61999B0144

Auto del Presidente del Tribunal de Primera Instancia de 14 de abril de 2000. - Instituto de Agentes Autorizados ante la Oficina Europea de Patentes contra Comisión de las Comunidades Europeas. - Competencia - Medidas provisionales - Suspensión de la ejecución - Urgencia - Inexistencia. - Asunto T-144/99 R.

Recopilación de Jurisprudencia 2000 página II-02067


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Palabras clave


Procedimiento sobre medidas provisionales - Suspensión de la ejecución - Medidas provisionales - Requisitos para su concesión - Urgencia - Perjuicio grave e irreparable - Carga de la prueba

(Art. 242 CE y 243 CE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 104, ap. 2)

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$$El carácter urgente de una demanda de medidas provisionales debe apreciarse en relación con la necesidad que haya de resolver provisionalmente a fin de evitar que los intereses de la parte que solicita la medida provisional sufran un perjuicio grave e irreparable. A ésta corresponde demostrar que no puede esperar la conclusión del procedimiento principal sin sufrir un perjuicio de tal naturaleza.

Para poder apreciar si el perjuicio que teme el demandante de la medida provisional presenta carácter grave e irreparable y justifica, por consiguiente, la suspensión excepcional de la ejecución de una Decisión, el Juez de medidas provisionales debe disponer de indicios concretos que permitan apreciar las consecuencias precisas que se derivarían, probablemente, de la no adopción de las medidas solicitadas. (véanse los apartados 42 y 43)