Bruselas, 19.6.2024

COM(2024) 617 final

Recomendación de

RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

sobre las políticas económicas, sociales, de empleo, estructurales y presupuestarias de Hungría

{SWD(2024) 600 final} - {SWD(2024) 617 final}


Recomendación de

RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

sobre las políticas económicas, sociales, de empleo, estructurales y presupuestarias de Hungría

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,

Visto el Reglamento (UE) 2024/1263 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2024, relativo a la coordinación eficaz de las políticas económicas y a la supervisión presupuestaria multilateral y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo 1 , y en particular su artículo 3, apartado 3,

Visto el Reglamento (UE) n.º 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos 2 , y en particular su artículo 6, apartado 1,

Vista la Recomendación de la Comisión Europea,

Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,

Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,

Visto el Dictamen del Comité de Empleo,

Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,

Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,

Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,

Considerando lo siguiente:

(1)El Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo 3 , por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, entró en vigor el 19 de febrero de 2021. Este Mecanismo proporciona ayuda financiera a los Estados miembros para la realización de reformas e inversiones, lo que supone un estímulo fiscal financiado por la UE. En consonancia con las prioridades del Semestre Europeo, contribuye a la recuperación económica y social y a la realización de reformas e inversiones sostenibles, en particular para promover las transiciones ecológica y digital y reforzar la resiliencia de las economías de los Estados miembros. Asimismo, ayuda a fortalecer las finanzas públicas y a impulsar el crecimiento y la creación de empleo a medio y largo plazo, a mejorar la cohesión territorial dentro de la UE y a que prosiga la ejecución del pilar europeo de derechos sociales.

(2)El Reglamento relativo a REPowerEU 4 , adoptado el 27 de febrero de 2023, tiene por objeto eliminar la dependencia de la UE de las importaciones de combustibles fósiles de Rusia. Esto ayudaría a alcanzar la seguridad energética y a diversificar el suministro energético de la UE, aumentando al mismo tiempo la implantación de las energías renovables, la capacidad de almacenamiento de energía y la eficiencia energética. Hungría incluyó un nuevo capítulo de REPowerEU en su plan nacional de recuperación y resiliencia con el fin de financiar reformas e inversiones clave que contribuyan a alcanzar los objetivos de REPowerEU.

(3)El 16 de marzo de 2023, la Comisión publicó la Comunicación titulada «Competitividad a largo plazo de la UE: más allá de 2030» 5 , con el fin de fundamentar las decisiones en materia de políticas y crear las condiciones marco necesarias para impulsar el crecimiento. La Comunicación define la competitividad en torno a nueve factores que se refuerzan mutuamente. Entre estos factores, el acceso al capital privado, la investigación y la innovación, la educación y las capacidades y el mercado único destacan como prioridades de actuación fundamentales en lo que respecta a las reformas y a la inversión con el fin de abordar los retos actuales en materia de productividad y reforzar la competitividad a largo plazo de la UE y sus Estados miembros. El 14 de febrero de 2024, la Comisión publicó, tras esta Comunicación, el informe anual sobre el mercado único y la competitividad 6 . En dicho informe se detallan las fortalezas competitivas y los retos del mercado único europeo, haciendo un seguimiento de la evolución anual según los nueve factores de competitividad identificados.

(4)El 21 de noviembre de 2023, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento Sostenible para 2024 7 , lo que marcó el inicio del ciclo de 2024 del Semestre Europeo para la coordinación de las políticas económicas. El 22 de marzo de 2024, el Consejo Europeo refrendó las prioridades del Estudio en torno a las cuatro dimensiones de la sostenibilidad competitiva. El 21 de noviembre de 2023, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.º 1176/2011, adoptó asimismo el Informe sobre el Mecanismo de Alerta de 2024, en el que señalaba a Hungría como uno de los Estados miembros que pueden presentar desequilibrios o pueden estar expuestos al riesgo de padecerlos, y para los que sería necesario un examen exhaustivo. La Comisión adoptó asimismo una Recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro, que el Consejo aprobó el 12 de abril de 2024, así como la propuesta de Informe Conjunto sobre el Empleo de 2024, en el que se analiza la ejecución de las orientaciones para las políticas de empleo y los principios del pilar europeo de derechos sociales, que el Consejo adoptó el 11 de marzo de 2024.

(5)El 30 de abril de 2024 entró en vigor el nuevo marco de gobernanza económica de la UE. Dicho marco comprende el nuevo Reglamento (UE) 2024/1263 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la coordinación eficaz de las políticas económicas y a la supervisión presupuestaria multilateral y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo. También incluye el Reglamento (CE) n.º 1467/97 modificado, relativo a la aplicación del procedimiento de déficit excesivo, y la Directiva 2011/85/UE modificada, sobre los marcos presupuestarios de los Estados miembros 8 . Los objetivos del nuevo marco son la sostenibilidad de la deuda pública y el crecimiento sostenible e inclusivo mediante el saneamiento gradual de la política fiscal, así como la realización de reformas e inversiones. Promueve la implicación nacional y se centra en mayor medida en el medio plazo, lo que se combina con un control del cumplimiento más efectivo y coherente. Cada Estado miembro debe presentar un plan fiscal-estructural nacional a medio plazo al Consejo y a la Comisión. Los planes fiscales-estructurales nacionales a medio plazo contienen los compromisos fiscales, de reformas y de inversiones de un Estado miembro y abarcan un horizonte de planificación de cuatro o cinco años, en función de la duración habitual de la legislatura en ese Estado miembro. La senda de gasto neto 9 prevista en los planes fiscales-estructurales nacionales a medio plazo debe cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento (UE) 2024/1263, incluidos los requisitos de situar o mantener la deuda de las administraciones públicas en una senda descendente verosímil a más tardar al final del período de ajuste, o de mantenerla en niveles prudentes por debajo del 60 % del PIB, y de situar o mantener el déficit público por debajo del valor de referencia del 3 % del PIB a medio plazo. Cuando un Estado miembro se comprometa a llevar a cabo un conjunto pertinente de reformas e inversiones de conformidad con los criterios establecidos en el Reglamento (UE) 2024/1263, el período de ajuste podrá ampliarse tres años como máximo. Como apoyo en la elaboración de dichos planes, el [21 de junio] de 2024, la Comisión debe proporcionar a los Estados miembros orientaciones sobre el contenido de los planes y los subsiguientes informes anuales de situación que deberán presentar y, de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) 2024/1263, les transmitirá orientaciones técnicas sobre los ajustes fiscales (trayectorias de referencia e información técnica, cuando proceda). Los Estados miembros deben presentar sus planes fiscales-estructurales a medio plazo a más tardar el 20 de septiembre de 2024, a menos que el Estado miembro y la Comisión convengan la ampliación del plazo por un período de tiempo razonable. Los Estados miembros deben garantizar la participación de sus Parlamentos nacionales y la consulta a instituciones fiscales independientes, a los interlocutores sociales y a otras partes interesadas nacionales, según proceda.

