COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 18.7.2025
COM(2025) 409 final
INFORME DE LA COMISIÓN
Informe anual de la Comisión Europea sobre la seguridad de las operaciones relativas al petróleo y al gas mar adentro correspondiente al año 2023
COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 18.7.2025
COM(2025) 409 final
INFORME DE LA COMISIÓN
Informe anual de la Comisión Europea sobre la seguridad de las operaciones relativas al petróleo y al gas mar adentro correspondiente al año 2023
INFORME DE LA COMISIÓN
Informe anual de la Comisión Europea sobre la seguridad de las operaciones relativas al petróleo y al gas mar adentro correspondiente al año 2023
Índice
1. INTRODUCCIÓN
2. BASE JURÍDICA
3. METODOLOGÍA E INFORMACIÓN RECIBIDA
4. EL SECTOR DEL PETRÓLEO Y DEL GAS MAR ADENTRO DE LA UE
4.1. Instalaciones y producción
4.2. Inspecciones mar adentro, investigaciones, medidas de ejecución y marco reglamentario
5. INCIDENTES Y NIVEL DE SEGURIDAD
6. CONCLUSIONES
1. INTRODUCCIÓN
La Comisión Europea lleva publicando desde 2016 un informe anual sobre la seguridad de las operaciones de la UE relativas al petróleo y el gas mar adentro.
La base jurídica del informe es la Directiva 2013/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, sobre la seguridad de las operaciones relativas al petróleo y al gas mar adentro, y que modifica la Directiva 2004/35/CE 1 (en lo sucesivo, la «Directiva sobre la seguridad mar adentro»). Su objetivo es conseguir un alto nivel de seguridad de las operaciones relativas al petróleo y al gas mar adentro para beneficio de:
I.los trabajadores;
II.el medio ambiente.
III.las plataformas mar adentro y los equipos marinos;
IV.las actividades económicas, como la pesca y el turismo.
La Directiva, según la ejecutan los Estados miembros, contribuye a:
I.evitar accidentes e incidentes graves;
II.reducir el número de incidentes;
III.garantizar un seguimiento eficaz de los accidentes e incidentes para reducir la gravedad de sus consecuencias.
Al igual que los informes anteriores, el presente informe anual:
I.indica el número y el tipo de instalaciones que existen en la UE;
II.informa sobre incidentes de seguridad en estas instalaciones;
III.evalúa el nivel de seguridad de las operaciones relacionadas con el petróleo y el gas mar adentro.
El informe cubre ahora un período de ocho años y sirve como un registro del nivel de seguridad en las actividades relacionadas con el petróleo y el gas mar adentro de los Estados miembros.
El presente informe se basa en informes y datos anuales presentados por los Estados miembros, tal y como establece la Directiva sobre la seguridad mar adentro.
Existen 164 instalaciones de petróleo y gas mar adentro situadas en el mar Mediterráneo, 136 en el mar del Norte y el océano Atlántico, 9 en el mar Negro y 4 en el mar Báltico. En 2023, las autoridades competentes de los Estados miembros examinaron la seguridad de 388 instalaciones mar adentro bajo su jurisdicción. Ningún país comunicó accidentes graves.
El número de incidentes aumentó, ya que pasó de treinta y siete en 2022 a cuarenta y cuatro en 2023.
2. BASE JURÍDICA
De conformidad con el artículo 25 de la Directiva sobre la seguridad mar adentro, la Comisión debe publicar un informe anual sobre la seguridad y el impacto medioambiental de las operaciones relativas al petróleo y al gas mar adentro. Este informe se basa en los informes anuales por país que deben presentar los Estados miembros a la Comisión. En el punto 3 del anexo IX de la Directiva, se establece la información mínima que deben incluir los informes anuales:
I.el número, la antigüedad y la ubicación de las instalaciones;
II.el número y tipo de inspecciones e investigaciones realizadas, además de las medidas de ejecución adoptadas y las sanciones impuestas;
III.los incidentes que hayan ocurrido;
IV.toda modificación importante del marco reglamentario relativo a las actividades mar adentro;
V.el rendimiento de las operaciones relativas al petróleo y al gas mar adentro.
El plazo que tienen los Estados miembros para publicar y presentar la información que se les ha pedido es el 1 de junio siguiente al período considerado (p. ej., el 1 de junio de 2024 respecto al año 2023).
