Auto del Presidente del Tribunal de Primera Instancia de 16 de marzo de 2007 — V/Parlamento
(Asunto T‑345/05 R)
«Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la inmunidad de un diputado del Parlamento Europeo — Demanda de suspensión de la ejecución — Demanda de medidas provisionales — Admisibilidad — Urgencia»
1. Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Medidas provisionales — Requisitos para su concesión — Urgencia — Fumus boni iuris — Carácter acumulativo — Ponderación de los intereses en conflicto (Arts. 242 CE y 243 CE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 104, ap. 2) (véanse los apartados 25 y 26)
2. Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Medidas provisionales — Requisitos de admisibilidad — Admisibilidad prima facie del recurso principal (Arts. 242 CE y 243 CE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 104, ap. 1) (véanse los apartados 42 a 52)
3. Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Requisitos para su concesión — Interés del demandante en obtener la suspensión solicitada (Art. 242 CE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 104, ap. 2) (véanse los apartados 55 a 60)
4. Procedimiento sobre medidas provisionales — Requisitos de admisibilidad — Demanda — Requisitos de forma [Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, arts. 44, ap. 1, letra d), y 104, ap. 3] (véase el apartado 63)
5. Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Requisitos para su concesión — Urgencia — Perjuicio grave e irreparable (Art. 242 CE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 104, ap. 2) (véanse los apartados 81 a 83, 90 y 92)
Objeto
| Demanda en que se solicita, primero, la suspensión de la ejecución de la resolución del Parlamento Europeo | [datos confidenciales omitidos], | por la que se suspende la inmunidad de jurisdicción del demandante; segundo, que se acuerden medidas provisionales capaces de impedir que se reanude la instrucción penal, en espera de la resolución definitiva del Tribunal de Primera Instancia sobre el recurso principal; tercero, que se proteja el anonimato del demandante, y que no se dé conocimiento de la presente demanda antes de que el Tribunal de Primera Instancia se haya pronunciado sobre el recurso principal y que haya terminado un eventual proceso nacional; cuarto, que se autorice al demandante a comunicar los escritos de las partes, presentados en el procedimiento sobre medidas provisionales y en el principal, a la autoridad competente de las medidas de instrucción en el Reino Unido y al órgano jurisdiccional nacional ante el que sustancie el asunto nacional, y, quinto, que la vista oral del procedimiento principal se celebre lo antes posible. |
Fallo
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1) |
Desestimar la demanda de medidas provisionales. |
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2) |
Reservar la decisión sobre las costas. |