7.2.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 32/24 |
Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 10 de diciembre de 2008 — Kronoply y Kronotex/Comisión
(Asunto T-388/02) (1)
(«Ayudas de Estado - Decisión de la Comisión de no formular objeciones - Recurso de anulación - Plazo para recurrir - Publicación de una comunicación sucinta - Ausencia de afectación sustancial de la situación frente a los competidores - Inadmisibilidad - Condición de interesado - Admisibilidad - No iniciación del procedimiento de investigación formal - Inexistencia de dificultades importantes»)
(2009/C 32/44)
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandantes: Kronoply GmbH & Co. KG (Heiligengrabe, Alemania); y Kronotex GmbH & Co. KG (Heiligengrabe) (representantes: inicialmente R. Nierer, posteriormente R. Nierer y L. Gordalla, abogados)
Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: V. Kreuschitz y M. Niejahr, posteriormente V. Kreuschitz, agentes)
Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Zellstoff Stendal GmbH (Arneburg, Alemania) (representantes: T. Müller-Ibold y K.U. Karl, posteriormente T. Müller-Ibold, abogados); República Federal de Alemania (representantes: W.D. Plessing y M. Lumma, agentes); y Land Sachsen-Anhalt (Alemania) (representantes: C. von Donat y G. Quardt, abogados)
Objeto
Recurso de anulación de la decisión de la Comisión de 19 de junio de 2002 de no formular objeciones con respecto a la ayuda concedida por las autoridades alemanas a Zellstoff Stendal para la construcción de una instalación de producción de pulpa.
Fallo
1) |
Desestimar el recurso. |
2) |
Kronoply GmbH & Co. KG y Kronotex GmbH & Co. KG cargarán, además de con sus propias costas, con las costas de la Comisión de las Comunidades Europeas, así como con las de Zellstoff Stendal GmbH y las del Land Sachsen-Anhalt. |
3) |
La República Federal de Alemania cargará con sus propias costas. |