28.4.2023 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 148/1 |
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN
sobre la iniciativa ciudadana europea (ICE) «¡Salvemos a las abejas y a los agricultores! Hacia una agricultura respetuosa con las abejas para un medio ambiente sano»
(2023/C 148/01)
1. INTRODUCCIÓN: LA INICIATIVA CIUDADANA
Los ciudadanos de la UE pueden solicitar a la Comisión Europea que presente una propuesta de legislación sobre un asunto para el que consideren que es necesario emprender acciones legales para defender los Tratados de la UE. Para ello, deben presentar una iniciativa ciudadana europea con arreglo al artículo 11, apartado 4, del Tratado de la Unión Europea, que exige la recogida de las firmas de un millón o más de ciudadanos nacionales de un número significativo de Estados miembros de la UE. Las normas detalladas sobre la iniciativa ciudadana europea se establecen en el Reglamento (UE) 2019/788 (1) (el «Reglamento de la ICE»).
La iniciativa titulada «Salvemos a las abejas y a los agricultores. Hacia una agricultura respetuosa con las abejas para un medio ambiente sano» (2) es la séptima iniciativa ciudadana europea (ICE) en alcanzar el umbral exigido por el Tratado y el Reglamento de la ICE (3). Para proteger a las abejas y la salud de las personas, la iniciativa insta a la Comisión a que proponga una legislación dirigida a eliminar gradualmente los plaguicidas sintéticos de aquí a 2035, restaurar la biodiversidad y apoyar a los agricultores en la transición, de la siguiente manera:
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A petición de los organizadores de esta ICE el 31 de julio de 2019, la Comisión registró la iniciativa (4) el 30 de septiembre de 2019. Dado que la iniciativa implicaba la recogida de declaraciones de apoyo durante la pandemia de COVID-19, podía optar a una prórroga de un año respecto al plazo de doce meses (para la recogida de firmas, del 30 de septiembre de 2019 al 30 de septiembre de 2021) (5). El 7 de octubre de 2022, tras verificar las declaraciones de apoyo recogidas por las autoridades de los Estados miembros, los organizadores presentaron la iniciativa a la Comisión. La Comisión ha examinado la iniciativa sobre la base del Reglamento de la ICE, que se aplica a partir del 1 de enero de 2020.
Los organizadores explicaron detalladamente los objetivos de la iniciativa en una reunión con la Comisión el 25 de noviembre de 2022. La presentaron en una audiencia pública organizada por el Parlamento Europeo el 24 de enero de 2023. El 14 de diciembre de 2022, el Comité Económico y Social Europeo emitió su dictamen sobre la ICE (6). El Parlamento Europeo celebró un debate plenario sobre la iniciativa el 16 de marzo de 2023.
La presente Comunicación expone las conclusiones jurídicas y políticas de la Comisión sobre la iniciativa y cualquier medida que pretenda adoptar en respuesta a la misma con arreglo al artículo 15, apartado 2, del Reglamento de la ICE.
2. CONTEXTO
2.1. Explotaciones y sistemas agrarios en la UE
Hay alrededor de nueve millones de explotaciones en la UE. Alrededor del 39,5 % de las explotaciones están especializadas en cultivos de campo (como cereales, oleaginosas y proteaginosas) y el 21,5 % en cultivos permanentes, de los cuales el 4,7 % son viñedos. Aproximadamente el 21,7 % de las explotaciones están especializadas en la producción ganadera y una pequeña parte en productos hortícolas (2,3 %). Alrededor del 14,2 % de las explotaciones son mixtas (producen una combinación de diferentes cultivos o ganado) (7). El 30 % de la superficie agrícola corresponde a pastos permanentes.
La mayoría relativa de las explotaciones (42,6 %) tiene menos de dos hectáreas de superficie agrícola, y el 21,2 % tiene entre dos y cinco hectáreas7. La situación laboral en las explotaciones puede diferir enormemente. Por ejemplo, las explotaciones muy pequeñas a menudo no proporcionan un salario digno suficiente para los jefes de la explotación.
La proporción de tierras dedicadas a la agricultura ecológica aumentó entre 2012 y 2020 en una media del 5,7 % anual. En 2020, la agricultura ecológica abarcaba 14,7 millones de hectáreas, es decir, el 9,1 % de las tierras agrícolas de la UE (8). Alrededor del 42 % de las tierras dedicadas a la agricultura ecológica son pastos permanentes, seguidos de forrajes verdes (17 %), cereales (16 %), cultivos permanentes (11 %), cultivos industriales (4 %) y leguminosas secas (3 %) (9).
2.2. Uso de plaguicidas en la agricultura de la UE
La agricultura convencional utiliza a menudo plaguicidas químicos (10) como principal método para evitar la pérdida de cosechas causada por plagas. Aunque su uso se dirige a plagas específicas, estos productos químicos también tienen efectos nocivos en organismos no objetivo, incluidos los ecosistemas acuáticos. El uso de plaguicidas es un factor importante del declive de la biodiversidad. Otros sistemas de explotación hacen frente a las plagas de manera diferente; por ejemplo, los sistemas agroecológicos utilizan más métodos basados en la biodiversidad y otras soluciones no químicas para controlar las plagas (11). En la agricultura ecológica no está permitido el uso de plaguicidas sintéticos.
Cada año se venden en la UE unas 350 000 toneladas de todo tipo de plaguicidas. Este volumen se ha mantenido constante durante el período 2012-2019. Las ventas de plaguicidas químicos de bajo riesgo y no químicos han aumentado, aunque siguen representando una baja proporción de las ventas totales de plaguicidas (12).
2.3. La biodiversidad en los ecosistemas agrícolas de la UE
La evaluación de la Estrategia de la Unión sobre la Biodiversidad hasta 2020 (13) puso de relieve que el estado de la biodiversidad en los agroecosistemas de la UE ha seguido deteriorándose desde 2010, agravando la pérdida de biodiversidad observada en décadas anteriores. Esto es especialmente grave en el caso de las mariposas de los prados, las aves ligadas a medios agrarios y los hábitats y especies protegidos en virtud de las Directivas sobre conservación de la naturaleza asociados a los agroecosistemas.
Entre 1991 y 2018, las poblaciones de mariposas de los prados disminuyeron un 25 % (14). Según la evaluación de la lista roja europea, la población de alrededor de una de cada tres especies de abejas, mariposas y sírfidos está disminuyendo, con una de cada diez especies de abejas y mariposas, y una de cada tres especies de sírfidos en riesgo de extinción (15). La evaluación indica que las prácticas agrícolas intensivas desempeñan un papel importante en este declive. Las zonas de agricultura intensiva están asociadas a un mayor uso de plaguicidas y a la pérdida de hábitats, como la pérdida de elementos paisajísticos de gran diversidad, otros hábitats no cultivados o prados seminaturales.
A diferencia de las especies polinizadoras silvestres, las poblaciones de abejas melíferas como especie polinizadora gestionada no están disminuyendo a escala de la UE. El número de colonias de abejas melíferas ha aumentado en un 15,7 % entre 2018 y 2021 (16).
