14.8.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 221/33


Sentencia del Tribunal General de 1 de julio de 2010 — AstraZeneca/Comisión

(Asunto T-321/05) (1)

(Competencia - Abuso de posición dominante - Mercado de los medicamentos contra la úlcera - Decisión que declara una infracción del artículo 82 CE - Definición de mercado - Limitaciones competitivas significativas - Utilización abusiva de los procedimientos relativos a los certificados complementarios de protección de los medicamentos y de los procedimientos de autorización de comercialización de los medicamentos - Declaraciones engañosas - Cancelación de las autorizaciones de comercialización - Obstáculos a la comercialización de los medicamentos genéricos y a las importaciones paralelas - Multas)

2010/C 221/52

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: AstraZeneca AB (Södertälje, Suecia); y AstraZeneca plc (Londres) (representantes: inicialmente, M. Brealey, QC, M. Hoskins, D. Jowell, Barristers, F. Murphy, G. Sproul, I. MacCallum y C. Brown, Solicitors; posteriormente, M. Brealey, M. Hoskins, D. Jowell, F. Murphy y C. Brown; y por último, M. Brealey, M. Hoskins, D. Jowell y F. Murphy)

Demandada: Comisión Europea (representantes: inicialmente, F. Castillo de la Torre, É. Gippini Fournier y A. Whelan; posteriormente, F. Castillo de la Torre, É. Gippini Fournier y J. Bourke, agentes)

Parte interviniente en apoyo de las demandantes: European Federation of Pharmaceutical Industries and Associations (EFPIA) (Ginebra, Suiza) (representante: M. Van Kerckhove, abogado)

Objeto

Demanda de anulación de la Decisión C(2005) 1757 final de la Comisión, de 15 de junio de 2005, relativa a un procedimiento de conformidad con el artículo 82 [CE] y el artículo 54 del Acuerdo EEE (asunto COMP/A.37.507/F3 — AstraZeneca).

Fallo

1)

Anular el artículo 1o, apartado 2, de la Decisión C(2005) 1757 final de la Comisión, de 15 de junio de 2005, relativa a un procedimiento de conformidad con el artículo 82 [CE] y el artículo 54 del Acuerdo EEE (asunto COMP/A.37.507/F3 — AstraZeneca), en la medida en que aprecia que Astra Zeneca AB y Astra Zeneca plc han infringido el artículo 82 CE y el artículo 54 del Acuerdo EEE al solicitar la cancelación de las autorizaciones de comercialización de las cápsulas de Losec en Dinamarca y en Noruega, en paralelo con la retirada del mercado de las cápsulas de Losec y con el lanzamiento de tabletas de Losec MUPS en ambos países, en cuanto se consideró que esos actos podían restringir las importaciones paralelas de cápsulas de Losec en dichos países.

2)

Fijar el importe de la multa impuesta por el artículo 2 de esa Decisión a Astra Zeneca AB y Astra Zeneca plc, conjunta y solidariamente, en 40 250 000 euros, y el de la multa impuesta por ese artículo a Astra Zeneca AB en 12 250 000 euros.

3)

Desestimar el recurso en lo demás.

4)

Astra Zeneca AB y Astra Zeneca plc cargarán con el 90 % de sus propias costas y el 90 % de las costas de la Comisión Europea, excepto las costas de esta última vinculadas con la intervención de la European Federation of Pharmaceutical Industries and Associations (EFPIA).

5)

EFPIA cargará con sus propias costas.

6)

La Comisión cargará con la parte de sus propias costas vinculada con la intervención de EFPIA y con el 10 % del resto de sus propias costas, y con el 10 % de las costas de Astra Zeneca AB y Astra Zeneca plc.


(1)  DO C 271 de 29.10.2005.