Los Estados miembros deben presentar la información utilizando las plantillas correspondientes que figuran en el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 1112/2014 de la Comisión, de 13 de octubre de 2014 2 . Las plantillas permiten:
I.a los operadores y propietarios de instalaciones de petróleo y de gas mar adentro, intercambiar información sobre indicadores de riesgos graves;
II.a los Estados miembros, publicar información sobre indicadores de riesgos graves.
Existe un documento de orientación 3 que ofrece información específica sobre el Reglamento de Ejecución y explica cómo utilizar las plantillas de comunicación de datos.
3. METODOLOGÍA E INFORMACIÓN RECIBIDA
Los Estados miembros deben presentar información claramente definida sobre los incidentes de seguridad en el sector del petróleo y el gas mar adentro utilizando las plantillas correspondientes. Los datos deben incluir información sobre las instalaciones de petróleo y gas mar adentro en la UE, como el número, el tipo, la ubicación y la antigüedad. Los informes de los Estados miembros deben recoger también información sobre el número de: i) inspecciones e investigaciones realizadas y medidas de ejecución que hayan adoptado en relación con las instalaciones mar adentro, ii) incidentes por categoría, y iii) lesiones.
Para el presente informe anual, la Comisión ha utilizado la información facilitada por Alemania, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, España, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Letonia, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía y Suecia. Otros Estados miembros no operaban en el sector del petróleo y el gas mar adentro o no presentaron información. Todos los Estados miembros con operaciones relativas al petróleo y al gas mar adentro declararon que habían presentado la información íntegra exigida sobre la totalidad de las instalaciones.
4. EL SECTOR DEL PETRÓLEO Y DEL GAS MAR ADENTRO DE LA UE
4.1. Instalaciones y producción
Los Estados miembros notificaron 313 instalaciones en aguas de la UE en 2023 (véase el cuadro 1).
·La mayoría de las instalaciones mar adentro 4 se encontraban en el mar Mediterráneo. Italia es el país más activo (con el 45 % de todas las instalaciones en aguas de la UE), seguido de Croacia.
·En el mar del Norte y el océano Atlántico, la mayoría de las instalaciones (aproximadamente el 37 % de todas las instalaciones en aguas de la UE) se encontraban en la parte neerlandesa del mar del Norte (conocida como zona económica exclusiva de los Países Bajos).
·En el mar Negro, Rumanía tiene una industria afianzada del petróleo y el gas mar adentro. Bulgaria ha seguido con la prospección de hidrocarburos mar adentro, pero únicamente con una instalación y, en consecuencia, produce poca cantidad de petróleo y gas.
·En el mar Báltico, solo Polonia tiene instalaciones mar adentro.
Cuadro 1. Instalaciones a 1 de enero de 2023: tipo de instalación, por región y Estado miembro
|
Región |
País |
Tipo de instalación (*) |
|||||
|
FMI |
NUI |
FNP |
FPI |
Total (región/país) |
Variación con respecto a 2022 |
||
|
Mar Báltico |
3 |
1 |
0 |
0 |
4 |
-- |
|
|
Polonia |
3 |
1 |
0 |
0 |
4 |
-- |
|
|
Mar Negro |
5 |
4 |
0 |
0 |
9 |
+1 |
|
|
Bulgaria |
0 |
1 |
0 |
0 |
1 |
-- |
|
|
Rumanía |
5 |
3 |
0 |
0 |
8 |
+1 |
|
|
Mar Mediterráneo |
15 |
147 |
0 |
2 |
164 |
0 |
|
|
Croacia |
2 |
17 |
0 |
0 |
19 |
-- |
|
|
Grecia |
1 |
1 |
0 |
0 |
2 |
-- |
|
|
Italia |
11 |
127 |
0 |
2 |
140 |
-- |
|
|
España |
1 |
2 |
0 |
0 |
3 |
0 |
|
|
Mar del Norte y Atlántico |
39 |
92 |
5 |
0 |
136 |
+1 |
|
|
Dinamarca |
7 |
11 |
1 |
0 |
19 |
-- |
|
|
Alemania |
1 |
1 |
0 |
0 |
2 |
-- |
|
|
Irlanda |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
-2 |
|
|
Países Bajos |
31 |
80 |
4 |
0 |
115 |
+3 |
|
|
Total (tipo de instalaciones) |
62 |
244 |
5 |
2 |
313 |
+2 |
|
|
(*) FMI: Instalación fija con personal; FNP: Instalación fija no destinada a la producción; FPI: Instalación flotante destinada a la producción; NUI: Instalación normalmente sin personal. |
Más de la mitad de las instalaciones mar adentro comenzaron a funcionar entre los años 1980 y 2000. En 2023 se pusieron en marcha dos instalaciones fijas nuevas. Desde 2010, ha disminuido considerablemente el desarrollo de nuevas instalaciones de producción en las regiones del mar del Norte y el Atlántico.
