interpretación del artículo 6, apartado 1, de la Decisión 1/80 del Consejo de Asociación CEE/Turquía — Concepto de trabajador que forma parte del mercado legal de trabajo de un Estado miembro — Nacional turca empleada como «au pair» que ha obtenido una autorización de entrada para un período de dos años a fin de ejercer tal actividad — Nacionales turcos titulares de una autorización de entrada para un período de dos años para cursar estudios y un permiso para trabajar hasta un máximo de 20 horas semanales durante un período lectivo

Fallo

La circunstancia de que se haya autorizado a un nacional turco a entrar en el territorio de un Estado miembro como «au pair» o como estudiante no puede privarle de la condición de «trabajador» ni impedirle formar parte del «mercado legal de trabajo» de ese Estado miembro en el sentido del artículo 6, apartado 1, de la Decisión no 1/80 del Consejo de Asociación, de 19 de septiembre de 1980, relativa al desarrollo de la Asociación. Esta circunstancia no puede, por lo tanto, impedir que dicho nacional invoque la citada disposición para obtener la renovación de su permiso de trabajo y disfrutar de su correlativo derecho de residencia.


(1)  DO C 237 de 30.9.2006.