27.6.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 224/6


Anuncio a la atención de las personas a las que se aplican las medidas establecidas en la Decisión 2011/235/PESC del Consejo, aplicada por la Decisión de Ejecución (PESC) 2023/1299 del Consejo, y en el Reglamento (UE) n.o 359/2011 del Consejo, aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1298 del Consejo, relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Irán

(2023/C 224/03)

Se comunica la siguiente información a las personas que figuran en el anexo de la Decisión 2011/235/PESC del Consejo (1), aplicada por la Decisión de Ejecución (PESC) 2023/1299 del Consejo (2), y en el anexo I del Reglamento (UE) n.o 359/2011 del Consejo (3), aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1298 del Consejo (4) relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Irán.

El Consejo de la Unión Europea ha decidido que dichas personas deben quedar incluidas en la lista de personas y entidades sujetas a las medidas restrictivas establecidas en la Decisión 2011/235/PESC del Consejo y en el Reglamento (UE) n.o 359/2011 del Consejo.

Se pone en conocimiento de las personas afectadas la posibilidad de presentar a las autoridades competentes de los Estados miembros correspondientes, indicadas en los sitios web que figuran en el anexo II del Reglamento (UE) n.o 359/2011 del Consejo, una solicitud para obtener la autorización de utilizar fondos inmovilizados para subvenir a necesidades básicas o efectuar determinados pagos (véase el artículo 4 del Reglamento).

Las personas afectadas pueden presentar una solicitud al Consejo, junto con la documentación probatoria correspondiente, para que se reconsidere la decisión de incluirlas en la lista mencionada. Dicha solicitud debe enviarse, antes del 1 de enero de 2024, a la siguiente dirección:

Consejo de la Unión Europea

Secretaría General

RELEX.1

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu

Asimismo, se pone en conocimiento de las personas afectadas que pueden recurrir la decisión del Consejo ante el Tribunal General de la Unión Europea, conforme a las condiciones establecidas en el artículo 275, párrafo segundo, y en el artículo 263, párrafos cuarto y sexto, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.


(1)  DO L 100 de 14.4.2011, p. 51.

(2)  DO L 160 I de 26.6.2023, p. 5.

(3)  DO L 100 de 14.4.2011, p. 1.

(4)  DO L 160 I de 26.6.2023, p. 1.