(6)En 2024, el Semestre Europeo para la coordinación de las políticas económicas sigue evolucionando en consonancia con la aplicación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. La ejecución plena de los planes de recuperación y resiliencia sigue siendo esencial para cumplir las prioridades de actuación en el marco del Semestre Europeo, ya que dichos planes ayudan a abordar de forma efectiva la totalidad o una parte significativa de los retos señalados en las recomendaciones específicas por país pertinentes formuladas en los últimos años. Las recomendaciones específicas por país de 2019, 2020, 2022 y 2023 siguen siendo pertinentes también para los planes de recuperación y resiliencia revisados, actualizados o modificados de conformidad con los artículos 14, 18 y 21 del Reglamento (UE) 2021/241.

(7)El 11 de mayo de 2021, Hungría presentó su plan nacional de recuperación y resiliencia a la Comisión, de conformidad con el artículo 18, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/241. De conformidad con el artículo 19 del Reglamento (UE) 2021/241, la Comisión evaluó la pertinencia, la eficacia, la eficiencia y la coherencia del plan de recuperación y resiliencia, con arreglo a las directrices de evaluación del anexo V de dicho Reglamento. El 15 de diciembre de 2022, el Consejo adoptó su Decisión relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de Hungría 10 , que se modificó el 8 de diciembre de 2023 para incluir el capítulo de REPowerEU 11 . El desembolso de los tramos está supeditado a una decisión de la Comisión, adoptada de conformidad con el artículo 24, apartado 5, del Reglamento (UE) 2021/241, por la que se establezca que Hungría ha cumplido satisfactoriamente los hitos y objetivos pertinentes enunciados en la Decisión de Ejecución del Consejo.

(8)El 30 de abril de 2024, Hungría presentó su Programa Nacional de Reformas de 2024 y su Programa de Convergencia de 2024, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8, apartado 1, del Reglamento (CE) n.º 1466/97. De conformidad con el artículo 27 del Reglamento (UE) 2021/241, el Programa Nacional de Reformas de 2024 refleja también el informe semestral de Hungría sobre los avances realizados en la ejecución de su plan de recuperación y resiliencia.

(9)La Comisión publicó el informe por país de 2024 correspondiente a Hungría 12  el 19 de junio de 2024. En él se evalúan los avances realizados por Hungría para poner en práctica las recomendaciones específicas por país pertinentes adoptadas por el Consejo entre 2019 y 2023 y se hace balance de la ejecución por parte de Hungría del plan de recuperación y resiliencia. Partiendo de este análisis, en el informe específico se señalan las deficiencias con respecto a los retos que no se abordan, o solo se abordan parcialmente, en el plan de recuperación y resiliencia, así como los retos nuevos y emergentes. Asimismo, evalúa los avances de Hungría en la aplicación del pilar europeo de derechos sociales y en la consecución de los objetivos principales de la UE en materia de empleo, capacidades y reducción de la pobreza, así como en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas.

(10)La Comisión llevó a cabo un examen exhaustivo sobre Hungría con arreglo al artículo 5 del Reglamento (UE) n.º 1176/2011. Las principales conclusiones de la evaluación que los servicios de la Comisión han llevado a cabo de las vulnerabilidades macroeconómicas de Hungría a efectos de dicho Reglamento se publicaron en abril de 2024 13 . El 19 de junio de 2024, la Comisión llegó a la conclusión de que Hungría está experimentando desequilibrios macroeconómicos. En particular, el país se enfrenta a vulnerabilidades relacionadas con las presiones sobre los precios y las necesidades de financiación exterior y pública, que siguen siendo importantes, aunque la mejora del entorno exterior ha mitigado algunos riesgos a corto plazo. El elevado déficit por cuenta corriente se cerró en 2023 a medida que la demanda interna se redujo en un contexto de recesión en Hungría y debido al descenso de los precios de la energía. Junto con el endurecimiento de la política monetaria, estos factores contribuyeron a reducir la tasa de inflación, que se encontraba en niveles muy altos. No obstante, la inflación básica se ha mantenido entre las más elevadas de la UE, y los costes laborales unitarios han seguido creciendo de manera considerable, ejerciendo presión sobre la competitividad. Se espera que la balanza por cuenta corriente vuelva a registrar un pequeño déficit el próximo año a medida que se recupere la demanda interna, mientras que la economía y su financiación exterior seguirán expuestas a la evolución de los precios de la energía y de las primas de riesgo. Los precios de la vivienda se ralentizaron y la sobrevaloración se redujo en 2023 en un contexto de aumento de los tipos de interés. El considerable déficit presupuestario persiste debido a las políticas expansivas y al debilitamiento del crecimiento desde la recesión de 2023. Se prevé que el déficit disminuya en cierta medida, aunque seguirá siendo significativo, contribuirá a la inflación y se combinará con la necesidad de recurrir a préstamos externos. Se prevé que la ratio de deuda pública con respecto al PIB y la carga de intereses sigan siendo elevadas. Los avances en materia de políticas públicas han sido limitados en todos los ámbitos, en particular en el fiscal y en el estructural, lo que ha contribuido a que persistan las vulnerabilidades detectadas. El ajuste fiscal contribuiría a reducir la inflación básica y a reforzar la posición exterior, así como a contener el aumento de la deuda pública; la puesta en marcha del procedimiento de déficit excesivo debería sustentar dicho ajuste. Se espera que la aplicación oportuna y eficaz del plan de recuperación y resiliencia contribuya a reducir las vulnerabilidades, una reducción que se vería respaldada por la eliminación de las intervenciones distorsionadoras en los mercados y la introducción de reformas que apoyen el saneamiento fiscal.

