COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 14.10.2025
COM(2025) 632 final
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO
Quinto Informe anual sobre el control de las inversiones extranjeras directas en al Unión
{SWD(2025) 296 final}
COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 14.10.2025
COM(2025) 632 final
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO
Quinto Informe anual sobre el control de las inversiones extranjeras directas en al Unión
{SWD(2025) 296 final}
INTRODUCCIÓN
El presente informe es el quinto informe anual de la Comisión Europea sobre la aplicación del Reglamento de la UE para el control de las inversiones extranjeras directas (IED) (en lo sucesivo, «el Reglamento para el control de las IED» o «el Reglamento»).
El informe abarca el año 2024 y aporta transparencia sobre el funcionamiento del control de las IED en la UE y sobre la evolución de los mecanismos nacionales de control. Además, contribuye a la rendición de cuentas de la UE en un ámbito en el que, dados los intereses de seguridad en juego, la transparencia de las transacciones individuales no es posible ni adecuada.
Se basa en informes de los veintisiete Estados miembros y otras fuentes y consta de cuatro capítulos:
§el capítulo 1, sobre las tendencias y cifras de las IED en la UE;
§el capítulo 2, sobre la evolución legislativa en los Estados miembros;
§el capítulo 3, sobre las actividades de control de las IED realizadas por los Estados miembros;
§el capítulo 4, sobre el mecanismo de cooperación de la UE en materia de control de las IED.
El presente informe anual es un instrumento importante para los controles estratégicos del comercio y la inversión a fin de garantizar la seguridad y el orden público en la UE.
CAPÍTULO 1. INVERSIONES EXTRANJERAS DIRECTAS EN LA UNIÓN EUROPEA
1.Tendencias generales
El volumen de IED 1 aumentó un 7,5 % entre 2023 y 2024. Más concretamente, las fusiones y adquisiciones extranjeras y los proyectos de nueva creación extranjeros experimentaron aumentos acumulados anuales del 10 % (pasando de 20 329 a 22 302) y del 6,0 % (pasando de 28 405 a 30 108), respectivamente (figura 1, columnas). Este aumento es coherente con las tendencias observadas desde 2015, con un crecimiento continuo del volumen de IED en la EU-27 durante este período de 10 años en una media de casi 5 250 IED al año. Si se analiza esta tendencia por tipo de IED, la EU-27 recibió, entre 2015 y 2024, una media de 2 230 operaciones de fusiones y adquisiciones extranjeras y 3 011 inversiones extranjeras en proyectos de nueva creación. Estas tendencias positivas acumuladas confirman la apertura de los Estados miembros de la UE a las inversiones extranjeras, poniendo de relieve su atractivo para los inversores internacionales.
Figura 1. Volúmenes y flujos anuales de IED en la EU-27 correspondientes al período 2015-2024 (número de operaciones y proyectos)
Fuente: elaboración del CCI basada en los datos de Bureau van Dijk, extraídos el 26 de marzo de 2025 de Orbis M&A y Orbis Crossborder Investment. Los datos de 2015 corresponden a los flujos de IED en 2015, mientras que los datos representados en las barras de los años siguientes corresponden a la suma acumulada de los flujos anuales.
Las entradas totales de IED (figura 1, líneas) experimentaron una tendencia a la baja en los dos últimos años, con descensos del 23 % de 2022 a 2023 y del 8,4 % de 2023 a 2024, respectivamente. Sin embargo, si examinamos el número de IED, las fusiones y adquisiciones reaccionaron de manera diferente a las inversiones en proyectos de nueva creación. En concreto, el flujo de operaciones de fusiones y adquisiciones extranjeras, que habían experimentado una sólida recuperación en 2021, disminuyó un 3,6 % en 2022 y un 15 % en 2023, antes de repuntar con un aumento del 2,7 % en 2024. Por otra parte, los flujos de inversiones en proyectos de nueva creación experimentaron un aumento del 23 % en 2021 y del 13 % en 2022. Sin embargo, esta tendencia positiva fue seguida de dos años consecutivos de descenso (un 29 % en 2023 y un 19 % en 2024). La tendencia a la baja interanual de los flujos de IED observada en 2023 y parcialmente en 2024 (en el caso de los proyectos de nueva creación) podría atribuirse a incertidumbres 2 actuales persistentes y que afectan a la economía de la UE y a la percepción del riesgo por parte de los inversores.
2.Principales países de origen de los inversores extranjeros
Una comparación entre las operaciones de fusiones y adquisiciones extranjeras de 2023 y 2024 por jurisdicción de origen (figura 2, gráfico de la izquierda) muestra un aumento global en 2024 con respecto a 2023 para todas las jurisdicciones principales, excepto el Reino Unido, los centros financieros extraterritoriales y Canadá. En cambio, la disminución del número total de inversiones en proyectos de nueva creación observada en 2024 reflejó una reducción del número de proyectos de todas las jurisdicciones, a excepción de Canadá, donde el número se mantuvo sin cambios (figura 2, gráfico de la derecha).
Figura 2. Número de adquisiciones de participaciones en el capital (izquierda) e inversiones en proyectos de nueva creación (derecha) en la UE por jurisdicción extranjera (diez inversores principales) en 2023 y 2024
Fuente: elaboración del CCI basada en los datos de Bureau van Dijk, extraídos el 26 de marzo de 2025 de Orbis M&A y Orbis Crossborder Investment. CFE: centros financieros extraterritoriales 3 . RdM: resto del mundo.
Los Estados Unidos fueron el principal inversor extranjero en la UE en 2024, con el 30 % de todas las adquisiciones (597 operaciones) y el 37 % de las inversiones en proyectos de nueva creación (626 proyectos). Mientras que en 2024 las operaciones de fusión y adquisición con origen en los Estados Unidos aumentaron un 7 % con respecto a 2023, las inversiones en proyectos de nueva creación experimentaron un segundo descenso anual consecutivo del 17 % en 2024.
Los inversores del Reino Unido representaron el 23 % (451 operaciones) de todas las adquisiciones en 2024, y el 24 % (412 transacciones) de los proyectos de nueva creación en la EU-27, lo que sitúa al Reino Unido en el segundo lugar de la clasificación de jurisdicciones extranjeras. En este caso, el número de operaciones de fusión y adquisición y de proyectos de nueva creación disminuyó en 2024 un 8,9 % y un 13 %, respectivamente, con respecto a 2023. Los centros financieros extraterritoriales y Canadá experimentaron una tendencia negativa en las operaciones de fusión y adquisición entre 2023 y 2024, que cayeron un 8,9 % y un 19 %, respectivamente. Las jurisdicciones con los mayores aumentos anuales en operaciones de fusiones y adquisiciones extranjeras en 2024 fueron Singapur (85 %), seguida de Noruega (34 %). Por último, el número de operaciones de fusión y adquisición con origen en China y Hong Kong aumentó un 23 % interanual en 2024, tras una disminución anual del 20 % observada en 2023.
