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12.1.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 8/2 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 22 de noviembre de 2007 — Sniace, S.A./Comisión de las Comunidades Europeas, República de Austria, Lenzing Fibers GmbH (anteriormente Lenzing Lyocell GmbH & Co. KG), Land de Burgenland
(Asunto C-260/05 P) (1)
(Recurso de casación - Ayudas de Estado - Admisibilidad - Acto que afecta individualmente a la recurrente)
(2008/C 8/03)
Lengua de procedimiento: español
Partes
Recurrente: Sniace, S.A. (representante: J. Baró Fuentes, abogado)
Otras partes en el procedimiento: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: V. Kreuschitz y J.L. Buendía Sierra, agentes), República de Austria (representante: H. Dossi, agente), Lenzing Fibers GmbH (anteriormente Lenzing Lyocell GmbH & Co. KG), Land de Burgenland (representante: U. Soltész, Rechtsanwalt)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Quinta ampliada) de 14 de abril de 2005, Sniace/Comisión (T-88/01), por la que se declara la inadmisibilidad del recurso de la demandante que solicitaba la anulación de la Decisión 2001/102/CE de la Comisión, de 19 de julio de 2000, relativa a las ayudas estatales concedidas por Austria a Lenzing Lyocell GmbH & Co. KG (DO 2001, L 38, p. 33).
Fallo
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1) |
Desestimar el recurso de casación. |
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2) |
Condenar en costas a Sniace, S.A. |
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3) |
La República de Austria cargará con sus propias costas. |