Mientras que las poblaciones de todas las aves comunes en la UE disminuyeron un 12 % y las poblaciones de aves forestales comunes disminuyeron un 5 % entre 1990 y 2021, las poblaciones de aves de tierras agrícolas comunes disminuyeron un 36 % durante el mismo período (17).
El informe sobre el estado de la naturaleza de 2020 (18) mostró que más del 45 % de los hábitats protegidos (19) que dependen de la agricultura o se ven afectados por ella se encuentran en mal estado de conservación. El motivo es doble: por una parte, algunas prácticas agrícolas se han intensificado, como unos altos niveles de uso de plaguicidas y labranza intensiva, pastoreo o siega intensivos y superfertilización de algunos prados. Por otra parte, el abandono agrícola o la reconversión a otros usos del suelo han provocado la desaparición de hábitats seminaturales, como los prados seminaturales, que son importantes para la conservación de la naturaleza. El informe también puso de manifiesto que los prados protegidos con especial importancia para los polinizadores presentan una mayor proporción de especies en un estado de conservación deficiente y peores tendencias del estado de conservación que otros prados protegidos.
Como se menciona en la Comunicación «Un nuevo pacto para los polinizadores» (20) y se demuestra con pruebas, existen factores distintos de la agricultura intensiva y el uso de plaguicidas que también están causando pérdida de biodiversidad y de polinizadores. Estos factores incluyen el cambio del uso de la tierra y la urbanización, el cambio climático y las especies exóticas invasoras.
2.4. Contexto de políticas de la UE
Han transcurrido más de tres años y medio desde que los organizadores presentaron esta iniciativa ciudadana europea en julio de 2019, ya que el plazo para la recogida de firmas se amplió debido a la pandemia de COVID-19. Durante este período, el marco político de la UE ha evolucionado de forma muy significativa. En diciembre de 2019, la Comisión adoptó el Pacto Verde Europeo (21), una nueva estrategia de crecimiento para impulsar la economía, mejorar la salud y la calidad de vida de las personas y cuidar la naturaleza. Los sistemas alimentarios sostenibles ocupan un lugar central en el Pacto Verde Europeo. Además, la reforma de la política agrícola común (PAC) de la UE (22), propuesta por la Comisión en junio de 2018, fue adoptada por los colegisladores en diciembre de 2021, y los planes estratégicos de los Estados miembros entraron en vigor el 1 de enero de 2023. Serán fundamentales para apoyar la aplicación de los objetivos del Pacto Verde específicos del sector agrícola.
La Estrategia «De la Granja a la Mesa» (23) de la UE y la Estrategia de la UE sobre la Biodiversidad de aquí a 2030 (24), adoptadas en mayo de 2020, y el Plan de Acción «Contaminación Cero» (25), adoptado en mayo de 2021, son iniciativas emblemáticas en el marco del Pacto Verde Europeo. En el marco de las estrategias «De la Granja a la Mesa» y sobre la biodiversidad, la Comisión adoptó en junio de 2022 dos propuestas pioneras, una para un Reglamento sobre la restauración de la naturaleza (26) y otra para un Reglamento sobre el uso sostenible de los productos fitosanitarios (27). Todas estas iniciativas son directamente pertinentes para la iniciativa ciudadana. Al igual que lo es el marco mundial de la diversidad biológica (28) acordado en la 15.a Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica, celebrada en diciembre de 2022.
En el contexto de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y de la cuestión de la asequibilidad de los alimentos vinculada a la elevada inflación y los precios de los mismos, la Comisión ha publicado una serie de documentos políticos (29) sobre la seguridad alimentaria y la disponibilidad de fertilizantes y la eficiencia de su uso. En ellos se hace hincapié en que la transición hacia una producción alimentaria sostenible es el mejor enfoque para lograr la resiliencia del sector agrícola en la UE y en todo el mundo. A raíz de la Cumbre de las Naciones Unidas sobre los Sistemas Alimentarios de 2021, la Comisión participó como socio principal en ocho coaliciones de sistemas alimentarios, especialmente en la coalición sobre agroecología, cuyo objetivo es ampliar las prácticas y las cadenas de valor agroecológicas. Estas coaliciones demuestran el compromiso concreto de la UE para impulsar la transformación de los sistemas alimentarios sostenibles en los foros multilaterales. Esta iniciativa ciudadana contribuye al debate público, que también se dirige a nivel internacional, sobre cómo lograr eficazmente esta transformación.
3. RESPUESTA A LA INICIATIVA CIUDADANA EUROPEA
3.1. Solicitud de los ciudadanos: Eliminar gradualmente los plaguicidas sintéticos en la agricultura de la UE en un 80 % de aquí a 2030, empezando por los más peligrosos, para quedar libres de plaguicidas sintéticos de aquí a 2035
La Directiva sobre el uso sostenible de los plaguicidas (30), adoptada en 2009, tiene por objeto reducir los riesgos y los efectos del uso de plaguicidas en la salud humana y el medio ambiente. Uno de sus elementos clave es la gestión integrada de plagas (GIP), que promueve los cultivos sanos y el control natural de las plagas, y utiliza el control químico solo como último recurso.
En respuesta a la anterior ICE titulada «Prohibición del glifosato y protección de las personas y del medio ambiente frente a los pesticidas tóxicos» (31), presentada en 2017, la Comisión se centró en fomentar la aplicación de la Directiva sobre el uso sostenible de los plaguicidas y en establecer indicadores de riesgo armonizados para permitir el seguimiento de las tendencias a escala de la UE. La Comisión se comprometió a utilizar los datos resultantes como base para determinar las futuras opciones políticas y a reevaluar la situación en una fase posterior, inicialmente en un informe de ejecución. Además, en 2019 se adoptó el Reglamento sobre la transparencia y la sostenibilidad de la determinación o evaluación del riesgo en la UE en la cadena alimentaria (32).
Los indicadores muestran que entre el período 2015-2017 y 2020, el uso y el riesgo de los plaguicidas químicos disminuyeron un 14 % y el uso de plaguicidas más peligrosos disminuyó un 26 % (33). El aumento del uso de plaguicidas de menor riesgo, que se utilizan en mayores cantidades por hectárea, explica que las ventas globales se hayan mantenido constantes. Sin embargo, la evaluación de la Directiva sobre el uso sostenible de los plaguicidas puso de manifiesto que seguían existiendo deficiencias en la aplicación y el cumplimiento de la Directiva y que sus objetivos no se habían cumplido suficientemente (34).
El Pacto Verde Europeo anunció la ambición de reducir significativamente el uso y el riesgo de los plaguicidas químicos. En la Estrategia «De la Granja a la Mesa», la Comisión se comprometió a tomar medidas para reducir en un 50 % el uso global de plaguicidas químicos —y el riesgo que plantean— antes de 2030 y en otro 50 % el uso de plaguicidas más peligrosos también antes de ese año.