En el caso de las inversiones en proyectos de nueva creación, el número de IED de las diez principales jurisdicciones de origen, excepto Canadá, disminuyó en 2024 con respecto a 2023, con descensos anuales que oscilaron entre el 46 % de Noruega y el 2,5 % de China y Hong Kong.
3.Principales destinos de la UE para las adquisiciones extranjeras
El número de operaciones de fusiones y adquisiciones extranjeras en la UE se distribuyó de manera desigual entre los Estados miembros de destino (figura 3, gráfico de la izquierda). La mayoría de los países recibieron más operaciones en 2024 que en 2023, excepto Francia, España, Irlanda y Dinamarca, que recibieron menos. En cambio, el número de inversiones extranjeras en proyectos de nueva creación en la UE (figura 3, gráfico de la derecha) siguió una tendencia diferente en 2024, ya que solo dos países (Suecia y Finlandia) experimentaron un aumento con respecto a 2023.
Figura 3. Número de adquisiciones de participaciones en el capital (izquierda) e inversiones en proyectos de nueva creación (derecha) en 2023 y 2024 por Estado miembro de destino (diez principales beneficiarios de la EU-27)
Fuente: elaboración del CCI basada en los datos de Bureau van Dijk, extraídos el 26 de marzo de 2025 de Orbis M&A y Orbis Crossborder Investment. RdEU-27: resto de la EU-27.
Alemania y Francia fueron los principales destinos de las fusiones y adquisiciones extranjeras en 2024, ya que representaron el 21 % (412 operaciones) y el 13 % (264 operaciones) del importe total de las operaciones, respectivamente. Sin embargo, sus tendencias interanuales en 2024 fueron diferentes, con un aumento del número de operaciones en Alemania (17 %) y una disminución en Francia (1,1 %). A pesar de este ligero descenso, Francia superó a España como beneficiaria de IED y ocupó el segundo puesto en 2024. España ocupó el tercer puesto en 2024, con un porcentaje del 12 % (230 operaciones). Además de Francia y España, otros dos Estados miembros, a saber, Irlanda (-26 %) y Dinamarca (-9,1 %), recibieron en 2024 menos fusiones y adquisiciones extranjeras que en 2023. Al mismo tiempo, Polonia registró el mayor aumento de la actividad de fusiones y adquisiciones en 2024 (39 %), seguida de los Países Bajos (30 %).
Los dos principales beneficiarios de inversiones extranjeras en proyectos de nueva creación en 2024 fueron España y Alemania, que recibieron el 24 % (412 transacciones) y el 12 % (212 transacciones) de todos los proyectos, respectivamente. Francia les siguió de cerca (11 %, 191 transacciones). La disminución interanual del número de proyectos fue especialmente perceptible en Irlanda (36 %) y Polonia (35 %), mientras que dos Estados miembros, a saber, Suecia (22 %) y Finlandia (140 %), experimentaron un crecimiento interanual del número de proyectos extranjeros de nueva creación recibidos.
4.Información sectorial
Casi todas las cinco categorías sectoriales principales 4 experimentaron descensos interanuales de las fusiones y adquisiciones extranjeras en 2024 con respecto a 2023, a excepción de las operaciones en actividades profesionales, científicas y técnicas (figura 4, gráfico de la izquierda). Por el contrario, el número de proyectos extranjeros de nueva creación solo aumentó en una de las cinco categorías sectoriales principales (alojamiento) en 2024 (figura 4, gráfico de la derecha).
Figura 4. Número de participaciones en el capital (izquierda) e inversiones en proyectos de nueva creación (derecha) en 2023 y 2024 por sectores de la NACE Rev. 2 (cinco categorías principales)
Fuente: elaboración del CCI basada en los datos de Bureau van Dijk, extraídos el 26 de marzo de 2025 de Orbis M&A y Orbis Crossborder Investment. PCT: actividades profesionales, científicas y técnicas» (NACE Rev. 2, sección M) e incluye las instalaciones de I+D. TIC: tecnologías de la información y las comunicaciones (NACE Rev. 2, sección J). «Industria manufacturera» corresponde a la NACE Rev. 2, sección C. «Finanzas» corresponde a la NACE Rev. 2, sección K (Actividades financieras y de seguros). «Comercio al por menor» corresponde a la NACE Rev. 2, sección G (Comercio al por mayor y al por menor). «Alojamiento» corresponde a la NACE Rev. 2, sección I (Hostelería).
En 2024, la industria manufacturera siguió siendo el principal sector para la realización de operaciones, con un 27 % de fusiones y adquisiciones extranjeras (526 transacciones). Las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) siguieron ocupando el segundo lugar, con un 24 % (467 transacciones). Ambos sectores experimentaron un aumento de la actividad de las operaciones, con un aumento del 3,3 % en la industria manufacturera y un 5,4 % en las TIC en 2024 con respecto a 2023. Las actividades PCT, en las que las operaciones disminuyeron un 14 % con respecto a 2023, ocuparon el tercer puesto, con un 10 %, seguidas de las finanzas (8,1 %) y el comercio al por menor (7,3 %).
En lo que se refiere a inversiones extranjeras en proyectos de nueva creación, las actividades relacionadas con el comercio al por menor representaron casi un tercio (31 %) de los proyectos en 2024 (523 transacciones). Las actividades PCT fue el segundo sector más importante en 2024, con un porcentaje del 15 %. En 2024, la industria manufacturera, con un porcentaje del 13 %, se convirtió en el tercer sector más importante para las inversiones en proyectos de nueva creación, mientras que el sector de las TIC, con un porcentaje del 10 %, ocupó el cuarto lugar. Las inversiones en proyectos de nueva creación en el sector de las TIC y el comercio al por menor experimentaron el mayor descenso interanual: el número de proyectos en 2024 disminuyó un 27 % y un 21 %, respectivamente. El alojamiento fue el único sector de los cinco primeros que experimentó un aumento del número de proyectos (1,2 %) en el mismo período.
5.Conclusiones
La EU-27 ha experimentado un aumento constante del volumen de IED entre 2015 y 2024, recibiendo una media anual de 5 250 IED. Sin embargo, en los últimos años se ha producido una desaceleración de las entradas de IED, con descensos anuales en 2023 (23 %) y 2024 (8,4 %). La disminución de las entradas en 2024 fue debida a un descenso de las inversiones extranjeras en proyectos de nueva creación (19 %), ya que las fusiones y adquisiciones experimentaron una recuperación interanual (2,7 %).
