«Marca comunitaria – Procedimiento de oposición – Marca comunitaria anterior ASTERIX – Solicitud de marca comunitaria figurativa que comprende el término starix – Motivos de denegación relativos – Artículo 8, apartados 1, letra b), y 5, del Reglamento (CE) nº 40/94»
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[Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]
[Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]
[Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 63]
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA (Sala Cuarta)
de 22 de octubre de 2003 (1)
«Marca comunitaria – Procedimiento de oposición – Marca comunitaria anterior ASTERIX – Solicitud de marca comunitaria figurativa que comprende el término starix – Motivos de denegación relativos – Artículo 8, apartados 1, letra b), y 5, del Reglamento (CE) nº 40/94»
En el asunto T-311/01, Les Éditions Albert René, con domicilio social en París (Francia), representada por el Sr. J. Pagenberg, abogado,parte demandante,
contra
Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI), representada por los Sres. A. von Mühlendahl y G. Schneider, en calidad de agentes,parte demandada,
y en el que la otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) es:Trucco sistemi di telecomunicazione SpA, con domicilio social en Milán (Italia), que tiene por objeto un recurso interpuesto contra la decisión de la Sala Primera de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI) de 2 de octubre de 2001 (asunto R 1030/2000-1),EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS (Sala Cuarta),
habiendo considerado los escritos obrantes en autos y celebrada la vista el 14 de mayo de 2003;
dicta la siguiente
En virtud de todo lo expuesto,
EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA (Sala Cuarta)
decide:|
Tiili |
Mengozzi |
Vilaras |
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El Secretario |
La Presidenta |
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H. Jung |
V. Tiili |