La propuesta de Reglamento sobre el uso sostenible de los productos fitosanitarios, adoptada por la Comisión en junio de 2022, proponía objetivos jurídicamente vinculantes a escala de la UE para reducir en un 50 % el uso y el riesgo de los plaguicidas químicos y el uso de los plaguicidas más peligrosos de aquí a 2030, y proponía medidas para mejorar la GIP. La propuesta obliga a los Estados miembros a adoptar objetivos nacionales jurídicamente vinculantes correspondientes a los objetivos a escala de la UE. También restringe el uso de plaguicidas en zonas sensibles, incluidas las zonas que mantienen especies polinizadoras en riesgo de extinción.
La propuesta de Reglamento sobre el uso sostenible de los productos fitosanitarios reconoce la iniciativa «Salvemos a las abejas y a los agricultores» y la necesidad de reducir el uso de plaguicidas químicos. Está siendo debatida en el Parlamento Europeo y en el Consejo.
Los objetivos incluidos en la propuesta de Reglamento sobre el uso sostenible de los productos fitosanitarios respaldan el compromiso de la UE en el marco mundial de la diversidad biológica, adoptado en diciembre de 2022, de reducir el riesgo global de los plaguicidas en al menos la mitad de aquí a 2030 (35).
Como parte de la evaluación de impacto en la que se basa la propuesta de Reglamento sobre el uso sostenible de los productos fitosanitarios, la Comisión estudió si sería adecuado establecer objetivos de una ambición superior al 50 %. El establecimiento de cualquier objetivo a escala de la UE en el ámbito del medio ambiente implica el equilibrio entre tres factores interconectados: protección del medio ambiente y de la salud humana, viabilidad política y viabilidad económica. La evaluación de impacto puso de manifiesto que un objetivo de reducción del 70-80 % tendría los mayores efectos positivos en la salud humana y el medio ambiente. Sin embargo, dado que requeriría cambios rápidos y drásticos en las prácticas agrícolas antes de que se dispusiera de alternativas, probablemente tendría un mayor efecto en el rendimiento de los cultivos y, posteriormente, un mayor coste económico no solo para los agricultores, sino también para el conjunto de la economía y los consumidores. La Comisión consideró que un nivel de ambición del 50 % era la opción más adecuada y equilibrada para proteger el medio ambiente y la salud humana y evitar graves consecuencias para la asequibilidad de los alimentos (36).
Con arreglo a la propuesta de Reglamento sobre el uso sostenible de los productos fitosanitarios, la Comisión llevará a cabo una evaluación cuatro años después de la fecha de aplicación del Reglamento, en la que se evaluarán los progresos realizados en la reducción del riesgo y el uso de plaguicidas. Los factores importantes que deben tenerse en cuenta a la hora de evaluar los avances en la consecución de los objetivos del Reglamento serán los progresos en la adopción de la GIP, la agricultura ecológica y la agricultura de precisión.
La propuesta de Reglamento sobre el uso sostenible de los productos fitosanitarios establece la obligación de que los agricultores sigan un árbol de toma de decisiones en materia de GIP, de modo que siempre estudien en primer lugar alternativas a los plaguicidas químicos. En el caso de los cultivos que cubran el 90 % de la superficie agrícola de los Estados miembros, los agricultores estarían obligados a seguir normas nacionales detalladas específicas para cada cultivo que apliquen los principios de la GIP a sus condiciones locales. La Comisión tiene la intención de apoyar y supervisar activamente el desarrollo de dichas normas por parte de los Estados miembros. A tal fin, la Comisión tiene la intención de poner en marcha un proyecto en el marco del programa LIFE, que ayudaría a los Estados miembros a desarrollar estas normas. Se basaría en el proyecto piloto «Conjunto de herramientas de la GIP para agricultores» (37), en el que se analizaban los factores impulsores y los obstáculos a la adopción de la GIP y las prácticas recopiladas.
Para reducir el uso de plaguicidas químicos, es esencial disponer de alternativas. La Comisión ya ha tomado medidas significativas para mejorar esta situación. Ha adoptado cuatro reglamentos de ejecución (38) en virtud del Reglamento sobre productos fitosanitarios (39) por el que se revisan los requisitos en materia de datos, los criterios de aprobación y las metodologías de evaluación para la autorización de plaguicidas biológicos que contienen microorganismos a fin de acelerar su acceso al mercado. Como parte de la iniciativa «Mejora de la formación para aumentar la seguridad alimentaria» (40), existen oportunidades de formación para desarrollar conocimientos especializados en la realización de evaluaciones del riesgo de los microorganismos utilizados como plaguicidas, sobre la aplicación y el control de la GIP en las explotaciones y sobre el ensayo de equipos de aplicación de plaguicidas. La Comisión también ha puesto en marcha una convocatoria de propuestas en el marco del Programa para el Mercado Único para la concesión de subvenciones financieras a los Estados miembros (10 millones EUR a lo largo de cinco años) para aumentar sus capacidades de evaluación de los expedientes de solicitud, en particular en el caso de los microorganismos. Varios proyectos de investigación en curso en el marco de los programas Horizonte Europa y Horizonte 2020 se centran en buscar alternativas a los plaguicidas químicos y en combinar el uso de herramientas y tecnologías para la GIP.
El desarrollo de nuevas variedades vegetales resistentes a las plagas también contribuye a reducir la dependencia de los plaguicidas. Todos los tipos de fitomejoramiento, incluidas las nuevas técnicas genómicas, tienen margen para acelerar este proceso y la Comisión presentará una propuesta legislativa sobre su uso en 2023. También en este aspecto, Horizonte 2020 y Horizonte Europa apoyan varios proyectos sobre la mejora de variedades vegetales resistentes a las plagas y al cambio climático.
La propuesta de Reglamento sobre el uso sostenible de los productos fitosanitarios establece que los agricultores pueden ser compensados en el marco de la PAC, durante un período de transición de cinco años, por cualquier coste relacionado con el cumplimiento de nuevos requisitos. Esto se sumaría a las numerosas intervenciones ya programadas en el marco de la nueva PAC, por ejemplo, en el marco de regímenes ecológicos o iniciativas de desarrollo rural, para apoyar el uso sostenible de plaguicidas (véase el punto 3.3.2). Esto permitirá a la PAC desempeñar un papel crucial a la hora de ayudar a los agricultores en su transición hacia un uso más sostenible de los plaguicidas.
Antes de poder utilizar un plaguicida, los Estados miembros deben autorizarlo sobre la base del Reglamento sobre productos fitosanitarios. La UE cuenta con uno de los sistemas reguladores más estrictos del mundo (41), que garantiza altos niveles de seguridad para la salud humana y animal y para el medio ambiente, incluidas las abejas. La Comisión ha restringido o prohibido el uso de plaguicidas peligrosos para las abejas (por ejemplo, los neonicotinoides (42) y el sulfoxaflor) (43) y ha tomado medidas para reforzar la evaluación del riesgo de los plaguicidas con respecto a estas (44). En particular, en 2019 la Comisión pidió a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) que actualizara el documento de orientación sobre las abejas para tener plenamente en cuenta los nuevos conocimientos científicos. La EFSA está finalizando actualmente esta revisión. Una vez que la EFSA haya adoptado el documento de orientación sobre las abejas revisado, la Comisión modificará los reglamentos de ejecución correspondientes y buscará la aprobación del documento por parte de los Estados miembros. La Comisión también ha puesto en marcha un plan de trabajo para desarrollar todos los protocolos de ensayo de plaguicidas en polinizadores necesarios y pendientes, centrándose en las especies silvestres.