(11)Según los datos validados por Eurostat 14 , el déficit de las administraciones públicas de Hungría aumentó del 6,2 % del PIB en 2022 al 6,7 % en 2023, mientras que la deuda de las administraciones públicas se redujo del 74,1 % del PIB a finales de 2022 al 73,5 % a finales de 2023. Como se anunció en las orientaciones de la política fiscal para 2024 15 , la Comisión está dando el primer paso para la apertura de los procedimientos de déficit excesivo basados en el déficit sobre la base de los datos de ejecución presupuestaria de 2023, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. El 19 de junio de 2024, la Comisión adoptó un informe con arreglo al artículo 126, apartado 3, del TFUE 16 . En dicho informe se evaluó la situación presupuestaria de Hungría, ya que el déficit de las administraciones públicas en 2023 superó el valor de referencia del 3 % del PIB. El informe concluyó que, a la luz de esta evaluación, y tras examinar el dictamen del Comité Económico y Financiero emitido con arreglo a lo establecido en el artículo 126, apartado 4, del TFUE, la Comisión tiene la intención de proponer en julio la apertura de un procedimiento de déficit excesivo, recomendando al Consejo que adopte una decisión en virtud del artículo 126, apartado 6, por la que se determine la existencia de un déficit excesivo en Hungría.

(12)El 12 de julio de 2022, el Consejo recomendó 17 a Hungría que adoptara medidas para garantizar que, en 2023, el aumento del gasto corriente primario financiado a nivel nacional se ajustara a una orientación general neutra de la política fiscal 18 , teniendo en cuenta la continuación del apoyo temporal y específico a los hogares y las empresas más vulnerables frente a las subidas de los precios de la energía y a las personas que huyen de Ucrania. Se recomendó a Hungría que estuviera preparada para ajustar el gasto corriente a la evolución de la situación. Se recomendó, asimismo, a Hungría que aumentara la inversión pública en los ámbitos de las transiciones ecológica y digital y de la seguridad energética teniendo en cuenta la iniciativa REPowerEU, utilizando también el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y otros fondos de la Unión. En 2023, según las estimaciones de la Comisión, la orientación de la política fiscal 19 fue contractiva, y se situó en el 4,7 % del PIB en un contexto de elevada inflación. El incremento del gasto corriente primario financiado a nivel nacional (neto de las medidas discrecionales relativas a los ingresos) en 2023 tuvo un efecto contractivo del 1,7 % del PIB en la orientación de la política fiscal. El incremento del gasto corriente primario financiado a nivel nacional en 2023 estuvo en consonancia con la recomendación del Consejo. Sin embargo, es importante señalar que esto se debió en gran medida al elevadísimo nivel de gasto neto en 2022 en comparación con 2023, incluidos los gastos no específicos en varios ámbitos, que contribuyeron a los desequilibrios macroeconómicos, financiados por los beneficios imprevistos y los impuestos sectoriales que gravan a las empresas, principalmente en el sector de la energía, el sector financiero y el comercio minorista. Las inversiones financiadas a nivel nacional ascendieron al 4,6 % del PIB en 2023, lo que representa un incremento de 0,2 puntos porcentuales con respecto a 2022. Hungría financió inversiones públicas para impulsar las transiciones ecológica y digital y para la seguridad energética, por ejemplo mediante mejoras de la eficiencia energética y el fomento de la digitalización en la asistencia sanitaria y la educación. Hungría aún no ha presentado una solicitud de pago en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

(13)Las previsiones clave del programa de convergencia de 2024 pueden resumirse de la forma siguiente. Según el escenario macroeconómico en el que se basan las previsiones presupuestarias, el PIB real crecerá un 2,5 % en 2024 y un 4,1 % en 2025, mientras que la inflación, medida a través del índice de precios de consumo armonizado (IPCA) se situará en el 4,2 % en 2024 y el 3,6 % en 2025. Se prevé que el déficit de las administraciones públicas disminuya al 4,5 % del PIB en 2024 y se sitúe en el 3,7 % en 2025, mientras que se espera que la ratio de deuda de las administraciones públicas con respecto al PIB disminuya al 73,2 % a finales de 2024 y al 72,1 % a finales de 2025. Posteriormente, se prevé que el déficit de las administraciones públicas disminuya de forma progresiva al 2,9 % del PIB en 2026, al 2,4 % en 2027 y al 1,9 % en 2028. Por consiguiente, se espera que el saldo de las administraciones públicas se sitúe por debajo del valor de referencia del 3 % de déficit respecto del PIB en 2026. A su vez, se prevé que con posterioridad a 2025, la ratio de deuda de las administraciones públicas con respecto al PIB disminuya gradualmente al 68,8 % en 2026, al 66,0 % en 2027 y al 62,8 % en 2028.

(14)Según las previsiones de la primavera de 2024 de la Comisión, el PIB real crecerá un 2,4 % en 2024 y un 3,5 % en 2025, y la inflación IPCA se situará en el 4,1 % en 2024 y el 3,7 % en 2025.

