COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 4.6.2025
COM(2025) 619 final
Recomendación de
DECISIÓN DEL CONSEJO
por la que se establece que Rumanía no ha tomado medidas efectivas en respuesta a la Recomendación del Consejo de 21 de enero de 2025
COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 4.6.2025
COM(2025) 619 final
Recomendación de
DECISIÓN DEL CONSEJO
por la que se establece que Rumanía no ha tomado medidas efectivas en respuesta a la Recomendación del Consejo de 21 de enero de 2025
Recomendación de
DECISIÓN DEL CONSEJO
por la que se establece que Rumanía no ha tomado medidas efectivas en respuesta a la Recomendación del Consejo de 21 de enero de 2025
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 126, apartado 8,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1)El artículo 126, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) dispone que los Estados miembros deben evitar déficits públicos excesivos.
(2)El Pacto de Estabilidad y Crecimiento consiste en un conjunto de normas con el objetivo de lograr unas finanzas públicas saneadas como medio para reforzar las condiciones que permitan la estabilidad de los precios y un crecimiento fuerte, sostenible y generador de empleo. El Pacto de Estabilidad y Crecimiento incluye el Reglamento (CE) n.º 1467/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo a la aceleración y clarificación del procedimiento de déficit excesivo 1 , que se adoptó con objeto de fomentar la rápida corrección de los déficit excesivos de las administraciones públicas.
(3)El 3 de abril de 2020, el Consejo adoptó la Decisión (UE) 2020/509 2 , en virtud del artículo 126, apartado 6, del TFUE, sobre la existencia de una situación de déficit excesivo en Rumanía debido al incumplimiento previsto en 2019 del criterio de déficit, y emitió una Recomendación 3 en virtud del artículo 126, apartado 7, del TFUE encaminada a poner fin a la situación de déficit público excesivo en Rumanía, en 2022 a más tardar.
(4)El 18 de junio de 2021, a la luz de la profunda contracción de la actividad económica vinculada a la pandemia de COVID-19, el Consejo adoptó una Recomendación revisada 4 en virtud del artículo 126, apartado 7, del TFUE, por la que recomendaba que Rumanía pusiera fin a su situación de déficit excesivo, a más tardar, en 2024.
(5)El 26 de julio de 2024 el Consejo adoptó, en virtud del artículo 126, apartado 8, del TFUE, la Decisión (UE) 2024/2130 5 , en la que dictaminó que Rumanía no había tomado medidas efectivas en respuesta a la Recomendación del Consejo de 18 de junio de 2021. La Decisión del Consejo de 26 de julio de 2024 se emitió teniendo en cuenta que la siguiente etapa del procedimiento de déficit excesivo, a saber, la emisión, al amparo del artículo 126, apartado 7, del TFUE, de una Recomendación revisada del Consejo relativa a la corrección del déficit excesivo, tendría lugar una vez presentado el plan fiscal-estructural nacional a medio plazo de conformidad con el artículo 11 y el artículo 36, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2024/1263.
(6)El 25 de octubre de 2024, Rumanía presentó su primer plan fiscal-estructural nacional a medio plazo, tal y como exige el Reglamento (UE) 2024/1263. El plan abarca el período de 2025 a 2028 y supone un ajuste de la política fiscal distribuido a lo largo de siete años. El 21 de enero de 2025, el Consejo adoptó una Recomendación por la que se aprueba el plan fiscal-estructural nacional a medio plazo de Rumanía 6 .
(7)El 21 de enero de 2025, el Consejo adoptó otra Recomendación revisada en virtud del artículo 126, apartado 7, del TFUE, en la que recomendó que Rumanía pusiera fin a su situación de déficit excesivo, a más tardar, en 2030 7 . En aplicación de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 4, del Reglamento (CE) n.º 1467/97, el Consejo recomendó a Rumanía una senda de gasto neto correctiva 8 con las tasas máximas de crecimiento del gasto neto del 5,1 % en 2025, 4,9 % en 2026, 4,7 % en 2027, 4,3 % en 2028, 4,2 % en 2029 y 3,9 % en 2030, que se corresponden con las tasas máximas de crecimiento acumulado, calculadas con respecto a 2023, del 20,2 % en 2025, 26,0 % en 2026, 31,9 % en 2027, 37,6 % en 2028, 43,3 % en 2029 y 49,0 % en 2030. El Consejo estableció como fecha límite el 30 de abril de 2025 para que Rumanía actuara de forma efectiva y expusiera las medidas necesarias junto con su informe anual de situación de 2025, que debe presentarse a la Comisión de conformidad con el artículo 21 del Reglamento (UE) 2024/1263.