El declive de los polinizadores es un fenómeno mundial. Por consiguiente, la Comisión ha adoptado recientemente un Reglamento (45) para reducir los límites máximos de residuos de dos de los neonicotinoides que ya no están autorizados en la UE (clotianidina y tiametoxam) en todos los productos alimentarios al nivel más bajo que pueda medirse con las últimas tecnologías, independientemente de si el producto se elabora en la UE o se importa de terceros países. La Comisión también ha elaborado un proyecto de Reglamento destinado a establecer un programa de trabajo para la revisión y la posible aprobación a escala de la UE de los protectores y sinergistas utilizados en plaguicidas. Recientemente ha adoptado un Reglamento de Ejecución por el que se establecen normas detalladas para la identificación de coformulantes inaceptables en plaguicidas (46). Ambos Reglamentos abarcan las repercusiones en las abejas y otros polinizadores.
En octubre de 2022, la Comisión adoptó, como parte del paquete de contaminación cero, una propuesta legislativa (47) para revisar las listas de contaminantes de las aguas superficiales y subterráneas, incluidos los plaguicidas, que se está debatiendo actualmente en el Parlamento Europeo y el Consejo. Los Estados miembros estarían obligados a reducir las emisiones de todos estos contaminantes para cumplir las nuevas normas de calidad.
Se necesitan mejores datos sobre el uso y la presencia de plaguicidas en el medio ambiente para apoyar la acción política en curso y configurar la legislación después de 2030. Los datos sobre el uso de plaguicidas estarán disponibles en virtud del Reglamento relativo a las estadísticas sobre insumos y producción agrícolas (48), adoptado en diciembre de 2022. La Comisión ha adoptado recientemente un Reglamento de Ejecución (49) en virtud del Reglamento sobre productos fitosanitarios para establecer normas comunes sobre los registros que deben llevar los usuarios profesionales de plaguicidas.
Por último, la Comisión tiene previsto proponer en 2023 objetivos jurídicamente vinculantes para reducir el desperdicio de alimentos (50). Los alimentos desechados son un despilfarro de insumos agrícolas, incluidos los plaguicidas. La Comisión tiene previsto proponer en 2023 un marco legislativo para sistemas alimentarios sostenibles (51) a fin de establecer definiciones, principios generales y objetivos comunes para integrar la sostenibilidad en las políticas relacionadas con la alimentación.
3.2. Solicitud de los ciudadanos: Restaurar los ecosistemas naturales en las zonas agrícolas para que la agricultura se convierta en un vector de recuperación de la biodiversidad
El segundo objetivo de la iniciativa ciudadana europea (restaurar los ecosistemas naturales en las zonas agrícolas para que la agricultura se convierta en un vector de recuperación de la biodiversidad) está en consonancia con el objetivo de la UE establecido en la Estrategia de la UE sobre la Biodiversidad de aquí a 2030 de devolver la naturaleza a las tierras agrícolas, como parte de un plan más amplio de recuperación de la naturaleza de la UE. La estrategia pone de relieve el papel fundamental del sector agrícola en la preservación de la biodiversidad, y reconoce a los agricultores como guardianes de nuestras tierras que deben recibir apoyo e incentivos para llevar a cabo la transición hacia una gestión sostenible de las mismas.
Para dar más espacio a la naturaleza, la Estrategia sobre la Biodiversidad establece que al menos el 10 % de la superficie agrícola debe estar ocupada por elementos paisajísticos de gran diversidad. Estos elementos proporcionan recursos esenciales a numerosas especies, como forraje y lugares de nidificación y reproducción. Además, la estrategia prevé que la adopción de prácticas agroecológicas debe aumentar de forma significativa, y la Estrategia «De la Granja a la Mesa» establece el objetivo de que al menos el 25 % de las tierras agrícolas se dediquen a la agricultura ecológica. Esto creará un espacio para la biodiversidad en partes productivas de los paisajes agrícolas y apoyará la transición hacia un sistema de producción de alimentos sostenible. Para alcanzar el objetivo de la UE y ayudar al sector de la agricultura ecológica a desarrollar todo su potencial, la Comisión ha puesto en marcha un plan de acción para la producción ecológica en la UE que abarca el período 2021-2027 (52).
Para ayudar a la recuperación de la biodiversidad en los ecosistemas agrícolas, también es fundamental reducir la presión de los contaminantes químicos y otras sustancias. En particular, esto se refiere a los plaguicidas, tal como se presentan en la sección anterior, pero también a las pérdidas de nutrientes procedentes de los fertilizantes. La Estrategia sobre la Biodiversidad establece el objetivo de reducir las pérdidas de nutrientes procedentes de la agricultura en al menos un 50 % de aquí a 2030, garantizando al mismo tiempo que no se deteriore la fertilidad del suelo. Esto se logrará actuando en una serie de medidas, incluido el plan de acción sobre la gestión integrada de nutrientes (53).
Para restaurar los ecosistemas dañados en toda Europa y permitir la recuperación sostenida a largo plazo de una naturaleza con biodiversidad y resiliente, la Comisión adoptó en junio de 2022 una primera propuesta de Reglamento a escala de la UE sobre la restauración de la naturaleza (54). Implica un objetivo global de restauración junto con objetivos vinculantes para ecosistemas específicos. La acción para la restauración de las tierras agrícolas incluye la restauración de funciones y servicios ecosistémicos, de los que la polinización animal es uno de los más esenciales. Las obligaciones propuestas para los ecosistemas agrícolas incluyen permitir la recuperación de las poblaciones de mariposas de los prados y de aves de las tierras agrícolas, rehumidificar turberas y aumentar la proporción de tierras agrícolas con elementos paisajísticos de gran diversidad.
La propuesta de ley de restauración de la naturaleza incluye un objetivo específico jurídicamente vinculante para que los Estados miembros inviertan el declive de las poblaciones de polinizadores de aquí a 2030 y logren un aumento a partir de entonces, e incluye un método para el seguimiento periódico de los polinizadores. Con arreglo a la propuesta de la Comisión, se espera que los Estados miembros presenten a la Comisión planes nacionales de restauración que muestren cómo alcanzarán los objetivos. También se les exigiría que supervisaran los progresos realizados e informaran sobre ellos.