(15)Las previsiones de la primavera de 2024 de la Comisión apuntan a un déficit público del 5,4 % del PIB en 2024, mientras que la ratio de deuda de las administraciones públicas con respecto al PIB aumentaría hasta el 74,3 % a finales de 2024. La disminución del déficit en 2024 refleja principalmente una recuperación paulatina de los ingresos fiscales, un menor gasto en ayudas a las empresas de servicios públicos por las pérdidas sufridas debido a los límites máximos impuestos a los precios de la energía en el sector residencial y una disminución de las inversiones públicas. El aumento de la ratio deuda/PIB está impulsado por un elevado déficit global, un menor crecimiento del PIB nominal y operaciones adicionales de aumento de la deuda, como la adquisición prevista del aeropuerto de Budapest por parte de entidades clasificadas en el sector de las administraciones públicas y la aplicación de instrumentos financieros apoyados en el marco de los préstamos de REPowerEU. Sobre la base de las estimaciones de la Comisión, se prevé que la orientación de la política fiscal sea contractiva en un 1,0 % del PIB en 2024.

(16)Con arreglo a las previsiones de la primavera de 2024 de la Comisión, se espera que en 2024 se financien gastos por un importe equivalente al 0,8 % del PIB mediante ayudas no reembolsables («subvenciones») del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, frente al 0,3 % del PIB en 2023. Los gastos financiados mediante las subvenciones del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia permitirán inversiones de gran calidad y reformas que mejoren la productividad sin una repercusión directa en el saldo y la deuda de las administraciones públicas de Hungría. Se espera que en 2024 el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia respalde un gasto equivalente al 0,4 % del PIB (en 2023 no se financiaron gastos mediante préstamos).

(17)El 14 de julio de 2023, el Consejo recomendó a Hungría 20 que garantizara una política fiscal prudente, en particular limitando el aumento nominal del gasto primario neto financiado a nivel nacional 21 en 2024 a un máximo del 4,4 %. Al ejecutar sus presupuestos de 2023 y preparar los de 2024, se invitó a los Estados miembros a tener en cuenta que la Comisión propondría al Consejo la apertura de procedimientos de déficit excesivo basados en el déficit sobre la base de los datos de ejecución presupuestaria correspondientes a 2023. Según las previsiones de la primavera de 2024 de la Comisión, el gasto primario neto financiado a nivel nacional de Hungría aumentará un 3,6 % en 2024, lo que supone un porcentaje inferior a la tasa de crecimiento máxima recomendada. Sin embargo, el gasto neto en 2023 fue superior al previsto en el momento de la recomendación (el 1,8 % del PIB). Por tanto, puesto que la recomendación para 2024 se formuló como una tasa de crecimiento, la evaluación del cumplimiento también debe tener en cuenta el efecto de base de 2023. Si el gasto neto en 2023 hubiera sido el previsto en el momento de formular la recomendación, la tasa de crecimiento del gasto neto resultante en 2024 habría estado por encima de la tasa de crecimiento recomendada en un 1,5 % del PIB. Así pues, se considera que el gasto primario neto financiado a nivel nacional corre el riesgo de no ajustarse plenamente a la recomendación.

(18)Además, el Consejo recomendó que Hungría tomara medidas con el fin de eliminar las medidas de apoyo de emergencia en materia energética en vigor aprovechando los ahorros correspondientes para reducir el déficit público, tan pronto como fuera posible en 2023 y 2024. El Consejo especificó además que, en caso de que fueran necesarias nuevas medidas de apoyo o el mantenimiento de las ya vigentes debido a nuevos aumentos de los precios de la energía, Hungría debía garantizar que dichas medidas de apoyo estuvieran dirigidas a proteger a los hogares y las empresas vulnerables, fueran viables desde el punto de vista fiscal y siguieran incentivando el ahorro energético. Según las previsiones de la primavera de 2024 de la Comisión, el coste presupuestario neto 22 de las medidas de apoyo en materia energética se situaría en el 1,6 % del PIB en 2023, el 0,9 % en 2024 y el 0,4 % en 2025. En particular, se supone que las ayudas a las empresas de servicios públicos por las pérdidas sufridas debido a los límites máximos impuestos a los precios de la energía en el sector residencial permanecerán en vigor en 2024 y 2025 23 . Si los ahorros correspondientes se aprovecharan para reducir el déficit público, según lo recomendado por el Consejo, estas previsiones implicarían un ajuste fiscal del 0,6 % del PIB en 2024, frente a una contribución contractiva del gasto primario neto financiado a nivel nacional 24 a la orientación de la política fiscal del 1,9 % del PIB en ese año. No se prevé que las medidas de apoyo de emergencia en materia energética se eliminen tan pronto como sea posible en 2023 y 2024. Esto podría no estar en consonancia con lo recomendado por el Consejo. Sin embargo, se prevé que los ahorros correspondientes se utilicen plenamente para reducir el déficit público. Esto está en consonancia con la recomendación del Consejo. El coste presupuestario de las medidas de apoyo de emergencia en materia energética dirigidas a proteger a los hogares y las empresas vulnerables se estima en el 0,0 % del PIB en 2024 (0,1 % en 2023), y de este importe, se estima que el 0,0 % del PIB mantiene la señal de precios para reducir la demanda de energía y aumentar la eficiencia energética (0,1 % en 2023).

(19)Además, el Consejo también recomendó a Hungría que mantuviera la inversión pública financiada a nivel nacional y garantizara la absorción efectiva de las subvenciones del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y otros fondos de la Unión, en particular para fomentar las transiciones ecológica y digital. Según las previsiones de la primavera de 2024 de la Comisión, las inversiones públicas financiadas a nivel nacional disminuirán hasta el 4,0 % del PIB en 2024 (frente al 4,6 % del PIB en 2023). Esto se debe en gran medida a los recortes y aplazamientos en los proyectos de inversión financiados a nivel nacional anunciados por las autoridades a la luz de los elevados déficits previstos. Esto puede no estar en consonancia con lo recomendado por el Consejo. A su vez, se espera que el gasto público financiado por los ingresos procedentes de los fondos de la UE, incluidas las subvenciones del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, aumente hasta el 1,7 % del PIB en 2024 frente al 0,8 % del PIB en 2023. Este aumento se debe a un repunte previsto en la absorción de los fondos de la política de cohesión de la UE del período de programación 2020-2027 y a un mayor gasto en inversiones apoyadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