Aproximadamente el 74 % de la producción interior de petróleo y gas en la UE [15 518 kilotoneladas equivalentes de petróleo (en lo sucesivo, «ktep»)] se produce en el mar del Norte y el Atlántico (véase el cuadro 2). Los mayores contribuyentes en el mar del Norte y el Atlántico son los Países Bajos y Dinamarca. Italia y Croacia son los mayores productores en el mar Mediterráneo. España y Grecia no tuvieron producción. En el mar Negro, solo la producción de Rumanía es relevante.
Cuadro 2. Producción de petróleo y gas mar adentro en la UE en 2023, en ktep
|
Región |
País |
ktep |
Porcentaje del total de la UE |
Variación porcentual con respecto a 2022 |
|
Mar Báltico |
284 |
1,8 % |
+ 4.7 % |
|
|
Polonia |
284 |
1,8 % |
+ 4.7 % |
|
|
Mar Negro |
1 786 |
11,5 % |
+93,7 % |
|
|
Bulgaria |
7 |
0,0 % |
-50,3 % |
|
|
Rumanía |
1 778 |
11,5 % |
+96,1 % |
|
|
Mar Mediterráneo |
1 897 |
12,2 % |
-8,3 % |
|
|
Croacia |
193 |
1,2 % |
-2,3 % |
|
|
Grecia |
60 |
0,4 % |
-- |
|
|
Italia |
1 645 |
10,6 % |
-12,1 % |
|
|
España |
0 |
0,0 % |
-- |
|
|
Mar del Norte y Atlántico |
11 552 |
74,4 % |
-11,2 % |
|
|
Dinamarca |
4 700 |
30,3 % |
+6,0 % |
|
|
Alemania |
706 |
4,5 % |
-6,5 % |
|
|
Países Bajos |
6 146 |
39,6 % |
-21,3 % |
|
|
Total |
15 518 |
100 % |
-4,6 % |
La producción aumentó en Rumanía (+96 %) y se registraron también valores positivos en Dinamarca (+6 %) y Polonia (+4,7 %), pero disminuyó en todos los demás Estados miembros, especialmente en los Países Bajos (continuando la tendencia desde 2022) y Bulgaria. Grecia reanudó la producción que había interrumpido en 2022. España no tuvo producción. En comparación con la producción de los Estados miembros en 2021, se registró un descenso de la producción del 4,6 % (aproximadamente 746 ktep) en 2023 en la UE.
De la producción total en la UE, medida en ktep de petróleo, el 67 % fue de gas y el 33 %, de petróleo. Dinamarca (3 410 ktep) fue el principal productor de petróleo, seguida de Alemania (698 ktep), Italia (380 ktep), Polonia (260 ktep), los Países Bajos (265 ktep) y Grecia (50 ktep).
4.2. Inspecciones mar adentro, investigaciones, medidas de ejecución y marco reglamentario
En 2023, las autoridades competentes de los Estados miembros inspeccionaron regularmente las instalaciones mar adentro en sus jurisdicciones (véase el cuadro 3). En general, cuantas más instalaciones tenía un país, más inspecciones realizó.
En comparación con 2022, el número total de inspecciones en la UE disminuyó (de 524 a 435). Si bien el número de inspecciones aumentó en algunas jurisdicciones (por ejemplo, en Rumanía), en la mayoría de ellas el número disminuyó.
En los Países Bajos, el número de inspecciones disminuyó en treinta en comparación con 2022. Al mismo tiempo, los Países Bajos clausuraron treinta y dos instalaciones durante el período de referencia.
