Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Quinta ampliada) de 24 de febrero de 2000.  -  AS Bolderaja, Zaklady Plyt Pilsniowych SA w Krosnie Odrzanskim, Alpex-Karlino SA w Karlino y Zaklady Plyt Pilsniowych SA w Czarnej Wodzie contra Consejo de la Unión Europea.  -  Recurso de anulación - Dumping - Reglamento (CE) nº 194/99 - Plazo - Inadmisibilidad.  -  Asunto T-104/99.  
Recopilación de Jurisprudencia 2000 página II-00451
 
Procedimiento - Plazo para recurrir - Cálculo que incumbe al demandante, bajo su responsabilidad - Indicaciones dadas por un funcionario de la Secretaría - Irrelevancia
(Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, arts. 101 y 102)
$$El cómputo del plazo para la presentación de un recurso incumbe a las partes demandantes. No entra dentro de las atribuciones y competencias de los funcionarios de la Secretaría pronunciarse acerca de estos extremos. (véase el apartado 26)