(20)Sobre la base de las medidas estratégicas conocidas en la fecha límite de las previsiones y de la hipótesis de mantenimiento de la política económica, las previsiones de la primavera de 2024 de la Comisión indican un déficit público del 4,5 % del PIB en 2025. La disminución del déficit en 2025 refleja principalmente el aumento de los ingresos procedentes del impuesto sobre el valor añadido (IVA) y del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), debido a un mayor crecimiento, a una nueva disminución de las ayudas a las empresas de servicios públicos por las pérdidas sufridas debido a los límites máximos impuestos a los precios de la energía en el sector residencial y a la reducción del gasto por intereses debido a la disminución de los pagos de cupones de los bonos minoristas vinculados a la inflación. Al mismo tiempo, se prevé que la eliminación prevista de los beneficios inesperados temporales y de los impuestos sectoriales en consonancia con sus cláusulas de extinción, recaudados desde 2022, tenga un efecto de aumento de la deuda. Se espera que la ratio de deuda de las administraciones públicas con respecto al PIB experimente una ligera disminución hasta situarse en el 73,8 % a finales de 2025. Una política fiscal prudente debería contribuir a reducir la inflación básica, que está muy por encima de la media de la UE y podría dar lugar a pérdidas de competitividad en el caso de que persista, así como a fortalecer la posición exterior.

(21)Las insuficiencias en la planificación y ejecución presupuestarias han aumentado el sesgo expansivo de la política fiscal y se suman a los retos macroeconómicos actuales. La muy temprana aprobación de los presupuestos anuales entre 2016 y 2023 redujo la fiabilidad de las previsiones macroeconómicas y presupuestarias. Diversas normas de flexibilidad presupuestaria y unas amplias reservas presupuestarias permitieron un mayor gasto discrecional. Las decisiones de gasto ad hoc se adoptaron a menudo al final del ejercicio presupuestario o se promulgaron mediante decretos gubernamentales a lo largo del año sin un control parlamentario y una consulta pública adecuados, lo que a su vez redujo la transparencia presupuestaria. El marco fiscal nacional no ha dado lugar a una orientación de la política fiscal más prudente debido a las deficiencias en el diseño de las reglas fiscales nacionales, en particular debido a una norma en materia de deuda con características procíclicas y a la deficiente aplicación de la planificación presupuestaria a medio plazo, erosionada aún más por las disposiciones especiales del régimen de «estado de peligro». Las revisiones frecuentes y significativas de los objetivos presupuestarios han socavado el papel del presupuesto como ancla para los participantes en el mercado y han puesto en tela de juicio la credibilidad de los planes de política fiscal a medio plazo. Basar la planificación fiscal a medio plazo en límites máximos de gasto plurianuales, tal como se establece en las reglas fiscales revisadas de la UE, puede ayudar a abordar el sesgo expansivo de la política fiscal. La eficacia del consejo nacional de política fiscal a la hora de dirigir los debates públicos sobre cuestiones presupuestarias sigue estando restringida por un mandato y unos recursos limitados.

(22)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra b), y con el anexo V, criterio 2.2, del Reglamento (UE) 2021/241, el plan de recuperación y resiliencia incluye un amplio conjunto de reformas e inversiones que se refuerzan mutuamente y que deben realizarse para 2026. Se espera que estas ayuden a abordar de forma efectiva la totalidad o una parte significativa de los retos señalados en las recomendaciones específicas por país pertinentes. Dado el calendario ajustado, es esencial avanzar rápidamente en la ejecución efectiva del plan, incluido el capítulo de REPowerEU, para impulsar la competitividad a largo plazo de Hungría mediante la transición ecológica y digital, garantizando al mismo tiempo la equidad social. Para cumplir los compromisos del plan a más tardar en agosto de 2026, es esencial que Hungría acelere considerablemente la ejecución de las reformas y las inversiones, aplicando en primer lugar con rapidez las medidas necesarias para garantizar la protección de los intereses financieros de la UE. La participación sistemática de las administraciones regionales y locales, los interlocutores sociales, la sociedad civil y otras partes interesadas pertinentes sigue siendo esencial para garantizar una amplia implicación en la ejecución satisfactoria del plan de recuperación y resiliencia.

(23)Como parte de la revisión intermedia de los fondos de la política de cohesión, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento (UE) 2021/1060, Hungría debe revisar cada programa a más tardar en marzo de 2025, teniendo en cuenta, entre otras cosas, los retos señalados en las recomendaciones específicas por país de 2024, así como su plan nacional de energía y clima. Esta revisión constituye la base para la asignación definitiva de los fondos de la UE incluidos en cada programa. Pese a que Hungría ha avanzado en la aplicación de la política de cohesión y del pilar europeo de derechos sociales, siguen existiendo retos y persisten importantes disparidades sociales y regionales entre los distritos más y menos desarrollados del país, así como entre las zonas urbanas y no urbanas. Es crucial acelerar la aplicación de la política de cohesión, así como reforzar la capacidad administrativa a nivel subnacional. Las prioridades acordadas en los programas siguen siendo pertinentes. Reviste especial importancia ejecutar con rapidez las inversiones en la transición digital y ecológica, en particular el desarrollo de las capacidades digitales básicas, la transformación digital de las empresas, la adopción de soluciones para ciudades inteligentes, las tecnologías basadas en la naturaleza y de cero emisiones netas y la gestión del agua, así como los planes territoriales de transición justa. Hungría también debe seguir trabajando en el desarrollo territorial integrado en las áreas funcionales y en los distritos menos desarrollados. Del mismo modo, la ejecución de inversiones en inclusión social y reducción de la pobreza, centradas en los niños y los distritos más desfavorecidos, así como el refuerzo global de las capacidades básicas y la mejora del acceso a una educación general de calidad y al aprendizaje permanente, siguen siendo una prioridad. A este respecto, las reformas estructurales del sistema educativo continúan siendo esenciales, lo que incluye la mejora del acceso a una atención y educación de la primera infancia de calidad, así como acciones específicas para abordar los retos del mercado laboral a los que se enfrentan los grupos vulnerables y para desarrollar la capacidad de los interlocutores sociales. Es necesario resolver las cuestiones pendientes sobre las condiciones favorables y el régimen general de condicionalidad para que Hungría haga pleno uso de los fondos de la política de cohesión.