En 2024, los Estados Unidos y el Reino Unido se convirtieron en los principales inversores extranjeros. Los Estados Unidos estuvieron a la cabeza, con el 30 % del total de las fusiones y adquisiciones y el 37 % de los proyectos de nueva creación, seguidos de cerca por el Reino Unido, con el 23 % de las fusiones y adquisiciones y el 24 % de los proyectos de nueva creación. En cuanto a los Estados miembros que recibieron IED, Alemania fue el destino preferido para las fusiones y adquisiciones (21 %), mientras que España recibió la mayor inversión en proyectos de nueva creación (24 %). Por último, en lo que se refiere a la distribución sectorial, la industria manufacturera (27 %) fue el sector más importante en las fusiones y adquisiciones, mientras que el comercio al por menor (31 %) lideró las actividades de inversión en proyectos de nueva creación.
La disminución anual de los proyectos de nueva creación en 2024 afectó a casi todas las jurisdicciones de origen, Estados miembros de destino y sectores. La moderada mejora interanual general de las inversiones de fusión y adquisición observada en 2024 parece estar distribuida de manera más desigual entre las jurisdicciones de origen, los destinos y los sectores.
CAPÍTULO 2. EVOLUCIÓN LEGISLATIVA EN LOS ESTADOS MIEMBROS EN 2024
1.Reglamento de la UE para el control de las IED y mecanismos de control de las IED de los Estados miembros de la UE
A lo largo de 2024, la Comisión Europea siguió animando a todos los Estados miembros a adoptar y aplicar mecanismos nacionales de control de las IED para garantizar que la Comisión y todos los Estados miembros dispongan de los instrumentos adecuados para detectar y abordar los riesgos para la seguridad y el orden público relacionados con las IED.
La Comisión también alentó la armonización de los mecanismos y prácticas de control nacionales de las IED. Ayudó a los Estados miembros con orientaciones técnicas y políticas, reuniones e intercambio de información, en particular sobre las mejores prácticas. Sin embargo, siguen existiendo diferencias notables entre los mecanismos nacionales de control, especialmente: i) en qué constituye un control formal de una IED (que da lugar a la notificación de una IED al mecanismo de cooperación); ii) el calendario del procedimiento nacional de control; iii) la cobertura sectorial de los mecanismos nacionales de control; y iv) los requisitos de notificación de las partes de la transacción a las autoridades nacionales. Resolver estas diferencias fue una de las razones de la propuesta legislativa de la Comisión de enero de 2024 para la revisión del mecanismo de cooperación, que está siendo ultimada actualmente por el Consejo y el Parlamento Europeo.
2.Visión general de los mecanismos de control de las IED de los Estados miembros y de la evolución legislativa
La guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y la incertidumbre sobre los acontecimientos geopolíticos han puesto aún más de relieve la necesidad de garantizar tecnologías e infraestructuras (avanzadas) críticas. En consecuencia, algunos Estados miembros sin mecanismos de control tomaron nuevas medidas para adoptar mecanismos nacionales de control o actualizar y ampliar los existentes en respuesta a circunstancias cambiantes.
En 2024, tres Estados miembros participaron en actividades destinadas a adoptar un mecanismo de control, dos Estados miembros hicieron operativos sus mecanismos de control de las IED recientemente adoptados y diez Estados miembros introdujeron modificaciones en su legislación vigente en materia de control.
A finales de 2024, veinticuatro Estados miembros de la UE disponían de legislación en materia de control de las IED.
El mapa que figura a continuación ofrece una visión general de la situación legislativa de los Estados miembros de la UE en 2024.
El cuadro que figura a continuación ofrece una visión general de la situación legislativa y los avances legislativos de los Estados miembros de la UE a 31 de diciembre de 2024 5 .
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Disponen de un mecanismo nacional de control de las IED (sin cambios legislativos) |
Alemania, Austria, Bélgica, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Italia, Letonia, Luxemburgo, Malta, Portugal |
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Han modificado un mecanismo existente |
Chequia, Dinamarca, Francia, Hungría, Lituania, Países Bajos, Polonia, Rumanía, Suecia, Eslovaquia |
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Entrada en vigor de un nuevo mecanismo nacional de control de las IED |
Bulgaria, Irlanda |
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Proceso consultivo o legislativo en curso que dará lugar previsiblemente a la adopción de un nuevo mecanismo |
Chipre, Croacia, Grecia |
Entrada en vigor de nuevos mecanismos de control de las IED
En Bulgaria, el mecanismo nacional de control propuesto en el Parlamento en 2023 fue adoptado el 22 de febrero de 2024, promulgado el 8 de marzo de 2024 y será operativo en algún momento cuando se hayan adoptado los reglamentos de aplicación necesarios 6 . En Irlanda, la Ley de control de transacciones de terceros países, promulgada en octubre de 2023, entró en vigor el 6 de enero de 2025.
Proceso consultivo o legislativo en curso que dará lugar previsiblemente a la adopción de un nuevo mecanismo
A 31 de diciembre de 2024, Chipre no había establecido un mecanismo nacional de control de las IED. En marzo de 2024 se presentó a la Cámara de Representantes un proyecto de ley. Tras varias modificaciones, el proyecto de ley se volvió a presentar a la Oficina Jurídica de la República de Chipre para su examen jurídico a principios de 2025. El texto se volverá a presentar en algún momento a la Cámara de Representantes para su adopción.
En Croacia, en octubre de 2023 se creó un grupo de trabajo para elaborar una propuesta legislativa destinada a establecer un mecanismo de control de las IED. A 31 de diciembre de 2024, el proceso de elaboración aún estaba en curso.
En Grecia, el Ministerio de Asuntos Exteriores completó la elaboración de la legislación para establecer un mecanismo nacional de control.
Actualizaciones de los mecanismos existentes de control de las IED
En Chequia, se pusieron en marcha los trabajos preparatorios para modificar tanto el mecanismo general de control de las IED (Ley n.º 34/2021) como el mecanismo sectorial de control contemplado en la Ley de Energía (Ley n.º 458/2000). Las modificaciones del mecanismo general de control de las IED tienen por objeto vincular el control de las inversiones y la investigación de las subvenciones extranjeras e introducir nuevas normas para la comunicación con determinados inversores extranjeros.
Dinamarca modificó su mecanismo de control de las IED mediante la Ley n.º 674, de 11 de junio de 2024, que introdujo la posibilidad de un control previo de los acuerdos financieros especiales relativos a las licitaciones de energía eólica marina u otros grandes proyectos públicos de energía. Esta nueva disposición entró en vigor el 1 de julio de 2024.
En Francia, la lista revisada de actividades de I+D en tecnologías críticas cubiertas por el mecanismo de control de las inversiones entró en vigor en 2024, tras la adopción de un acto administrativo el 28 de diciembre de 2023. La lista revisada incluye ahora la fotónica y una nueva descripción de la energía limpia.