También es necesario tomar medidas para restaurar la naturaleza por debajo del suelo. En noviembre de 2021, la Comisión adoptó la Estrategia de la UE para la Protección del Suelo para 2030 (55). La estrategia destaca la importancia de la biodiversidad del suelo para la salud de los ecosistemas y establece acciones específicas para comprender y proteger mejor dicha biodiversidad, en particular a través de la misión de Horizonte Europa «Un pacto sobre el suelo para Europa» (56). Detener e invertir la pérdida de biodiversidad del suelo es un aspecto esencial de la visión de la estrategia para lograr suelos sanos de aquí a 2050. Para hacer realidad esta visión, la Comisión tiene previsto adoptar una propuesta de ley sobre la salud del suelo en 2023.
La nueva política agrícola común (PAC) para 2023-2027 ha aumentado significativamente su ambición medioambiental en comparación con la política anterior. En particular, contiene una serie de condiciones medioambientales que deben cumplir todos los agricultores que reciben ayudas de la PAC (57) y que abarcan alrededor del 90 % de la superficie agrícola de la UE. Estas condiciones incluyen las «normas relativas a las buenas condiciones agrarias y medioambientales de la tierra» (BCAM), varias de las cuales tienen por objeto proteger y restaurar la biodiversidad. Por ejemplo, los agricultores deben dedicar el 4 % de sus tierras cultivables a elementos y superficies no productivas, como setos, estanques, márgenes de los campos, franjas de flores y barbecho, y esto se aplica a todos los agricultores que reciben cualquier pago de la PAC basado en la superficie o en los animales. Otra BCAM exige a los agricultores que creen franjas de protección libres de plaguicidas y de fertilizantes a lo largo de los cursos de agua.
Además de estas condiciones, la PAC 2023-2027 apoyará a los agricultores que lleven a cabo voluntariamente prácticas más sostenibles. Asigna casi 100 000 millones EUR (un tercio del presupuesto de la PAC) para apoyar esta transición medioambiental y climática hasta 2027. Para ello, los Estados miembros proponen nuevos regímenes ecológicos que concentran al menos el 25 % del presupuesto para pagos directos, así como un conjunto de instrumentos de desarrollo rural que asignan al menos el 35 % del presupuesto a prácticas medioambientales (véase el punto 3.3).
Por último, el 24 de enero de 2023, la Comisión Europea adoptó la Comunicación «Un nuevo pacto para los polinizadores» (58) por la que se revisa la iniciativa de la Unión Europea sobre los polinizadores de 2018. Esto responde a los crecientes llamamientos a la acción, en particular del Tribunal de Cuentas Europeo (59) y de la ICE «Salvemos a las abejas y a los agricultores», para mejorar la conservación de los polinizadores y abordar las causas de su declive y sus consecuencias para la seguridad alimentaria, la salud humana, la calidad de vida y los ecosistemas. Se basa en un amplio proceso de consulta y da seguimiento a la revisión de la iniciativa sobre los polinizadores (60) llevada a cabo en mayo de 2021. La revisión puso de manifiesto que, si bien la iniciativa sigue siendo un instrumento político válido, aún deben superarse importantes retos para detener e invertir el declive de los polinizadores.
El nuevo pacto para los polinizadores establece un marco ambicioso. Incluye cuarenta y dos acciones para abordar las causas del declive de los polinizadores, mejorar el conocimiento y movilizar a todos los agentes de la sociedad. De forma particular, pretende:
i) |
crear un sistema sólido para supervisar las especies de polinizadores y los riesgos a los que se enfrentan; |
ii) |
cartografiar las principales zonas para los polinizadores y crear una red de corredores ecológicos («Líneas Buzz») para conectar adecuadamente dichas zonas; |
iii) |
promover prácticas agrícolas respetuosas con los polinizadores en el marco de la PAC; |
iv) |
reducir las repercusiones del uso de plaguicidas en los polinizadores; |
v) |
movilizar a las empresas y a los ciudadanos, en particular apoyando la participación de los jóvenes y la gobernanza participativa; y |
vi) |
promover acciones de ayuda a los polinizadores a nivel nacional, regional y local. |
El nuevo pacto para los polinizadores complementa la propuesta de la Comisión de una ley de restauración de la naturaleza y aplica el compromiso de invertir el declive de los polinizadores silvestres de aquí a 2030 establecido por la Estrategia sobre la Biodiversidad.
3.3. Solicitud de los ciudadanos: Reformar la agricultura dando prioridad a la agricultura a pequeña escala, diversa y sostenible, apoyando un rápido aumento de las prácticas agroecológicas y orgánicas y permitiendo una formación independiente basada en los agricultores, así como investigación sobre la agricultura libre de plaguicidas y OMG.
A lo largo de los años, la PAC ha integrado cada vez más las preocupaciones medioambientales mediante el uso de instrumentos clave como la condicionalidad y las medidas agroambientales. Como se ha mencionado anteriormente, la nueva política para 2023-2027 da pasos importantes para apoyar la transición hacia una agricultura sostenible y se espera que contribuya significativamente a las ambiciones de las estrategias «De la Granja a la Mesa» y sobre la biodiversidad, contribuyendo así también a satisfacer las peticiones de la iniciativa ciudadana europea. Sobre la base de una evaluación de las condiciones y necesidades locales, los Estados miembros elaboraron planes estratégicos nacionales de la PAC para el período 2023-2027 (en lo sucesivo, «los planes» (61)), explicando cómo canalizarán la ayuda para alcanzar los objetivos económicos, medioambientales y sociales establecidos en el marco de la PAC.
3.3.1. Apoyo a la agricultura a pequeña escala y diversa
La PAC adopta nuevas medidas para lograr una distribución más justa de la ayuda a la renta y orientarla hacia las explotaciones que más lo necesitan, en particular, las pequeñas y medianas explotaciones. Asigna cerca de 29 000 millones EUR al año para abordar la persistente brecha entre la renta agraria y el salario medio en el conjunto de la economía, así como las disparidades en la renta entre los distintos sectores agrícolas y tipos de explotaciones. Los pequeños agricultores pueden recibir una mayor ayuda a la renta a través de pagos complementarios que redistribuyan la ayuda a la renta de las explotaciones de mayor tamaño.
La PAC seguirá apoyando al sector apícola, con una contribución anual de la UE de 60 millones EUR en los planes actuales. Puede concederse ayuda para asistencia técnica, formación y asesoramiento, investigación, análisis de laboratorio sobre productos apícolas y pérdidas de abejas, promoción y comercialización. La PAC también apoya las inversiones para mejorar la producción, luchar contra las plagas y las enfermedades y prevenir los daños causados por condiciones climáticas adversas.
Por lo que se refiere a la diversidad de la agricultura, la PAC apoya la renta de los agricultores y contribuye al equilibrio geográfico en la UE al mantener la agricultura en zonas marginales. Contribuye a limitar la especialización excesiva y a evitar la concentración de la producción en las zonas más productivas. Esto contribuye a mantener un mayor grado de diversidad de sistemas de producción y explotación en las zonas rurales.
3.3.2. Apoyo a prácticas sostenibles, agroecológicas y orgánicas
Los planes de los Estados miembros incluyen las siguientes medidas destinadas a apoyar a los agricultores en la transición hacia una agricultura resiliente y sostenible.