(24)En el contexto de la revisión intermedia de los programas de la política de cohesión, la lucha contra la pobreza energética y la pobreza intergeneracional a través de intervenciones integradas, con especial atención a los distritos y municipios menos desarrollados, así como la necesidad de reforzar la gobernanza y la diferenciación de la estrategia de especialización inteligente, son ámbitos que merecen una mayor atención. Hungría podría aprovechar la iniciativa de la Plataforma de Tecnologías Estratégicas para Europa (STEP) para impulsar las inversiones en tecnologías profundas y digitales (por ejemplo, el internet de las cosas, los macrodatos, la inteligencia artificial), las tecnologías limpias (por ejemplo, las energías renovables y la energía geotérmica) y las biotecnologías (productos farmacéuticos y médicos), invirtiendo al mismo tiempo en las capacidades y cualificaciones necesarias para satisfacer la demanda de mano de obra en estos sectores.

(25)Además de los retos económicos y sociales abordados a través del plan de recuperación y resiliencia y de otros fondos de la UE, Hungría se enfrenta a varios desafíos adicionales relacionados con el entorno empresarial, los niveles de capacidades y la integración de los grupos desfavorecidos en el mercado laboral, la asistencia social y el diálogo social, así como la dependencia de los combustibles fósiles rusos.

(26)El entorno empresarial siguió deteriorándose, debido principalmente al aumento de las intervenciones estatales en la economía y a los frecuentes cambios introducidos en el marco regulador con carácter ad hoc. Hungría presenta resultados deficientes en los indicadores que miden la competitividad y la calidad de la regulación. El elevado número de impuestos aumentó aún más en 2024. En los últimos años, el número de impuestos específicos que gravan determinados sectores y empresas ha crecido. Estos impuestos suelen aplicarse en sectores en los que la propiedad extranjera es elevada (por ejemplo, el comercio minorista, el cemento, la construcción y los materiales cerámicos), lo que genera una carga desproporcionada para las empresas en cuestión y afecta al mercado interior. Las empresas se quejan de la desigualdad de trato y la arbitrariedad cuando las autoridades llevan a cabo inspecciones administrativas o deciden sobre los permisos. Se utilizan diversas intervenciones estatales para obligar a los propietarios extranjeros a vender sus empresas, lo que facilita la creación de campeones nacionales públicos o vinculados con el Gobierno. El Gobierno declara cada vez más que determinados proyectos de inversión revisten «importancia estratégica para la economía nacional» a fin de acelerar y aligerar el proceso administrativo. Los criterios que utiliza el Gobierno no son transparentes y no pueden impugnarse ante los tribunales. El Gobierno sigue haciendo uso de su facultad de eximir determinadas operaciones del control de las concentraciones. Los criterios de estas exenciones tampoco son transparentes y no existe ningún procedimiento formal para impugnarlas. El Gobierno también sigue haciendo un amplio uso de su mandato para dictar decretos de emergencia en el marco del régimen del «estado de peligro». Muchos de estos decretos no parecen estar relacionados con la situación de emergencia invocada, lo que debilita la seguridad jurídica e interfiere en la actividad empresarial normal.

(27)A pesar de la elevada tasa de empleo total, algunos grupos desfavorecidos, como las personas con bajo nivel de estudios, los gitanos y las personas con discapacidad, continúan enfrentándose a obstáculos para acceder al mercado laboral y a oportunidades de perfeccionamiento profesional. Los mismos grupos desfavorecidos también suelen presentar resultados deficientes en cuanto a la adquisición de capacidades básicas en la escuela, abandonan prematuramente esta, se quedan en desempleo o en situación de inactividad y raramente acceden a la educación superior. Las desigualdades tienen su origen en el propio sistema de organización del sistema educativo, caracterizado por la concentración de alumnos desfavorecidos desde el punto de vista socioeconómico en determinadas escuelas. Entre 2014 y 2022 se asignaron cantidades significativas de los fondos de la política de cohesión de la UE a la prevención del abandono escolar prematuro y a la aplicación de medidas activas del mercado laboral. Aunque la tasa de empleo de la población con bajo nivel de estudios y los gitanos aumentó de forma significativa durante ese período, sigue siendo muy inferior a la tasa de empleo total. La brecha de empleo entre personas con y sin discapacidad sigue estando muy por encima de la media de la UE. Varios sectores sufren escasez de personal cualificado, lo que dificulta la transición de la economía de Hungría hacia un modelo de crecimiento con alto valor añadido. La proporción de titulados superiores es una de las más bajas de la UE, lo que plantea retos para satisfacer la creciente demanda de mano de obra con alta cualificación. La corta duración de las prestaciones por desempleo dificulta a las personas la participación en iniciativas de reciclaje y perfeccionamiento profesional y el acceso a empleos más adecuados a sus capacidades, lo que podría mejorar la productividad y la competitividad. Aunque en los últimos años se ha producido un aumento significativo del número de trabajadores extranjeros, es posible que esto no responda plenamente a las necesidades de los sectores que se enfrentan a la escasez de mano de obra y de personal cualificado.

(28)En la última década, los indicadores de pobreza han mejorado notablemente en consonancia con el aumento de la tasa de empleo. Sin embargo, la tasa de privación material y social grave sigue estando entre las más elevadas de la UE y ha empeorado entre los niños, los gitanos y las zonas remotas. Si bien las transferencias sociales siguen teniendo un efecto comparable al de otros Estados miembros de la UE en la reducción de la pobreza, dicha repercusión ha disminuido en los últimos años. A pesar de que el entorno económico se encuentra afectado por una alta inflación, algunas prestaciones sociales, como la renta mínima, las prestaciones familiares y las desgravaciones fiscales familiares, se han mantenido sin cambios en términos nominales. La adecuación de la renta mínima y de la prestación por desempleo es una de las más bajas de la UE. La carga fiscal total sobre las personas con bajos ingresos y la dependencia del impuesto sobre el valor añadido son elevadas, lo que supone una carga desproporcionada para los grupos de renta baja en el contexto de un impuesto sobre la renta de las personas físicas de tipo fijo y no progresivo. La proporción de personas que gastan más del 40 % de su renta familiar en costes relacionados con la vivienda también ha aumentado debido a la inflación, a los incrementos de los precios de la energía y de la vivienda y a la falta de medidas de apoyo específicas. El abordaje de estos retos también contribuiría a apoyar la convergencia social al alza, en consonancia con el análisis de segunda fase de los servicios de la Comisión sobre la base de las características del marco de convergencia social 25 .