En Hungría, dos conjuntos de modificaciones de la legislación sobre el control de las IED permitieron transponer al Derecho nacional determinadas disposiciones de la Directiva (UE) 2022/2555, relativa a la ciberseguridad, y de la Directiva (UE) 2022/2557, relativa a la resiliencia de las entidades críticas.
Lituania actualizó dos listas pertinentes para las actividades de control de las IED: i) la lista de equipos y activos importantes para la seguridad nacional en julio y octubre de 2024; y ii) la lista de actividades económicas consideradas estratégicamente importantes para la seguridad nacional el 13 de noviembre de 2024. El alcance de los subsectores se amplió a las criptomonedas y las fichas referenciadas a activos.
Los Países Bajos adoptaron un Reglamento de Aplicación sobre la energía eólica marina el 1 de enero de 2024. El Reglamento permite el control de los participantes en las licitaciones de parques eólicos marinos y la transferencia de control antes de que un parque eólico entre en funcionamiento.
En Polonia, el Reglamento del Consejo de Ministros de 18 de diciembre de 2024 modificó la lista de entidades protegidas (empresas que poseen activos en infraestructuras críticas u operan en sectores estratégicos) y de las autoridades correspondientes que las supervisan.
En Rumanía, la adopción del Decreto de Emergencia n.º 152/2024 aclaró el concepto de «inversor de la Unión Europea» e introdujo nuevas disposiciones sobre plazos legales. Además, la Secretaría de la Comisión de IED pasó a estar subordinada directamente a la presidencia de la Comisión de IED, en lugar de la presidencia de la Autoridad de Competencia.
El 1 de octubre de 2024, Suecia amplió la lista de «servicios esenciales» cubiertos por la Ley de control de las inversiones extranjeras directas (2023: 560) para incluir nuevas actividades. La modificación más importante es que se han añadido una serie de actividades, relativas a funciones sociales vitales en el ámbito de la información y la comunicación, que merecen protección.
En Eslovaquia, la adopción de la Ley n.º 367/2024 sobre infraestructuras críticas y sobre modificaciones y adiciones a determinados actos dio lugar a una modificación limitada relativa al acceso a la información sobre actividades de control de las IED.
En el documento de trabajo de los servicios de la Comisión adjunto se ofrecen más detalles sobre las novedades legislativas relacionadas con los mecanismos nacionales de control de los Estados miembros. En el sitio web de la Comisión Europea puede consultarse una lista actualizada de los mecanismos nacionales de control 7 .
CAPÍTULO 3. ACTIVIDADES DE CONTROL DE LAS IED POR PARTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS
El Reglamento para el control de las IED establece un marco para que los Estados miembros revisen las IED en su territorio por motivos de seguridad y orden público, y adopten medidas para hacer frente a riesgos específicos. La decisión de controlar o no una IED concreta sigue siendo responsabilidad exclusiva del Estado miembro en el que tenga lugar la inversión. El Reglamento también ha creado un mecanismo de cooperación entre la Comisión y las autoridades de control de los Estados miembros para evaluar los riesgos de las transacciones individuales de IED. Este mecanismo hace posible el intercambio de información y permite tanto a la Comisión como a otros Estados miembros señalar los posibles riesgos para la seguridad o el orden público asociados a una IED a otros Estados miembros o a programas o proyectos a escala de la UE. Esto permite evaluar y mitigar dichos riesgos. Si bien el mecanismo de cooperación ayuda al Estado miembro en el que tiene lugar la inversión a evaluar y mitigar los riesgos para la seguridad o el orden público, es el Estado miembro quien decide qué inversiones controlar, aprobar, condicionar o bloquear.
El presente capítulo proporciona información agregada sobre las actividades nacionales de control realizadas en 2024 sobre la base de los informes anuales de los Estados miembros presentados a la Comisión en cumplimiento del artículo 5 del Reglamento. En total, los Estados miembros con mecanismos nacionales de control tramitaron un total de 3 136 solicitudes de autorización y casos iniciados por las propias autoridades (casos de oficio) 8 , frente a 1 808 en 2023 y 1 444 en 2022. El 41 % de ellos fueron sometidos a un control oficial, y alrededor del 59 % fueron considerados no admisibles o no requirieron un examen formal (figura 5) 9 .
Figura 5. Actividades de control de las IED de los Estados miembros
Fuente: informes de los Estados miembros.
De las IED controladas formalmente en 2024 y para las que los Estados miembros han comunicado una decisión, la inmensa mayoría (el 86 %) se autorizó sin condiciones (figura 6). Esto significa que la inversión fue aprobada sin necesidad de ninguna otra acción por parte del inversor. En comparación con el año anterior, los Estados miembros autorizaron sin condiciones un porcentaje ligeramente superior de IED examinadas formalmente (esa cifra fue del 85 % en 2023).
Paralelamente, el 9 % de las decisiones se refirieron a una aprobación con condiciones o medidas de mitigación, cifra ligeramente inferior al 10 % de 2023. En estos casos, las autoridades nacionales de control han exigido determinadas acciones, garantías y compromisos de los inversores antes de aprobar las IED.
Finalmente, las autoridades nacionales bloquearon las inversiones en aproximadamente el 1 % de todos los casos con una decisión (el mismo porcentaje que en años anteriores). Por último, el 4 % de las solicitudes fueron retiradas por las partes antes de que se adoptara una decisión formal.
Figura 6. Decisiones notificadas sobre casos de IED
Fuente: informes de los Estados miembros a la Comisión.
Conclusiones sobre las actividades de control de los Estados miembros
§La proporción de IED controladas formalmente se situó en el 41 % de todas las solicitudes de autorización presentadas por los inversores o las partes de la transacción a las autoridades nacionales de control de las IED o examinadas por las autoridades nacionales por iniciativa propia. Esta evolución se ve fuertemente influida por Suecia, que notificó un número muy elevado de casos de IED en el año de referencia.
§La mayoría de las IED controladas se autorizaron sin ninguna condición (86 %), cifra ligeramente superior a la de 2023 (85 %). Esto demuestra que el control de las inversiones extranjeras directas en los Estados miembros de la UE no ha dado lugar a un clima de inversión más restrictivo, sino que permite una mayor sensibilización entre los Estados miembros y la Comisión sobre la posibilidad de que las IED aumenten los riesgos para la seguridad o el orden público.
§Por lo que se refiere a las autorizaciones con condiciones, el porcentaje de casos en los que se impusieron medidas de mitigación (9 %) es ligeramente inferior al de 2023 (10 %).
§El porcentaje de IED bloqueadas por los Estados miembros se mantuvo en torno al 1 %, lo que corresponde a la media de los últimos años.
