Palabras clave
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Palabras clave

Agricultura - Organización común de mercados - Tabaco crudo - Salida al mercado de las existencias en poder de los organismos de intervención - Facultad de apreciación de la Comisión - Alcance - Consecuencias

(Reglamento nº 3389/73 de la Comisión)

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$$Cuando, en el marco del régimen de comercialización de tabacos en poder de los organismos de intervención, la Comisión decide no proceder a la licitación debido al riesgo de perturbación del mercado, dispone de una amplia facultad de apreciación de situaciones económicas complejas. La decisión de aceptar o rechazar una oferta no es, por consiguiente, una mera operación administrativa mecánica, sino que implica la apreciación de una situación económica compleja. En tales circunstancias, incluso decisiones que posteriormente pudieran resultar criticables no hacen necesariamente que la Comunidad incurra en responsabilidad, al no haberse producido un error manifiesto de apreciación por parte de la Institución.