Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Quinta) de 24 de septiembre de 2008 — HUP Uslugi Polska/OAMI — Manpower (I.T.@MANPOWER)

(Asunto T-248/05)

«Marca comunitaria — Procedimiento de nulidad — Marca denominativa comunitaria I.T.@MANPOWER — Motivos de denegación absolutos — Carácter distintivo — Falta de carácter descriptivo — Inexistencia de signos o de indicaciones que se han convertido en habituales — Inexistencia de marca capaz de inducir a error al público — Artículo 7, apartado 1, letras b) a d) y g), y artículo 51, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) no 40/94»

Marca comunitaria — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad absoluta [Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo, arts. 7, ap. 1, letras b) a d) y g), y 51, ap. 1, letra a)] (véanse los apartados 43 a 45, 52 a 54, 60 a 63 y 66 a 68)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 5 de abril de 2005 (asunto R 124/2004-4), relativa a un procedimiento de nulidad entre MP Temporärpersonal GmbH y Manpower Inc.

Datos relativos al asunto

Marca comunitaria registrada, respecto a la que se presentó una solicitud de nulidad:

Marca denominativa I.T.@MANPOWER para productos y servicios de las clases 9, 16, 35, 38, 41 y 42 — marca comunitaria no 861.559

Titular de la marca comunitaria:

Manpower Inc.

Solicitante de la nulidad de la marca comunitaria:

MP Temporärpersonal GmbH

Fundamentos de Derecho invocados en la solicitud de declaración de nulidad:

Artículo 51, apartado 1, letra a), del Reglamento no 40/94, en relación con el artículo 7, apartado 1, letras b) a d) y g), del mismo Reglamento

Resolución de la División de Anulación:

Denegación de la solicitud de declaración de nulidad

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación del recurso

Fallo

1) 

Desestimar el recurso.

2) 

Condenar en costas a HUP Uslugi Polska sp. z o.o.


Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Quinta) de 24 de septiembre de 2008 — HUP Uslugi Polska/OAMI — Manpower (I.T.@MANPOWER)

(Asunto T-248/05)

«Marca comunitaria — Procedimiento de nulidad — Marca denominativa comunitaria I.T.@MANPOWER — Motivos de denegación absolutos — Carácter distintivo — Falta de carácter descriptivo — Inexistencia de signos o de indicaciones que se han convertido en habituales — Inexistencia de marca capaz de inducir a error al público — Artículo 7, apartado 1, letras b) a d) y g), y artículo 51, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) no 40/94»

Marca comunitaria — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad absoluta [Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo, arts. 7, ap. 1, letras b) a d) y g), y 51, ap. 1, letra a)] (véanse los apartados 43 a 45, 52 a 54, 60 a 63 y 66 a 68)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 5 de abril de 2005 (asunto R 124/2004-4), relativa a un procedimiento de nulidad entre MP Temporärpersonal GmbH y Manpower Inc.

Datos relativos al asunto

Marca comunitaria registrada, respecto a la que se presentó una solicitud de nulidad:

Marca denominativa I.T.@MANPOWER para productos y servicios de las clases 9, 16, 35, 38, 41 y 42 — marca comunitaria no 861.559

Titular de la marca comunitaria:

Manpower Inc.

Solicitante de la nulidad de la marca comunitaria:

MP Temporärpersonal GmbH

Fundamentos de Derecho invocados en la solicitud de declaración de nulidad:

Artículo 51, apartado 1, letra a), del Reglamento no 40/94, en relación con el artículo 7, apartado 1, letras b) a d) y g), del mismo Reglamento

Resolución de la División de Anulación:

Denegación de la solicitud de declaración de nulidad

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación del recurso

Fallo

1) 

Desestimar el recurso.

2) 

Condenar en costas a HUP Uslugi Polska sp. z o.o.