(8)Hasta la fecha, Rumanía no ha presentado su informe anual de situación sobre las medidas tomadas en respuesta a la Recomendación del Consejo de 21 de enero de 2025 encaminada a poner fin a la situación de déficit excesivo y sobre la realización de las reformas e inversiones que sustentan la ampliación del período de ajuste.
(9)La valoración de las medidas tomadas por Rumanía en respuesta a la Recomendación del Consejo de 21 de enero de 2025 lleva a una serie de conclusiones que se mencionan a continuación. Esta valoración se basa en datos reales procedentes de Eurostat, en las previsiones de la Comisión de la primavera de 2025 y en otra información de la que dispone la Comisión.
(10)Según los datos de ejecución presupuestaria comunicados por Rumanía y validados por la Comisión (Eurostat) y los cálculos de la Comisión, el gasto neto aumentó un 19,9 % en 2024. En las previsiones de la Comisión de la primavera de 2025 se estima que el gasto neto crecerá un 5,4 % en 2025, superando, por tanto, el máximo del 5,1 % indicado por el Consejo en su Recomendación de 21 de enero de 2025. La desviación que esta tasa de crecimiento del gasto neto prevista para 2025 supone respecto al crecimiento máximo recomendado equivale al 0,1 % del PIB. Si se consideran conjuntamente los años 2024 y 2025, la tasa de crecimiento acumulada del gasto neto prevista por la Comisión es del 26,4 %, por lo que supera el crecimiento máximo acumulado del 20,2 % indicado en la Recomendación del Consejo de 21 de enero de 2025. La desviación que esta tasa de crecimiento acumulado del gasto neto prevista para los años 2024 y 2025 supone respecto al crecimiento máximo recomendado equivale al 1,7 % del PIB. Esta desviación viene determinada, en gran parte, por una importante subida del gasto público corriente, que creció el 18,7 % entre 2023 y 2024, debido, sobre todo, al aumento del 21,5 % en la masa salarial del sector público y una subida del 19,5 % en las transferencias sociales (entre ellas, las pensiones).
(11)La elevada tasa de crecimiento del gasto neto en 2024 ha provocado que el déficit de las administraciones públicas de Rumanía haya pasado del 6,6 % del PIB en 2023 al 9,3 % en 2024, muy por encima de la previsión del 7,9 % del PIB comunicada por Rumanía en el otoño de este último año. En sus previsiones de primavera de 2025, la Comisión estima que en 2025 el déficit de las administraciones públicas se reducirá al 8,6 % del PIB. Esta reducción del déficit prevista para 2025 obedece principalmente a la puesta en marcha de un programa de saneamiento fiscal a finales de 2024. Dicho programa incluye la congelación, en términos nominales, de los salarios y las pensiones, junto con una serie de medidas adicionales para aumentar los ingresos, entre ellas la supresión de determinados beneficios fiscales concedidos a distintos sectores. Sin embargo, las medidas resultantes de la revisión del marco fiscal a que se refiere el plan fiscal-estructural a medio plazo de Rumanía, elementos clave para la consecución de los objetivos presupuestarios en 2025 y 2026, no entraron en vigor antes del 1 de abril de 2025, fecha recomendada por el Consejo en la Recomendación de 21 de enero de 2025 por la que se aprueba el plan fiscal-estructural nacional a medio plazo de Rumanía. La ratio deuda pública/PIB aumentó del 48,9 % al cierre de 2023 al 54,8 % al cierre de 2024 y la Comisión estima que subirá al 59,4 % al cierre de 2025, debido al elevado déficit público.
(12)Por lo tanto, la respuesta de Rumanía a la Recomendación del Consejo de 21 de enero de 2025 ha sido insuficiente. El crecimiento del gasto neto ha sido mucho más rápido de lo recomendado por el Consejo. Esto conduce a la persistencia de un elevado déficit público, lo que pone en riesgo la corrección del exceso de déficit antes de 2030. No existen «factores pertinentes» atenuantes que deban tenerse en cuenta en el procedimiento de déficit excesivo que puedan alterar esta valoración, mientras que los elevados riesgos para la sostenibilidad fiscal a los que se enfrenta Rumanía suponen un factor agravante.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Rumanía no ha tomado medidas efectivas en respuesta a la Recomendación del Consejo de 21 de enero de 2025.
Artículo 2
El destinatario de la presente Decisión es Rumanía.
Hecho en Bruselas, el
Por el Consejo
La Presidenta / El Presidente