22.6.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 220/29


Notificación previa de una concentración

(Asunto M.11104 — HUTCHISON PORTS SOKHNA / GOLDEN CHANCE INVESTMENT ENTERPRISE / CMA TERMINALS / JV)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2023/C 220/09)

1.   

El 15 de junio de 2023, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).

La notificación se refiere a las empresas siguientes:

Hutchison Port Sokhna Limited («HPSL», Reino Unido), bajo el control de CK Hutchison Holdings Limited («CKHH», Islas Caimán),

Golden Chance Investment Enterprise Limited («Golden Chance», Hong Kong), bajo el control de China COSCO Shipping Corporation Limited («COSCO», Hong Kong),

CMA Terminals SAS («CMAT», Francia), bajo el control de CMA CGM S.A. («CMA CGM», Francia),

Una empresa de nueva creación («Target JV», Reino Unido).

HPSL, Golden Chance y CMAT adquirirán, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), y en el artículo 3, apartado 4, del Reglamento de concentraciones, el control conjunto indirecto de Target JV.

La concentración se realiza mediante la adquisición de acciones en una empresa en participación de nueva creación.

2.   

Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son las siguientes:

HPSL es una división operativa de CKHH, referente mundial en la promoción y explotación de puertos de contenedores y en la prestación de servicios de logística asociados. CKHH tiene cuatro líneas de negocio principales: puertos y servicios portuarios, comercio minorista, infraestructura y telecomunicaciones.

Golden Chance es una filial de COSCO dedicada a la explotación de puertos. Entre las actividades de COSCO se encuentran el transporte marítimo de mercancías, la logística, la construcción y reparación navales, servicios de gestión de buques, la ingeniería marítima, operaciones portuarias y servicios financieros e informáticos asociados.

CMAT es una filial de CMA CGM dedicada a distintos servicios relacionados con el transporte marítimo, entre ellos la explotación de buques portacontenedores y la prestación de servicios portuarios. CMA CGM también se dedica a servicios de transitario de carga y de logística de contratos a través de su filial al 100 %, CEVA Logistics, y ofrece una gama limitada de servicios auxiliares de gestión de cadena de suministro a través de su filial al 100 %, CMA CGM Inland Services (CCIS). Por último, además, CMA CGM acaba de crear CMA CGM Air Cargo y poner en marcha la prestación de servicios de transporte aéreo de mercancías.

3.   

Target JV construirá, promoverá y explotará una terminal de contenedores en el puerto de Ain Sokhna en Egipto.

4.   

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.

5.   

La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de 10 días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la referencia:

M.11104 HUTCHISON PORTS SOKHNA / GOLDEN CHANCE INVESTMENT ENTERPRISE / CMA TERMINALS / JV

Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico o correo postal a la dirección siguiente:

Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu

Dirección postal:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.