§En general, estas cifras muestran una tendencia estable, lo que confirma que la UE ha permanecido abierta a la inversión extranjera y que los Estados miembros solo bloquean las IED que plantean amenazas muy graves para la seguridad o el orden público.
CAPÍTULO 4. MECANISMO DE COOPERACIÓN DE LA UE EN MATERIA DE CONTROL DE LAS IED
1.Notificaciones presentadas en virtud del Reglamento para el control de las inversiones extranjeras directas
1.1. Síntesis de las actividades en 2024
En 2024, veintiún Estados miembros presentaron un total de 477 notificaciones en virtud del artículo 6 del Reglamento para el control de las inversiones extranjeras directas, frente a las 488 notificaciones presentadas por dieciocho Estados miembros en 2023 10 . Cuatro Estados miembros (España, Austria, Italia y Francia) fueron responsables del 76 % de las notificaciones, y siete Estados miembros (Alemania, España, Austria, Italia, Francia, los Países Bajos y Lituania) fueron responsables del 84 % 11 . Las transacciones notificadas variaron considerablemente, en particular en lo que se refiere a alcance sectorial, valor de la transacción y origen de los inversores finales, entre otros parámetros.
Fuente: informes de los Estados miembros.
El mapa anterior indica el número de IED notificadas por los Estados miembros a otros Estados miembros y a la Comisión en el marco del mecanismo de cooperación de la UE para el control de las IED. En 2024, de los veintiún Estados miembros con mecanismo nacional de control, siete Estados miembros presentaron más de diez notificaciones, seis presentaron entre seis y diez notificaciones y ocho presentaron menos de cinco notificaciones.
Con respecto al año anterior, en 2024 se produjo una disminución del 2 % en el número de notificaciones, pasando de 488 a 477. Aparte de esta pequeña disminución, el número de notificaciones ha ido aumentando en los últimos años. Hubo 414 notificaciones en 2021, 421 en 2022 y 488 en 2023, y el número de Estados miembros que notificaron IED pasó de 13 en 2021 a 21 en 2024.
1.2Principales sectores 12 de IED notificados al mecanismo de cooperación
Los cinco sectores con mayor número de transacciones en 2023 fueron la industria manufacturera 13 (25 % de todas las transacciones), las TIC 14 (22 %), el comercio al por mayor y al por menor 15 (14 %), las actividades financieras 16 (10 %) y las actividades profesionales 17 (9 %). Esto se asemeja mucho a los datos del año anterior, en el que los mismos cinco sectores ocuparon los primeros puestos en el mismo orden. Las notificaciones relativas a las actividades manufactureras adquirieron aún más importancia que en 2023, año en el que su porcentaje se situó en el 23 %. Por último, las notificaciones relativas al sector de la energía y el transporte representaron, respectivamente, el 6 % y el 5 % del total de notificaciones en 2024, y otros sectores 18 , el 9 %.
Figura 7. Desglose sectorial de todas las notificaciones en 2024
Fuente: notificaciones de los Estados miembros.
1.3Valor total de las IED notificadas al mecanismo de cooperación
Si se considera el valor de las transacciones, el 58 % de las IED notificadas tenían un valor 19 inferior a 500 millones EUR, lo que supone un aumento de 5 puntos porcentuales con respecto al 53 % de 2023. El 30 % de las transacciones tenían un valor igual o superior a 500 millones EUR (el 29 % en 2023).
Figura 8. Valor respectivo por transacción de IED notificada en 2024 20
Fuente: notificaciones de los Estados miembros.
1.4Procedimientos y rapidez de cierre de casos de IED
De conformidad con el Reglamento para el control de las IED, las transacciones de IED notificadas por los Estados miembros son evaluadas por la Comisión en dos fases. Todas las transacciones notificadas se someten a una evaluación preliminar («fase 1»), y solo un número limitado de operaciones pasan a la fase 2.
La fase 2 implica una evaluación más detallada de los casos que podrían afectar a la seguridad o al orden público en más de un Estado miembro, o crear riesgos para proyectos o programas de interés para la UE. Los casos de la fase 2 pueden concluirse con un dictamen de la Comisión, tal como se prevé en el Reglamento para el control de las IED. Sin embargo, dichos dictámenes siguen siendo confidenciales según el artículo 10 del Reglamento. El dictamen puede: i) comunicar que la Comisión considera probable que la IED afecte negativamente a la seguridad o al orden público en más de un Estado miembro o a un proyecto o programa de interés para la Unión; ii) recomendar medidas adecuadas para que se estudien; o iii) compartir información pertinente sobre la IED objeto de control para fundamentar la evaluación y la decisión final del Estado miembro notificante.
En 2024, la Comisión cerró el 92 % de los 477 casos en la fase 1, es decir, en un plazo de quince días naturales a partir de la notificación por parte de los Estados miembros de control (el mismo porcentaje que en 2023). El 8 % restante de las operaciones pasó a la fase 2 y se solicitó información adicional al Estado miembro notificante 21 . En 2024, cinco Estados miembros representaron más del 66 % de los casos de la fase 2, lo que supone un aumento con respecto a 2023, cuando los cinco principales Estados miembros que notificaron casos que llegaron a la fase 2 para la Comisión representaron el 60 % de los casos de dicha fase. Como en 2023, la Comisión emitió un dictamen en menos del 2 % de las transacciones notificadas.
Figura 9. Casos cerrados en las fases 1 y 2
Fuente: notificaciones de los Estados miembros.
Al iniciar la fase 2, la Comisión solicita información adicional al Estado miembro notificante, que varía en función de la transacción y de los detalles de la información presentada con la notificación 22 . Esta información a menudo incluye preguntas sobre las intenciones y el plan de negocio del inversor en relación con la empresa objetivo o los clientes de la empresa objetivo en sectores sensibles. Esta información se solicita para evaluar mejor cómo de crítica es la empresa objetivo y las amenazas potenciales que plantea el inversor extranjero.
En 2024, los Estados miembros participaron en el mecanismo de cooperación, entre otras cosas, formulando preguntas en aproximadamente el 10 % de los casos y presentando observaciones sobre las transacciones de IED realizadas en otro Estado miembro. El porcentaje de casos sobre los que los Estados miembros formularon observaciones se situó en torno al 3 %, muy por debajo del porcentaje de 2023, que fue del 6 % 23 . El número de Estados miembros que formularon observaciones a otros Estados miembros se mantuvo sin cambios en aproximadamente un tercio 24 .
1.5Principales sectores de IED sujetos a la evaluación detallada de la Comisión del riesgo para la seguridad o el orden público
El principal sector de los casos de fase 2 fue la industria manufacturera, que representó el 50 % de todas las transacciones y se situó muy por encima del porcentaje del 39 % en 2023 (figura 10). El segundo sector más importante fue el de las TIC, que representó casi una quinta parte de todos los casos de la fase 2 (24 % en 2023). Los casos de la fase 2 sobre actividades financieras ocuparon el tercer puesto, con un porcentaje del 8 %, sin cambios con respecto al año anterior.
