Aproximación de las legislaciones - Derechos de autor y derechos afines - Derecho de alquiler y préstamo de obras protegidas - Directiva 92/100/CEE - Remuneración de los autores en caso de préstamo público - Facultad de los Estados miembros de prever una exención para determinadas categorías de establecimientos - Alcance
(Directiva 92/100/CEE del Consejo, art. 5, ap. 3)
$$El artículo 5, apartado 3, de la Directiva 92/100, sobre derechos de alquiler y préstamo y otros derechos afines a los derechos de autor en el ámbito de la propiedad intelectual, en virtud del cual los Estados miembros pueden eximir a determinadas categorías de establecimientos del pago de la remuneración prevista, para el préstamo público, en los apartados 1 y 2 del mismo artículo, autoriza, pero no obliga, a los Estados miembros a prever una exención para determinadas categorías de establecimientos. Por tanto, si las circunstancias existentes en un Estado miembro no permiten efectuar una distinción válida entre categorías de establecimientos, incumbe a dicho Estado miembro, para una correcta aplicación de la Directiva, imponer a todos los establecimientos afectados la obligación de pagar la remuneración en cuestión.
( véase el apartado 20 )