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En general, el valor objetivo de la UE (62) para el porcentaje de tierra agrícola a la que debe ofrecerse apoyo para la reducción del uso y el riesgo de los plaguicidas es superior al 26 %. Los agricultores pueden solicitar regímenes ecológicos para la gestión integrada de plagas u otros tipos de gestión de plaguicidas. Esto incluye, por ejemplo, la prohibición del control químico de plagas (incluida en quince planes) o la prohibición o limitación del uso de plaguicidas en cantidad o momento (incluidas en diecisiete planes). Dieciséis planes incluyen ayudas en el marco del desarrollo rural, y restringen el uso de plaguicidas o lo prohíben en determinadas zonas geográficas, como los espacios Natura 2000 o las zonas de protección del agua potable. Otros compromisos de desarrollo rural se refieren al uso de tecnologías de precisión y prácticas de GIP, como el uso de variedades de cultivos tradicionales o resistentes que necesitan menos plaguicidas, o rotaciones extensas de cultivos, que reducen la probabilidad de infestaciones por plagas. |
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El valor objetivo de la UE de apoyo a la conservación o restauración de la biodiversidad se estima en el 31 % de la superficie agrícola de la UE (casi 49,5 millones de hectáreas). En particular, se asignarán ayudas a alrededor de 2,86 millones de hectáreas para el mantenimiento o la conservación de elementos paisajísticos, ya sea a través de regímenes ecológicos o de desarrollo rural. Estos elementos paisajísticos incluyen hábitats que sustentan el ciclo de vida de los polinizadores. En el caso de los regímenes ecológicos, esto se refiere, por ejemplo, a la plantación de árboles y setos (incluida en dieciséis planes), a la conservación del barbecho (incluida en diecisiete planes) y a la creación de franjas de protección cubiertas de hierba, flores y cultivos melíferos (incluida en dieciséis planes). Algunos planes incluyen ayudas al desarrollo rural para elementos paisajísticos, incluidas las franjas de flores en los campos o en los márgenes de estos. Los Estados miembros también ofrecen apoyo a las inversiones para crear elementos paisajísticos. Además, algunos planes apoyan el mantenimiento de los sistemas de producción agrícola y los paisajes tradicionales, como los viñedos de variedades tradicionales, los huertos frutales o los prados naturales ricos en especies, gestionados con un uso muy limitado (o la prohibición) de plaguicidas químicos. Además, trece planes incluyen pagos para espacios Natura 2000. |
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También se dispone de apoyo a los sistemas agrícolas integrales, como la agrosilvicultura y la agroecología. El valor objetivo de la UE para apoyar nuevas tierras forestadas, incluidas la agrosilvicultura y los elementos paisajísticos de madera, es de cerca de 623 000 hectáreas. |
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En el marco de la agricultura ecológica, el uso de plaguicidas se limita estrictamente a una lista de productos que excluye los plaguicidas sintéticos (63). La PAC promueve y apoya en gran medida la agricultura ecológica como medio para contribuir a alcanzar el objetivo de la Estrategia «De la Granja a la Mesa» de lograr una cobertura a escala de la UE de al menos el 25 % de la superficie agrícola de la UE de aquí a 2030. Todos los Estados miembros apoyan tanto la conversión como el mantenimiento de la agricultura ecológica en el marco de los regímenes ecológicos o el desarrollo rural. En sus planes, seis Estados miembros incluían objetivos nacionales para la agricultura ecológica de aquí a 2027 y catorce Estados miembros para 2030. Diecinueve Estados miembros aspiran a aumentar su cobertura en al menos un 25 % en comparación con 2020 en términos proporcionales, y nueve de estos Estados miembros aspiran al menos a duplicar el porcentaje. |
Por último, la UE ha adoptado recientemente una nueva exclusión de las normas de competencia de la UE (64) que permite la celebración de acuerdos entre productores de productos agrícolas que actúen por sí mismos o en cooperación con otros operadores de la cadena de suministro agroalimentario que pretendan aplicar normas de sostenibilidad superiores a las establecidas en la legislación nacional o de la UE. Estos acuerdos pueden estar relacionados con la reducción del uso de plaguicidas, la protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas, así como otros objetivos medioambientales y la salud y el bienestar de los animales. En virtud de esta disposición, se permiten restricciones de la competencia siempre que sean indispensables para la consecución de la norma de sostenibilidad prevista. Esto implica que los productores de productos agrícolas pueden beneficiarse, por ejemplo, de una remuneración más elevada, de la certeza de una cantidad determinada de suministro o de la promoción de sus productos por parte de otros agentes de la cadena a cambio de mejoras relacionadas con la sostenibilidad.
3.3.3. Permitir una formación e investigación independientes y basadas en los agricultores sobre la agricultura libre de plaguicidas y OMG
El asesoramiento a los agricultores en esta transición ecológica es fundamental, ya que a menudo les ayuda a aplicar nuevas técnicas, posiblemente con el uso de nuevos materiales, o a gestionar los recursos e insumos de manera eficiente. La mayoría de los Estados miembros han previsto utilizar la financiación de la PAC para apoyar los servicios de asesoramiento. Los Estados miembros también deben velar por que el asesoramiento sea imparcial y por que los asesores estén debidamente cualificados y formados y no tengan conflictos de intereses. El Sistema de Conocimientos e Innovación Agrícolas (65) tiene por objeto garantizar que los asesores estén conectados a la investigación y estén informados sobre las técnicas más recientes y las prácticas innovadoras.
La Comisión seguirá prestando apoyo y promoviendo, mediante la organización de talleres y seminarios, el intercambio de mejores prácticas entre los Estados miembros y otras partes interesadas, a través de la red de la PAC (66). En estas acciones participarán asesores que, a su vez, podrán orientar mejor a los agricultores sobre el terreno.
En materia de investigación, el programa Horizonte Europa de la UE pondrá en marcha en 2024 una asociación (67) con los Estados miembros para mejorar la base de conocimientos y proporcionar soluciones y herramientas que sustentarán la transición agroecológica en Europa. La asociación estudiará cómo la agroecología puede convertirse en el instrumento clave para reducir y eliminar gradualmente el uso de plaguicidas en la agricultura y maximizar la contribución de la agricultura a la protección de la biodiversidad y la restauración de la naturaleza. Además, Horizonte Europa financia más de treinta proyectos de investigación, con un presupuesto de al menos 200 millones EUR, sobre la reducción del uso de plaguicidas en la agricultura y sobre prácticas agrícolas sostenibles y respetuosas con los polinizadores, como la agroecología, la agricultura ecológica y la restauración de los servicios de polinización.