Figura 10. Principales sectores objetivo de la fase 2 en los casos de 2024
Fuente: notificaciones de los Estados miembros.
Dada la importancia del sector manufacturero, la figura 11 ofrece una visión general de los factores 25 que se utilizaron para evaluar el carácter crítico de las transacciones de dicho sector para la seguridad o el orden público. El factor utilizado con mayor frecuencia es cuando la transacción implicó una inversión extranjera en tecnologías críticas, que representó el 49 % del total en 2024 (51 % en 2023). El segundo factor más importante, con un porcentaje del 26 % (34 % en 2023), estaba relacionado con las IED en infraestructuras críticas, seguido del suministro de insumos críticos, con un 20 % (13 % en 2023). Por último, el acceso a la información sensible (incluidos los datos personales) representó el 5 % del total, lo que supone un aumento de 3 puntos porcentuales con respecto al 2 % de 2023.
Figura 11. Factores que conducen a casos de fase 2 en la industria manufacturera
Fuente: notificaciones de los Estados miembros.
Un análisis más detallado de las notificaciones relacionadas con tecnologías críticas objeto de fase 2 (figura 12) revela que las actividades relacionadas con la defensa representaron el 37 % de estos casos, un aumento de 11 puntos porcentuales con respecto al 26 % en 2023, seguidas de los semiconductores con un 21 % y las actividades aeroespaciales con un 16 %. Las clasificaciones de estas dos últimas tecnologías se han invertido en comparación con 2023, cuando los semiconductores representaron el 17 % y el sector aeroespacial, el 22 %. Las demás tecnologías críticas, como la inteligencia artificial y la robótica, representaron el 26 % del total.
Figura 12. Tipos de tecnologías críticas en los casos de la fase 2
Fuente: notificaciones de los Estados miembros.
1.6Origen de los inversores finales en IED notificadas al mecanismo de cooperación
De los 477 casos notificados en 2024, las seis principales jurisdicciones de origen fueron los Emiratos Árabes Unidos, el Reino Unido, China (incluido Hong Kong), Japón, Canadá y los Emiratos Árabes Unidos. En comparación con 2023, el porcentaje de IED de inversores estadounidenses notificadas al mecanismo de cooperación aumentó significativamente, en 7 puntos porcentuales, pasando del 33 % en 2023 al 40 % de todas las transacciones en 2024. Por otra parte, el porcentaje de inversores británicos disminuyó ligeramente, pasando del 12 % en 2023 al 11 % en 2024. Otra novedad importante fue el aumento de las transacciones procedentes de China, cuya proporción aumentó un 50 %, pasando del 6 % en 2023 al 9 % en 2024. Las IED procedentes de Japón ocuparon el cuarto puesto en 2024 en cuanto al número total de transacciones, con un porcentaje del 4 % (sin cambios con respecto a 2023). Por último, la IED de inversores en Canadá y los Emiratos Árabes Unidos tuvo un porcentaje del 3 % (frente al 5 % y el 6 % de 2023, respectivamente).
El 30 % 26 de los casos notificados procedían de jurisdicciones distintas de las seis principales, frente a 2023, donde este porcentaje fue del 33 %. Esto supone un ligero aumento de la concentración de las inversiones de los principales países de origen. En 2023, los seis principales inversores representaban el 66 % de los casos notificados, frente al 70 % en 2024.
Figura 13. Países de origen de los inversores finales en los casos de 2024
Fuente: notificaciones de los Estados miembros.
1.7Notificaciones multijurisdiccionales al mecanismo de cooperación y a su sector principal
De todos los casos notificados en 2024, el 19 % de las notificaciones se referían a operaciones sometidas a control en dos o más Estados miembros (frente al 29 % en el primer informe anual, el 28 % en el segundo, el 20 % en el tercero y el 36 % en el cuarto) 27 . Los principales sectores objeto de estas notificaciones fueron los siguientes: i) la industria manufacturera, con un porcentaje del 26 % (23 % en 2023); ii) las TIC, con un porcentaje del 20 % (21 % en 2023); iii) el comercio al por mayor y al por menor, con un porcentaje del 14 % (19 % en 2023); iv) las actividades profesionales, con un porcentaje del 7 % (13 % en 2023); y v) la energía, con un porcentaje del 6 % (5 % en 2023) (cuadro 1). La construcción y la salud representaron el 6 % de las transacciones multijurisdiccionales. Por último, otros sectores, incluidos el transporte y el agua, representaron el 7 % del número total de casos multijurisdiccionales.
Cuadro 1. Principales sectores de las IED multijurisdiccionales
|
Industria manufacturera |
26 % |
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TIC |
20 % |
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Comercio al por mayor y al por menor |
14 % |
|
Actividades financieras |
10 % |
|
Actividades profesionales |
7 % |
|
Construcción |
6 % |
|
Energía |
6 % |
|
Salud |
6 % |
|
Otros |
7 % |
Fuente: notificaciones de los Estados miembros.
1.8Casos no notificados
El Reglamento para el control de las IED permite a los Estados miembros y a la Comisión intercambiar información sobre IED no notificadas al mecanismo de cooperación de la UE y, en caso de que los demás Estados miembros o la Comisión detecten riesgos para la seguridad o el orden público, podrán formularse observaciones o emitirse un dictamen. En 2024, la Comisión utilizó este procedimiento de manera limitada para investigar las transacciones que no fueron objeto de control.
Conclusiones sobre el mecanismo de cooperación de la UE en materia de control de las IED
§En primer lugar, el control de las IED siguió siendo una herramienta indispensable para contribuir a la seguridad colectiva de la UE frente a las inversiones de terceros países que podrían aumentar los riesgos para la seguridad o el orden público.
§En segundo lugar, el mecanismo de cooperación de la UE en materia de control de las IED sigue siendo muy pertinente. Esto se refleja en el número de notificaciones, que se mantuvo en torno al mismo nivel que en 2023 (477 notificaciones en 2024 frente a 488 en 2023). Al mismo tiempo, el 84 % de todas las notificaciones procedían de siete Estados miembros: Alemania, España, Austria, Italia, Francia, Países Bajos y Lituania. A pesar de que veinticuatro Estados miembros disponen ahora de mecanismos operativos de control, notificaron transacciones veintiuno de ellos (frente a los trece de 2021). La tendencia al alza refleja una creciente familiaridad con el mecanismo de cooperación. Además, los Estados miembros tuvieron la oportunidad de mantener debates a nivel técnico en las reuniones de grupos de expertos sobre el control de las IED y en la «Academia de controladores» anual, organizada en 2024 por la autoridad rumana de control de las IED.