(29)A pesar de algunas mejoras, el diálogo social sigue siendo débil y fragmentado. El foro tripartito en el sector privado, compuesto por el Gobierno, los sindicatos y las asociaciones patronales, tiene posibilidades limitadas de influir en los planes del Gobierno o alterarlos. El limitado diálogo social sitúa a los trabajadores en una posición desfavorecida, también en la negociación salarial, especialmente en el sector público. El establecimiento de un estatuto laboral diferenciado para determinados grupos de empleados públicos ha debilitado su capacidad para defender sus intereses colectivos. En algunos casos, esto ha dado lugar a la nulidad de los convenios colectivos y a la consiguiente necesidad de renegociarlos. Medidas como la limitación del derecho de huelga del profesorado o la abolición de la negociación colectiva en el sector sanitario han erosionado gradualmente los derechos de los trabajadores. La nueva legislación sobre la recaudación de cuotas sindicales en el sector público podría erosionar aún más la representatividad sindical. Los foros pertinentes del sector público solo celebraron una reunión en 2023.

(30)Hungría sigue dependiendo en gran medida de los combustibles fósiles, y sus esfuerzos por aumentar la seguridad energética y alejarse de la dependencia de las importaciones rusas son lentos. La cuota de las fuentes de energía renovables en Hungría ascendió al 25,7 % en 2023, dieciocho puntos porcentuales por debajo de la media de la UE. El porcentaje de importaciones rusas de petróleo crudo y gas ascendió al 64% y al 75 % en 2021 y 2023, respectivamente. El petróleo y el gas representan dos tercios del consumo de energía del país. Hungría presenta una de las proporciones más altas de la UE en relación con las ayudas a los combustibles fósiles como porcentaje del PIB debido a los precios subvencionados de la energía para los hogares.

(31)A la luz del examen exhaustivo de la Comisión y de su conclusión sobre la existencia de desequilibrios, las recomendaciones formuladas en virtud del artículo 6 del Reglamento (UE) n.º 1176/2011 se reflejan en las recomendaciones 1, 3 y 4 que figuran a continuación. Las políticas a que se refieren las recomendaciones 1 y 4 contribuyen a abordar las vulnerabilidades relacionadas con las necesidades de financiación exterior y pública y las presiones sobre los precios. Las políticas a que se refiere la recomendación 3 ayudan a abordar las vulnerabilidades relacionadas con las presiones sobre los precios.

RECOMIENDA a Hungría que tome medidas en 2024 y 2025 con el fin de:

1.Presentar el plan fiscal-estructural a medio plazo de manera oportuna. En consonancia con los requisitos previstos en la reforma del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, limitar el crecimiento del gasto neto 26 en 2025 a un ritmo compatible con el requisito de situar la deuda de las administraciones públicas en una trayectoria descendente verosímil a medio plazo y de reducir el déficit de las administraciones públicas hacia el valor de referencia del 3 % del PIB establecido en el Tratado. Eliminar las medidas de apoyo de emergencia en materia energética antes de la temporada de calefacción 2024/2025. Proseguir una coordinación eficaz y una delimitación clara de las políticas macroeconómicas para garantizar la sostenibilidad fiscal y exterior. Eliminar los límites máximos restantes de precios y tipos de interés para reducir los efectos distorsionadores y facilitar la transmisión fluida de la política monetaria. Orientar las medidas de apoyo en el sector de la vivienda a los hogares con bajos ingresos. Reforzar el marco presupuestario a medio plazo, adaptar la preparación de los presupuestos anuales al ejercicio presupuestario y limitar la discrecionalidad en la ejecución de los presupuestos anuales.

2.Habida cuenta de los prolongados retrasos, acelerar considerablemente la ejecución de los programas de la política de cohesión y del plan de recuperación y resiliencia, incluido el capítulo de REPowerEU, asegurando la culminación de las reformas e inversiones a más tardar en agosto de 2026, mediante la rápida aplicación de las medidas necesarias para garantizar la protección de los intereses financieros de la UE y la resolución de las cuestiones pendientes sobre las condiciones favorables. En la revisión intermedia de los programas de la política de cohesión, seguir centrándose en las prioridades acordadas, adoptando medidas para responder mejor a la pobreza, haciendo especial hincapié en la pobreza energética y en los distritos y municipios menos desarrollados, así como mejorar la estrategia de especialización inteligente, teniendo en cuenta las oportunidades que ofrece la Plataforma de Tecnologías Estratégicas para Europa para mejorar la competitividad.

3.Mejorar el marco regulador y la competencia en los mercados de productos y los servicios evitando intervenciones administrativas arbitrarias y el uso selectivo de legislación a medida que proporcione ventajas o desventajas indebidas a determinadas empresas, aplicando sistemáticamente el control de la competencia a las transacciones comerciales y reduciendo el uso de medidas de emergencia a lo estrictamente necesario, en consonancia con los principios del mercado único y el Estado de Derecho. Mejorar la adecuación del sistema de protección social, incluidas las prestaciones por desempleo. Mejorar los niveles educativos, así como el acceso a medidas activas del mercado laboral eficaces, en particular a oportunidades de reciclaje y perfeccionamiento profesional para los grupos más desfavorecidos, y garantizar un diálogo social eficaz.

4.Reducir la dependencia general de los combustibles fósiles, acelerar la diversificación del suministro de gas hacia fuentes no rusas y adoptar medidas para eliminar las ayudas a los combustibles fósiles.

