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Competencia - Normas comunitarias - Empresa - Concepto - Entidades encargadas de la gestión del servicio público de la Seguridad Social - Exclusión

(Tratado CEE, arts. 85 y 86)

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El concepto de empresa, en el sentido de los artículos 85 y 86 del Tratado, comprende cualquier entidad que ejerza una actividad económica. Por consiguiente, están excluidas de dicho concepto las entidades que participan en la gestión del servicio público de la Seguridad Social, las cuales desempeñan una función de carácter exclusivamente social y ejercen una actividad que se basa en el principio de solidaridad nacional y carece de toda finalidad lucrativa.