Cuadro 3. Inspecciones mar adentro en 2023, por región y Estado miembro
|
Región |
País |
Inspecciones |
Días laborables invertidos en las instalaciones (no se incluye el tiempo de desplazamiento) |
Número de instalaciones inspeccionadas |
|
Mar Báltico |
1 |
1 |
1 |
|
|
Polonia |
1 |
1 |
1 |
|
|
Mar Negro |
30 |
203 |
9 |
|
|
Bulgaria |
0 |
0 |
0 |
|
|
Rumanía |
30 |
203 |
9 |
|
|
Mar Mediterráneo |
269 |
295 |
249 |
|
|
Croacia |
28 |
36 |
8 |
|
|
Chipre |
2 |
6 |
2 |
|
|
Grecia |
1 |
12 |
1 |
|
|
Italia |
238 |
241 |
238 |
|
|
España |
0 |
0 |
0 |
|
|
Mar del Norte y Atlántico |
135 |
219 |
129 |
|
|
Dinamarca |
20 |
123 |
16 |
|
|
Alemania |
3 |
6 |
1 |
|
|
Irlanda |
0 |
0 |
0 |
|
|
Países Bajos |
112 |
90 |
112 |
|
|
Total |
435 |
718 |
388 5 |
El artículo 18 de la Directiva sobre la seguridad mar adentro concede a las autoridades nacionales competentes determinados derechos y facultades en relación con las operaciones e instalaciones bajo su jurisdicción. Estas facultades incluyen el derecho a prohibir operaciones y a pedir que se apliquen medidas que garanticen tanto el cumplimiento de la gestión de riesgos como la seguridad de las operaciones.
En 2023 no se realizaron investigaciones sobre accidentes graves (ya que no se notificó ninguno).
En 2023 no se han adoptado medidas de ejecución.
5. INCIDENTES Y NIVEL DE SEGURIDAD
Los operadores y propietarios de instalaciones y las autoridades nacionales deben notificar cualquier accidente o situación de peligro grave (denominado «suceso»). Sin embargo, un único suceso puede clasificarse en uno o varios incidentes. Por ejemplo, deben notificarse dos categorías de incidentes correspondientes a un único suceso, si a) se produce una liberación no intencionada de gas, que b) exija la evacuación del personal.
Los Estados miembros notificaron cuarenta y cuatro sucesos 6 en 2023, frente a los treinta y siete comunicados en 2022:
-Dinamarca: doce sucesos, sin accidentes graves (igual que en 2022) 7 .
-Croacia: ocho sucesos, sin accidentes graves (frente a dos sucesos en 2022) 8 .
-Países Bajos: veinticuatro sucesos, sin accidentes graves 9 (once sucesos en 2022) 10 .
De los incidentes ocurridos en 2023, el 86,36 % pertenecen a vertidos involuntarios de gas o petróleo, el 6,82 % pertenecen a la categoría de fallos en elementos críticos para la seguridad y el medio ambiente, y el 6,82 %, a la pérdida de control de pozos. Ninguno de estos incidentes provocó la pérdida de vidas humanas. Además, no se notificaron colisiones con buques ni accidentes de helicóptero.
Cuadro 4. Incidentes por categoría en 2023 (según se establecen en el anexo IX de la Directiva sobre la seguridad mar adentro)
|
Categoría |
Total |
Porcentaje del total de la categoría |
Porcentaje de incidentes totales |
|
|
a) |
Vertidos involuntarios: total |
38 |
100 % |
86,36 % |
|
Incendios por inflamación de petróleo o gas |
0 |
0 % |
0,00 % |
|
|
Explosiones por inflamación de petróleo o gas |
0 |
0 % |
0,00 % |
|
|
Gas no inflamado |
14 |
37 % |
31,82 % |
|
|
Petróleo no inflamado |
7 |
18 % |
15,91 % |
|
|
Sustancias peligrosas |
17 |
45 % |
38,64 % |
|
|
b) |
Pérdida de control de pozos: total |
3 |
100 % |
6,82 % |
|
Reventones |
0 |
0 % |
0,00 % |
|
|
Reventón/Activación del sistema de divergencia |
3 |
100 % |
6,82 % |
|
|
Fallo de una barrera del pozo |
0 |
0 % |
0,00 % |
|
|
c) |
Fallos en elementos críticos para la seguridad y el medio ambiente |
3 |
100 % |
6,82 % |
|
d) |
Pérdida de integridad estructural: total |
0 |
0 % |
0,00 % |
|
Pérdida de integridad estructural |
0 |
-- |
0,00 % |
|
|
Pérdida de flotabilidad o estabilidad |
0 |
-- |
0,00 % |
|
|
Desplazamiento involuntario de la instalación |
0 |
-- |
0,00 % |
|
|
e) |
Colisiones con buques |
0 |
-- |
0,00 % |
|
f) |
Accidentes de helicóptero |
0 |
-- |
0,00 % |
|
g) |
Accidentes mortales (*) |
0 |
-- |
0,00 % |
|
h) |
Lesiones graves causadas a cinco o más personas en el curso del mismo accidente |
0 |
-- |
0,00 % |
|
i) |
Evacuaciones de personal |
0 |
-- |
0,00 % |
|
j) |
Accidentes medioambientales |
0 |
-- |
0,00 % |
|
Total |
44 |
100,00 % |
||
|
(*) Solo si están relacionados con un accidente grave. |
||||
En la UE, el número total de incidentes aumentó de treinta y siete en 2022 a cuarenta y cuatro en 2023. Esta diferencia se debe principalmente al aumento de las emisiones no deseadas de petróleo y gas de veintiocho a treinta y ocho. Los sucesos relacionados con fallos de elementos críticos para la seguridad y el medio ambiente se redujeron de siete a tres. Los incidentes relacionados con la pérdida de control de pozos siguieron siendo aproximadamente iguales (de dos en 2022 a tres en 2023), alcanzando el mismo valor que el notificado durante 2021. No se clasificó ningún incidente como accidente grave en 2023. Las autoridades de los Estados miembros están evaluando, junto con los operadores, las causas de los incidentes para determinar si es necesario llevar a cabo investigaciones o medidas de ejecución.