§En tercer lugar, en el contexto del firme compromiso de la Unión con un entorno abierto a la inversión, el mecanismo de cooperación de la UE sigue funcionando como una herramienta limitada y específica para casos excepcionales en los que es probable que una IED afecte negativamente a la seguridad o al orden público de la Unión. De los 477 casos notificados en 2024, la gran mayoría (92 %) se cerraron en la fase 1, es decir, en un plazo de quince días naturales a partir de la notificación por parte de los Estados miembros que realizaron el control, y solo el 8 % fueron sometidos a una evaluación detallada del riesgo para la seguridad por parte de la Comisión. En comparación con 2023, esta proporción se mantuvo sin cambios. En 2024, como en 2023, la Comisión emitió un dictamen en menos del 2 % de los casos.
§En cuarto lugar, el primer puesto de la industria manufacturera en los casos de la fase 2 incluso ha aumentado, pasando del 39 % en 2023 al 50 % en 2024. Un análisis más detallado de los factores que subyacen a la necesidad de realizar evaluaciones exhaustivas de los riesgos para la seguridad de fase 2 revela que la pertinencia del objetivo para las «tecnologías críticas» fue el factor que desencadenó una nueva evaluación en el 49 % de los casos (51 % en 2023). Las notificaciones relacionadas con tecnologías críticas sujetas a la fase 2 muestran que las actividades relacionadas con la defensa han adquirido mayor importancia, representando el 37 % del total, frente al 26 % en 2023. Además, en comparación con 2023, los semiconductores superaron al sector aeroespacial y ocuparon el segundo puesto, con un 21 %, seguido del sector aeroespacial, con un 16 %.
§Por último, la mayoría de los inversores siguieron procediendo de las dos principales jurisdicciones de origen: los Estados Unidos y el Reino Unido representaron el 51 % de todas las inversiones notificadas al mecanismo de cooperación de la UE. Sin embargo, el porcentaje de inversores estadounidenses aumentó considerablemente, pasando del 33 % en 2023 al 40 % en 2024. Por otro lado, el porcentaje de inversores británicos descendió ligeramente, pasando del 12 % en 2023 al 11 % en 2024. Otra novedad importante se refiere a los inversores chinos (junto con los de Hong Kong), cuya proporción aumentó un 50 %, pasando del 6 % en 2023 al 9 % en 2024. Mientras tanto, los inversores de Canadá y los Emiratos Árabes Unidos representaron una proporción menor del total de transacciones, con un 3 % cada uno, frente al 5 % y el 6 % de 2023, respectivamente.
2.Avances recientes en materia de control de las IED y perspectivas de futuro: propuesta de revisión del Reglamento para el control de las IED
Como parte de la Estrategia Europea de Seguridad Económica 28 , la Comisión Europea presentó el 24 de enero de 2024 una propuesta legislativa para revisar el Reglamento para el control de las inversiones extranjeras directas 29 . La propuesta se basa en la experiencia adquirida con más de 1 200 casos de IED, un estudio de la OCDE, una evaluación en profundidad de la Comisión y un informe especial del Tribunal de Cuentas Europeo.
La propuesta pretende resolver las principales deficiencias del marco actual, incluida la ausencia de mecanismos de control en todos los Estados miembros, la fragmentación normativa y la falta de un enfoque normalizado de las transacciones que todos los Estados miembros deben controlar. Sus objetivos son los siguientes:
§que todos los Estados miembros establezcan mecanismos de control;
§introducir un ámbito de aplicación mínimo común y una armonización mínima de los mecanismos nacionales;
§incluir en el ámbito de control a los inversores establecidos en la UE que estén bajo el control en última instancia de entidades no pertenecientes a la UE;
§reforzar la cooperación y mejorar la rendición de cuentas entre los Estados miembros y la Comisión.
3.Revisión de las inversiones en el exterior: adopción de la Recomendación (UE) 2025/63 de la Comisión
El 15 de enero de 2025, la Comisión adoptó una Recomendación sobre la revisión de las inversiones de la UE en el exterior. La iniciativa tiene por objeto reforzar la seguridad económica de la UE, orientar las futuras decisiones políticas y desarrollar el entorno abierto de inversión de la UE.
La Recomendación se aplica a tres ámbitos tecnológicos de importancia estratégica considerados de alto nivel de riesgo potencial (semiconductores, inteligencia artificial y tecnologías cuánticas), y pide a los Estados miembros que evalúen los riesgos para la seguridad económica que puedan derivarse de las inversiones de la UE en el exterior. Más concretamente, los Estados miembros deben:
§Revisar las inversiones en el exterior pasadas y en curso de las empresas establecidas en sus respectivos territorios en los tres ámbitos tecnológicos.
§Recopilar información y evaluar, junto con la Comisión, los posibles riesgos y preocupaciones en materia de seguridad relativos a las inversiones en el exterior, y considerar las respuestas políticas adecuadas al final del período de revisión propuesto de quince meses. Estos riesgos podrían derivarse de fugas de tecnología o conocimientos técnicos como parte de una inversión en el exterior, permitiendo que la tecnología se utilice con fines militares o de inteligencia contra la UE o sus Estados miembros o para socavar la paz y la seguridad internacionales.
§Consultar y trabajar con las partes interesadas pertinentes, incluidas las empresas, el mundo académico y la sociedad civil, para obtener una visión completa del entorno de inversión y los posibles riesgos para la seguridad.
La Recomendación se basa en los debates con los Estados miembros en el grupo de expertos de la Comisión sobre inversiones salientes, creado en julio de 2023, y en la consulta pública llevada a cabo a raíz del Libro Blanco sobre inversiones salientes publicado en enero de 2024.
Seguimiento y próximas etapas
Los Estados miembros tenían que designar un punto de contacto único a más tardar el 15 de marzo de 2025. En el momento de la elaboración del presente informe, veinticinco Estados miembros habían notificado a la Comisión las autoridades para la revisión de las inversiones en el exterior.
También se pide a los Estados miembros que faciliten: i) un informe de situación a más tardar el 15 de julio de 2025, y ii) un informe exhaustivo sobre su aplicación de la presente Recomendación y de cualquier riesgo detectado a más tardar el 30 de junio de 2026.
Las operaciones de inversión extranjera directa pueden desglosarse en proyectos de nueva creación y en fusiones y adquisiciones. Las inversiones internacionales en proyectos de nueva creación suelen implicar la constitución de una nueva empresa o el establecimiento de instalaciones en el extranjero, mientras que una fusión o una adquisición internacionales equivalen a transferir a un propietario en el extranjero la propiedad de los activos existentes relativos a una actividad económica. Se incluyen las fusiones y adquisiciones si implican la adquisición de participaciones en el capital superiores al 10 % del capital de la empresa de la EU-27.