4. CONCLUSIÓN
La iniciativa ciudadana europea «Salvemos a las abejas y a los agricultores» refleja la preocupación pública por la sostenibilidad medioambiental y socioeconómica de la agricultura europea. La Comisión acoge con satisfacción esta iniciativa y reconoce su importancia, en particular porque el cambio climático y la pérdida de biodiversidad constituyen retos cada vez mayores para la agricultura europea. Se hace eco de los llamamientos realizados en la Conferencia sobre el Futuro de Europa (68), a través de la cual los ciudadanos insistieron en la necesidad de una producción de alimentos segura, sostenible, justa, responsable con el clima y asequible, que respete los principios de sostenibilidad y el medio ambiente, salvaguarde la biodiversidad y los ecosistemas y garantice al mismo tiempo la seguridad alimentaria.
Desde 2019, cuando se presentó la iniciativa y comenzó su recogida de apoyo, la Comisión ha emprendido acciones ambiciosas en el marco del Pacto Verde Europeo para garantizar la sostenibilidad de los sistemas alimentarios, incluida la Estrategia «De la Granja a la Mesa» de la UE, la Estrategia sobre la Biodiversidad y el Plan de Acción «Contaminación Cero», junto con la PAC. En su conjunto, estas medidas constituyen una respuesta global a las peticiones formuladas en el marco de esta iniciativa.
La propuesta de Reglamento sobre el uso sostenible de los productos fitosanitarios establece una vía ambiciosa para reducir el riesgo y el uso de plaguicidas químicos en la agricultura de la UE. Refuerza de manera proporcionada y equilibrada la acción en curso para reducir el uso y el riesgo de los plaguicidas químicos en los ecosistemas terrestres y acuáticos y el sistema de autorización de plaguicidas de la UE. Con arreglo a la propuesta de la Comisión, el Reglamento se evaluaría al cabo de cuatro años.
Juntos, la propuesta de ley de restauración de la naturaleza y el nuevo pacto para los polinizadores tienen el potencial de ser un punto de inflexión para la conservación de los polinizadores a escala de la UE. Aumentan el nivel de ambición establecido en la Estrategia de la Unión sobre la Biodiversidad para invertir el declive de las poblaciones de polinizadores de aquí a 2030 y devolver la naturaleza a las tierras agrícolas.
Los planes de los Estados miembros en el marco de la PAC apoyarán a los agricultores, incluidos los pequeños agricultores, en la transición hacia el aumento de la sostenibilidad y la resiliencia de los sistemas agrícolas durante el período 2023-2027.
Por estas razones, en lugar de proponer nuevos actos legislativos, la prioridad es garantizar que las propuestas actualmente negociadas por los colegisladores se adopten y apliquen rápidamente, junto con la PAC. La Comisión hará todo lo posible por alcanzar este objetivo y anima a todas las partes interesadas a que contribuyan al mismo. El más de un millón de declaraciones en apoyo de esta iniciativa ciudadana es una señal clara y un estímulo para que se mantenga el alto nivel de ambición de las propuestas de la Comisión. El éxito del Pacto Verde Europeo a la hora de impulsar esta transición depende de toda la sociedad, incluidos los ciudadanos, los agricultores, las empresas, los científicos, las autoridades públicas y las instituciones europeas.
(1) Reglamento (UE) 2019/788 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre la iniciativa ciudadana europea (DO L 130 de 17.5.2019, p. 55).
(2) https://europa.eu/citizens-initiative/select-language?destination=/initiatives/details/2019/000016.
(3) Desde que esta ICE se presentó a la Comisión, siguieron otras dos iniciativas válidas, lo que elevó el número total de ICE que habían prosperado a nueve.
(4) Decisión (UE) 2019/1566 de la Comisión, de 4 de septiembre de 2019, sobre la propuesta de iniciativa ciudadana titulada «Salvemos a las abejas y a los agricultores-Hacia una agricultura respetuosa con las abejas para un medio ambiente sano» (DO L 241 de 19.9.2019, p. 10).
(5) La iniciativa se benefició de prórrogas del período de recogida en virtud del Reglamento (UE) 2020/1042 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de julio de 2020 por el que se establecen medidas temporales relativas a los plazos para las fases de recogida, verificación y examen previstos en el Reglamento (UE) 2019/788 sobre la iniciativa ciudadana europea habida cuenta del brote de COVID-19 (DO L 231 de 17.7.2020, p. 7), de la Decisión de Ejecución (UE) 2020/2200 de la Comisión de 17 de diciembre de 2020 sobre la prórroga de los plazos de recogida de declaraciones de apoyo a determinadas iniciativas ciudadanas europeas de conformidad con el Reglamento (UE) 2020/1042 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 434 de 23.12.2020, p. 56) y de la Decisión de Ejecución (UE) 2021/360 de la Comisión, de 19 de febrero de 2021, sobre la ampliación de los plazos de recogida de declaraciones de apoyo a determinadas iniciativas ciudadanas europeas de conformidad con el Reglamento (UE) 2020/1042 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 69 de 26.2.2021, p. 9).
(6) NAT/868-EESC-2022.
(7) Eurostat: Indicadores de explotación por régimen jurídico de la explotación, superficie agrícola utilizada, tipo y dimensión económica de la explotación y región NUTS2 (2023).
(8) Estadísticas anuales sobre cultivos ecológicos (basadas en datos recogidos a través de los organismos de certificación ecológica de los Estados miembros).
(9) Eurostat: Superficie de cultivos ecológicos por métodos de producción agrícola y cultivos (2023).
(10) Los plaguicidas químicos se producen de forma natural o son artificiales (plaguicidas sintéticos). El término «plaguicidas» en la presente Comunicación se refiere a los productos fitosanitarios definidos en el Reglamento (CE) no 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios y por el que se derogan las Directivas 79/117/CEE y 91/414/CEE del Consejo (DO L 309 de 24.11.2009, p. 1), que incluyen los plaguicidas químicos (artificiales o naturales, como los extractos vegetales) y los plaguicidas no químicos, como los microorganismos.
(11) Por ejemplo, depredadores naturales de plagas, rotación de cultivos o escarda mecánica. Véanse otros ejemplos enumerados en los principios de la gestión integrada de plagas del anexo III de la Directiva 2009/128/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por la que se establece el marco de la actuación comunitaria para conseguir un uso sostenible de los plaguicidas (DO L 309 de 24.11.2009, p. 71).
(12) Eurostat: Ventas de plaguicidas por categorización de sustancias activas (2023).
(13) SWD(2022) 284 final.
(14) Agencia Europea de Medio Ambiente: Indicador europeo de mariposas de los prados (2019).
(15) https://ec.europa.eu/environment/nature/conservation/species/redlist.
(16) https://agriculture.ec.europa.eu/system/files/2022-10/market-presentation-honey_autumn2022_en.pdf.
(17) Eurostat: Índices de aves comunes (2022).
(18) Agencia Europea de Medio Ambiente: Estado de la naturaleza en la UE. Resultados de los informes con arreglo a las Directivas de conservación de la naturaleza 2013-2018 (2020).
(19) Hábitats recogidos en el anexo I de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (DO L 206 de 22.7.1992, p. 7).
https://ec.europa.eu/environment/nature/legislation/habitatsdirective/index_en.htm
(20) COM(2023) 35 final.