Hecho en Bruselas, el

   Por el Consejo

   La Presidenta / El Presidente

(1)    DO L 2024/1263, 30.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1263/oj .
(2)    DO L 2024/1263, 30.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1263/oj .
(3)    Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (DO L 57 de 18.2.2021, p. 17), ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2021/241/oj ).
(4)    Reglamento (UE) 2023/435 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de febrero de 2023, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/241 en lo relativo a los capítulos de REPowerEU en los planes de recuperación y resiliencia y se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1303/2013, (UE) 2021/1060 y (UE) 2021/1755, y la Directiva 2003/87/CE (DO L 63 de 28.2.2023, p. 1), ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2023/435/oj ).
(5)    COM(2023) 168 final.
(6)    COM(2024) 77 final.
(7)    COM(2024) 77 final.
(8)    Reglamento (UE) 2024/1264 del Consejo, de 29 de abril de 2024, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 1467/97 relativo a la aceleración y clarificación del procedimiento de déficit excesivo (DO L 2024/1264, 30.4.2024, ELI:  http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1264/oj ) y Directiva (UE) 2024/1265 del Consejo, de 29 de abril de 2024, por la que se modifica la Directiva 2011/85/UE sobre los requisitos aplicables a los marcos presupuestarios de los Estados miembros (DO L 2024/1265 de 30.4.2024, ELI:  http://data.europa.eu/eli/dir/2024/1265/oj ).
(9)    Gasto neto, tal como se define en el artículo 2 del Reglamento (UE) 2024/1263 del Consejo, de 29 de abril de 2024 (DO L 2024/1263, 30.4.2024. ELI:  http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1263/oj ). Por «gasto neto» se entiende el gasto público, neto de i) los gastos en concepto de intereses, ii) las medidas discrecionales relativas a los ingresos, iii) los gastos en programas de la Unión compensados íntegramente con los ingresos procedentes de los fondos de la Unión, iv) el gasto nacional en cofinanciación de programas financiados por la Unión, v) los elementos cíclicos del gasto en prestaciones por desempleo y vi) las medidas puntuales y otras medidas de carácter temporal.
(10)    Decisión de Ejecución del Consejo, de 15 de diciembre de 2022, relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de Hungría (15447/2022).
(11)    Decisión de Ejecución del Consejo, de 8 de diciembre de 2023, por la que se modifica la Decisión de Ejecución del Consejo, de 15 de diciembre de 2022, relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de Hungría (15964/1/23).
(12)    SWD(2024) 617 final.
(13)    SWD(2024) 103 final.
(14)    SWD(2024) 103 final.
(15)    COM(2023) 141 final.
(16)    Informe de la Comisión elaborado de conformidad con el artículo 126, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, 19.6.2024, COM(2024) 598 final.
(17)    Recomendación del Consejo, de 12 de julio de 2022, relativa al Programa Nacional de Reformas de 2022 de Hungría y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Convergencia de 2022 de Hungría (DO C 334 de 1.9.2022, p. 136).
(18)    Recomendación del Consejo, de 12 de julio de 2022, relativa al Programa Nacional de Reformas de 2022 de Hungría y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Convergencia de 2022 de Hungría (DO C 334 de 1.9.2022, p. 136).
(19)    La orientación de la política fiscal se define como una medida de la variación anual de la situación presupuestaria subyacente de las administraciones públicas. Su objetivo es evaluar el impulso económico derivado de las políticas fiscales, tanto las financiadas a nivel nacional como las financiadas por el presupuesto de la UE. La orientación de la política fiscal se mide como la diferencia entre i) el crecimiento potencial a medio plazo y ii) la variación del gasto primario, neto de las medidas discrecionales relativas a los ingresos (y las medidas temporales de emergencia relacionadas con la crisis de la COVID-19), incluidos los gastos financiados mediante ayudas no reembolsables (subvenciones) procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y otros fondos de la Unión.
(20)    Recomendación del Consejo, de 14 de julio de 2023, relativa al Programa Nacional de Reformas de 2023 de Hungría y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Convergencia para 2023 de Hungría, DO C 312 de 1.9.2023, p. 155.
(21)    Por gasto primario neto se entiende el gasto financiado a nivel nacional, neto de i) las medidas discrecionales relativas a los ingresos, ii) los gastos en concepto de intereses, iii) el gasto en desempleo cíclico, y iv) las medidas puntuales y otras medidas temporales.
(22)    Por gasto primario neto se entiende el gasto financiado a nivel nacional, neto de i) las medidas discrecionales relativas a los ingresos, ii) los gastos en concepto de intereses, iii) el gasto en desempleo cíclico, y iv) las medidas puntuales y otras medidas temporales.
(23)    Por gasto primario neto se entiende el gasto financiado a nivel nacional, neto de i) las medidas discrecionales relativas a los ingresos, ii) los gastos en concepto de intereses, iii) el gasto en desempleo cíclico, y iv) las medidas puntuales y otras medidas temporales.
(24)    Esta contribución se mide como la variación del gasto primario de las administraciones públicas, neto de i) la incidencia presupuestaria adicional de las medidas discrecionales relativas a los ingresos, ii) los gastos puntuales, iii) el gasto en desempleo cíclico, y iv) los gastos financiados mediante ayudas no reembolsables (subvenciones) procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y otros fondos de la UE, en relación con la tasa media de crecimiento potencial del PIB nominal a medio plazo (diez años), expresada en porcentaje del PIB nominal.
(25)    SWD(2024) 132.
(26)    De conformidad con el artículo 2, apartado 2, del Reglamento (UE) 2024/1263, se entiende por «gasto neto» el gasto público, neto de los gastos en concepto de intereses, las medidas discrecionales relativas a los ingresos, los gastos en programas de la Unión compensados íntegramente con los ingresos procedentes de los fondos de la Unión, el gasto nacional en cofinanciación de programas financiados por la Unión, los elementos cíclicos del gasto en prestaciones de desempleo y las medidas puntuales y otras medidas de carácter temporal.