Palabras clave
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Palabras clave

1. Consejo Derecho de acceso del público a los documentos del Consejo Decisión 93/731/CE Objetivos Principio del acceso más completo posible Interpretación estricta de las excepciones al principio de acceso

(Decisión 93/731/CE del Consejo)

2. Consejo Derecho de acceso del público a los documentos del Consejo Decisión 93/731/CE Excepciones al principio de acceso a los documentos Denegación del acceso a un documento acordada sin examen previo del acceso parcial a los datos no cubiertos por las excepciones Violación del principio de proporcionalidad

(Decisión 93/371/CE del Consejo, art. 4, ap. 1)

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1. El objetivo que pretende alcanzar la Decisión 93/731, relativa al acceso del público a los documentos del Consejo, además de garantizar el funcionamiento interno del Consejo en interés de una buena administración, consiste en establecer a favor del público el acceso más completo posible a los documentos que posee el Consejo, por lo que toda excepción a ese derecho debe interpretarse y aplicarse en sentido estricto.

( véase el apartado 25 )

2. El principio de proporcionalidad exige que las excepciones no traspasen los límites de lo que es adecuado y necesario para la consecución del objetivo perseguido.

A falta de razón alguna que justifique que una institución pueda mantener en secreto los elementos de información contenidos en un documento que no se hallen amparados por las excepciones establecidas en el artículo 4, apartado 1, de la Decisión 93/731, la denegación de acceso parcial constituye ciertamente una medida manifiestamente desproporcionada para garantizar la confidencialidad de los elementos de información a los que sea de aplicación alguna de dichas excepciones. El objetivo perseguido por el Consejo al denegar el acceso al informe controvertido podría alcanzarse incluso en el supuesto de que el Consejo se limitara a censurar, previo examen, los pasajes del referido informe que puedan afectar a las relaciones internacionales.

( véanse los apartados 28 y 29 )