La guerra de agresión de Rusia contra Ucrania entró en su cuarto año en febrero de 2025. Otras tensiones geopolíticas, como la expansión y la intensificación del conflicto de Oriente Próximo o la amenaza de una escalada de las tensiones comerciales mundiales, también fueron fuentes de riesgo durante 2024.
Los principales centros financieros extraterritoriales por número de transacciones en 2024 son (por orden alfabético): Bermudas, Islas Caimán, Islas Vírgenes Británicas, Liechtenstein y Mónaco. Para consultar la lista completa de centros financieros extraterritoriales, véase, por ejemplo, el documento de trabajo de los servicios de la Comisión que da seguimiento a la Comunicación de la Comisión «Recibir favorablemente la inversión extranjera directa al tiempo que se protegen los intereses esenciales», SWD(2019) 108 final, de 13 de marzo de 2019.
Las categorías utilizadas se refieren a la estructura general de la NACE Rev. 2; véase: https://ec.europa.eu/eurostat/web/nace-rev2 .
Para más información, véase el documento de trabajo de los servicios de la Comisión adjunto.
A 16 de junio de 2025, aún no se habían adoptado los reglamentos de aplicación pertinentes del mecanismo búlgaro de control.
La lista de mecanismos de control notificados por los Estados miembros (con fecha de 8 de enero de 2025):
https://circabc.europa.eu/rest/download/7e72cdb4-65d4-4eb1-910b-bed119c45d47 .
Los Estados miembros tienen diferentes procedimientos de control que varían en cuanto al alcance, las etapas del proceso, los controles de admisibilidad ex ante o ex post, los plazos para el control, etc., los cuales están todos reflejados en la notificación de casos. Por ejemplo, algunos Estados miembros declaran inversiones no admisibles antes de que se lleven a cabo un procedimiento formal de control, mientras que otros primero los controlan formalmente y a continuación los declararan no admisibles. Por lo tanto, los gráficos y las cifras presentados en este capítulo tienen por objeto describir el comportamiento medio de las actividades de control de los Estados miembros en el año de referencia, y se basan en los datos notificados por los Estados miembros.
Obsérvese que los datos notificados se ven fuertemente influidos por el hecho de que Suecia haya notificado un número muy elevado de casos en el primer año completo de funcionamiento de su mecanismo de control de las IED, superando con creces el número anual de casos notificados por cualquier otro Estado miembro. Si se excluyera a Suecia del cálculo, el porcentaje de casos examinados formalmente sería del 67 % y el porcentaje de casos que no requerían un examen formal sería del 33 %.
Véase: https://ec.europa.eu/transparency/documents-register/detail?ref=COM(2024)464&lang=es .
En 2023, este porcentaje se situó en el 69 % y el 85 %, respectivamente.
Según el enfoque general, se seleccionó el sector primario de actividad como indicador principal. Esto también está en consonancia con la información contenida en todos los gráficos sectoriales del documento de trabajo de los servicios de la Comisión que acompaña al presente informe anual.
La fabricación abarca las actividades de las empresas que participan en la transformación de materiales en nuevos productos (por ejemplo, fabricación de equipos y motores eléctricos, maquinaria y equipos industriales, armas y municiones y productos farmacéuticos).
TIC: Tecnologías de la Información y la Comunicación. Abarca actividades de empresas que proporcionan infraestructuras y herramientas esenciales para la creación, el intercambio y la difusión de conocimientos (por ejemplo, programación informática, publicación de software, tratamiento y alojamiento de datos, actividades de telecomunicaciones inalámbricas).
El comercio al por mayor y al por menor incluye las actividades de comercio al por mayor y al por menor relacionadas con productos farmacéuticos, productos químicos, equipos y suministros electrónicos y de telecomunicaciones, ordenadores, equipos y programas informáticos periféricos, metales y minerales metálicos.
Las actividades financieras abarcan las actividades de participaciones, fondos o agentes similares del sector financiero que tienen por objeto adquirir una participación (capital) o control específicos en una empresa objetivo (por ejemplo, actividades de gestión de fondos, actividades de sociedades de cartera, servicios financieros y actividades de seguros).
Las actividades profesionales incluyen las actividades de bufetes de abogados y de contabilidad, así como las actividades de consultoría e ingeniería (por ejemplo, actividades de las sedes centrales, estudios de mercado y encuestas de opinión pública, consultoría e investigación y desarrollo experimental sobre biotecnología).
La categoría «otros» abarca todos los demás sectores por debajo del 5 %, en particular la construcción, la salud y las actividades administrativas.
El valor, cuando está disponible, se refiere al valor total de la transacción de la que formaba parte la transacción notificada.
«No disponible / no divulgado» incluye los documentos en blanco, no disponibles / no divulgados y no aplicables (por ejemplo, porque una operación implicaba una reestructuración o no se facilitó inversión alguna).
En tales casos, el plazo para formular observaciones o emitir un dictamen es de veinte días naturales a partir de la recepción de la información solicitada del Estado miembro notificante.
El formulario de notificación: la solicitud de información de un inversor a efectos de las notificaciones contempladas en el artículo 6 del Reglamento sirve para garantizar cierto grado de uniformidad y un nivel mínimo de información sobre la transacción, el inversor y la empresa objetivo que se ofrecen en la notificación con arreglo al Reglamento. El formulario está disponible en https://policy.trade.ec.europa.eu/enforcement-and-protection/investment-screening_en?prefLang=es.
Varios países pueden formular observaciones sobre la misma transacción.
En la mayoría de los casos en los que los Estados miembros habían formulado preguntas, la respuesta que recibieron atenuó las posibles preocupaciones, por lo que no se formularon observaciones.
Estos factores se establecen en el artículo 4 del Reglamento para el control de las IED. Para una transacción, puede haber varios factores que se usan para evaluar el carácter esencial de una IED determinada para la seguridad y el orden público.
Entre los países y territorios con un porcentaje no desdeñable figuran Jersey, India, Singapur y Suiza, con un porcentaje del 2 % cada uno. Las IED de Rusia representaron el 1 % del total de las inversiones notificadas al mecanismo de cooperación en 2024.
En este contexto, las «transacciones de IED multijurisdiccionales» se refieren a las transacciones de IED en las que la empresa objetivo es un grupo empresarial con presencia en más de un Estado miembro (y posiblemente también en terceros países), por ejemplo, a través de filiales en más de un Estado miembro. Estas operaciones pueden ser notificadas por más de un Estado miembro si la transacción entra en el ámbito de aplicación de su mecanismo de control y dichos Estados inician su control formal.
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=celex:52023JC0020 .