(21) COM(2019) 640 final.
(22) https://agriculture.ec.europa.eu/common-agricultural-policy/cap-overview/cap-glance_es.
(23) COM(2020) 381 final.
(24) COM(2020) 380 final.
(25) COM(2021) 400 final.
(26) COM(2022) 304 final.
(27) COM(2022) 305 final.
(28) https://www.cbd.int/article/cop15-final-text-kunming-montreal-gbf-221222.
(29) COM(2022) 133 final; COM(2022) 590 final; SWD(2023) 4 final.
(30) Directiva 2009/128/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por la que se establece el marco de la actuación comunitaria para conseguir un uso sostenible de los plaguicidas (DO L 309 de 24.11.2009, p. 71).
(31) https://europa.eu/citizens-initiative/select-language?destination=/initiatives/details/2017/000002.
(32) Reglamento (UE) 2019/1381 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre la transparencia y la sostenibilidad de la determinación o evaluación del riesgo en la UE en la cadena alimentaria, y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 178/2002, (CE) n.o 1829/2003, (CE) n.o 1831/2003, (CE) n.o 2065/2003, (CE) n.o 1935/2004, (CE) n.o 1331/2008, (CE) n.o 1107/2009 y (UE) 2015/2283, y la Directiva 2001/18/CE (DO L 231 de 6.9.2019, p. 1).
(33) https://food.ec.europa.eu/plants/pesticides/sustainable-use-pesticides/farm-fork-targets-progress/eu-trends_en.
(34) Véase la evaluación de la Directiva sobre el uso sostenible de los plaguicidas disponible en el anexo 8 del documento SWD(2022) 170, parte 2/2; Resolución del Parlamento Europeo sobre la aplicación de la Directiva 2009/128/CE relativa al uso sostenible de los plaguicidas (2019); Informe Especial n.o 05/2020 del Tribunal de Cuentas Europeo titulado «Uso sostenible de productos fitosanitarios: pocos progresos en la medición y en la reducción de riesgos».
(35) https://www.cbd.int/article/cop15-final-text-kunming-montreal-gbf-221222; véase el objetivo 7.
(36) SWD(2022) 170 final.
(37) https://agrilpm.eu.
(38) https://food.ec.europa.eu/plants/pesticides/micro-organisms_en.
(39) Reglamento (CE) no 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios y por el que se derogan las Directivas 79/117/CEE y 91/414/CEE del Consejo (DO L 309 de 24.11.2009, p. 1).
(40) https://better-training-for-safer-food.ec.europa.eu/training/?redirect=0.
(41) https://food.ec.europa.eu/plants/pesticides_en.
(42) https://food.ec.europa.eu/plants/pesticides/approval-active-substances/renewal-approval/neonicotinoids_en.
(43) Reglamento de Ejecución (UE) 2022/686 de la Comisión, de 28 de abril de 2022, por el que se modifican los Reglamentos de Ejecución (UE) 2015/1295 y (UE) n.o 540/2011 en lo relativo a las condiciones de aprobación de la sustancia activa sulfoxaflor (DO L 126 de 29.4.2022, p. 18).
(44) https://food.ec.europa.eu/plants/pesticides/protection-bees_en.
(45) Reglamento (UE) 2023/334 de la Comisión, de 2 de febrero de 2023, por el que se modifican los anexos II y V del Reglamento (CE) n.o 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los límites máximos de residuos de clotianidina y tiametoxam en determinados productos (DO L 47 de 15.2.2023, p. 29).
(46) Reglamento de Ejecución (UE) 2023/574 de la Comisión, de 13 de marzo de 2023, por el que se establecen normas detalladas para la determinación de los coformulantes inaceptables en los productos fitosanitarios de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 75 de 14.3.2023, p. 7).
(47) COM(2022) 540 final (modificación de la Directiva marco sobre el agua, la Directiva sobre normas de calidad ambiental y la Directiva sobre las aguas subterráneas).
(48) Reglamento (UE) 2022/2379 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de noviembre de 2022, relativo a las estadísticas sobre insumos y producción agrícolas, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 617/2008 de la Comisión y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 1165/2008, (CE) n.o 543/2009 y (CE) n.o 1185/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 96/16/CE del Consejo (DO L 315 de 7.12.2022, p. 1).
(49) Reglamento de Ejecución (UE) 2023/564 de la Comisión, de 10 de marzo de 2023, por lo que se refiere al contenido y el formato de los registros de productos fitosanitarios mantenidos por usuarios profesionales de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 74 de 13.3.2023, p. 4).
(50) https://food.ec.europa.eu/safety/food-waste/eu-actions-against-food-waste/food-waste-reduction-targets_en.
(51) https://food.ec.europa.eu/horizontal-topics/farm-fork-strategy/legislative-framework_en.
(52) COM(2021) 141 final/2.
(53) https://ec.europa.eu/info/law/better-regulation/have-your-say/initiatives/12899-Nutrients-action-plan-for-better-management_es.
(54) COM(2022) 304 final.
(55) COM(2021) 699 final.
(56) https://research-and-innovation.ec.europa.eu/funding/funding-opportunities/funding-programmes-and-open-calls/horizon-europe/eu-missions-horizon-europe/soil-health-and-food_en.
(57) Cualquier ayuda recibida en función de la superficie de tierra o el número de animales.
(58) COM(2023) 35 final.
(59) Informe Especial n.o 15/2020 del Tribunal de Cuentas Europeo, titulado Protección de los polinizadores silvestres en la UE — Las iniciativas de la Comisión no han dado frutos.
(60) COM(2021) 261 final.
(61) Existen veintiocho planes estratégicos de la PAC: uno para cada uno de los veintisiete Estados miembros de la UE y dos para Bélgica.
(62) Suma de los objetivos incluidos por todos los Estados miembros en sus planes estratégicos de la PAC que deben alcanzarse al final del período del plan estratégico de la PAC.
(63) Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1165 de la Comisión, de 15 de julio de 2021, por el que se autorizan determinados productos y sustancias para su uso en la producción ecológica y se establecen sus listas (DO L 253 de 16.7.2021, p. 13).
(64) Artículo 210 bis del Reglamento (UE) n.o 1308/2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios, introducido por el Reglamento (UE) 2021/2117 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, que modifica los Reglamentos (UE) n.o 1308/2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios, (UE) n.o 1151/2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, (UE) n.o 251/2014, sobre la definición, descripción, presentación, etiquetado y protección de las indicaciones geográficas de los productos vitivinícolas aromatizados, y (UE) n.o 228/2013, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión (DO L 435 de 6.12.2021, p. 262).
(65) Artículo 15 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.o 1305/2013 y (UE) n.o 1307/2013 (DO L 435 de 6.12.2021, p. 1).
(66) https://eu-cap-network.ec.europa.eu.
(67) https://research-and-innovation.ec.europa.eu/research-area/agriculture-forestry-and-rural-areas/ecological-approaches-and-organic-farming/partnership-agroecology_en.
(68) https://futureu.europa.eu/es.