6. CONCLUSIONES
En 2023, había 313 instalaciones de petróleo y gas mar adentro en la UE. Los Países Bajos clausuraron treinta y dos instalaciones durante el período de referencia.
La producción total de petróleo y gas registró un descenso, ya que pasó de 16 264 ktep en 2022 a 15 518 ktep en 2023 (descenso de la producción del 4,6 %, en comparación con el 11 % de descenso entre 2021 y 2022). Dinamarca y los Países Bajos produjeron el 70 % del total de petróleo y gas mar adentro de la UE.
La Comisión evaluó la seguridad de las operaciones relativas al petróleo y al gas mar adentro de la UE con arreglo a la información facilitada por los Estados miembros, de conformidad con las reglas del Reglamento de Ejecución sobre la comunicación de datos. Por tanto, la exactitud del análisis de la Comisión depende de la exactitud de esta información.
En 2023, las autoridades nacionales prosiguieron en su empeño por garantizar un nivel elevado de seguridad en las operaciones relacionadas con el petróleo y el gas mar adentro mediante la inspección de 388 instalaciones (frente a las 485 que se controlaron en 2022). No se han notificado medidas de ejecución durante el período de referencia.
No se produjeron accidentes graves en 2023. El número total de incidentes se incrementó de treinta y siete en 2022 a cuarenta y cuatro en 2023. No se notificó ninguna víctima mortal. Se produjeron cuarenta y nueve lesiones 11 y ocho lesiones graves 12 .
En conclusión, gracias a las inspecciones obligatorias y a las medidas adoptadas, de conformidad con la Directiva sobre la seguridad mar adentro, el trabajo de las autoridades de los Estados miembros ha vuelto a dar lugar a operaciones seguras relacionadas con el petróleo y el gas mar adentro.
Con objeto de mantener el nivel de seguridad, la Comisión sigue colaborando estrechamente con el Grupo de Autoridades de la Unión Europea para las actividades en alta mar del sector del petróleo y el gas (EUOAG). El EUOAG promueve las mejores prácticas para llevar a cabo todas las operaciones de forma segura y ayuda a las autoridades nacionales representadas en el Grupo.
DO L 178 de 28.6.2013, p. 66.
DO L 302 de 22.10.2014, p. 2.
Documento de orientación sobre el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 1112/2014 de la Comisión, de 13 de octubre de 2014.
Las unidades móviles de perforación mar adentro no forman parte de los datos que se recogen en el apartado 4.1.
Una instalación podría inspeccionarse más de una vez durante un año de notificación; por tanto, el «número de inspecciones» (435) es diferente del de «total de instalaciones» (388), debido al número de instalaciones clausuradas a lo largo del año y al número de instalaciones que comienzan a funcionar a lo largo del año.
La obligación de informar no incluye determinados sucesos (por ejemplo, los que no estén relacionados con las operaciones).
En el caso de Dinamarca, los doce incidentes consistieron en vertidos involuntarios.
En el caso de Croacia, de los ocho sucesos, cinco se debieron a vertidos involuntarios y tres a fallos en elementos críticos para la seguridad y el medio ambiente.
Los accidentes graves incluyen aquellos incidentes que pueden causar muertes o lesiones personales graves (aunque no se haya producido ninguna).
En el caso de los Países Bajos, los incidentes consistieron en tres pérdidas de control de pozos y veintiún vertidos involuntarios.
Polonia, Grecia e Italia: una cada una de ellas, Rumanía tres, Dinamarca veinticinco y los Países Bajos doce.
Italia y los Países Bajos: una cada uno de ellos, y Dinamarca seis.