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12.1.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 8/2 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 22 de noviembre de 2007 — Reino de España/Comisión de las Comunidades Europeas, Lenzing AG
(Asunto C-525/04 P) (1)
(Recurso de casación - Ayudas de Estado - Falta de cobro de créditos, recargos de demora e intereses adeudados - Admisibilidad - Criterio del acreedor privado)
(2008/C 8/02)
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Recurrente: Reino de España (representante: J.M. Rodríguez Cárcamo, agente)
Otras partes en el procedimiento: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: V. Kreuschitz y J.L. Buendía Sierra, agentes, M. Núñez-Müller, Rechtsanwalt), Lenzing AG (representante: U. Soltész, Rechtsanwalt)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Quinta ampliada) de 21 de octubre de 2004, Lenzing AG/Comisión (T-36/99), en la medida en que el Tribunal de Primera Instancia anuló el artículo 1, apartado 1, de la Decisión 1999/395/CE de la Comisión, de 28 de octubre de 1998, relativa a la ayuda estatal otorgada por España a Sniace SA, situada en Torrelavega, Cantabria (DO 1999, L 149, p. 40), en la versión modificada por la Decisión 2001/43/CE de la Comisión, de 20 de septiembre de 2000 (DO 2001, L 11, p. 46) — Admisibilidad del recurso de anulación interpuesto por una empresa competidora de la empresa beneficiaria de la ayuda — Concepto de persona individualmente afectada por la decisión impugnada — Acuerdos de aplazamiento y devolución de deudas — Criterio del acreedor privado.
Fallo
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1) |
Desestimar el recurso de casación. |
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2) |
Condenar al Reino de España a cargar con sus propias costas y con las de Lenzing AG. |
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3) |
La Comisión de las Comunidades Europeas cargará con sus propias costas. |