Bruselas, 24.5.2023

COM(2023) 624 final

Recomendación de

RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

relativa al Programa Nacional de Reformas de 2023 de Eslovenia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2023 de Eslovenia

{SWD(2023) 624 final}


Recomendación de

RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

relativa al Programa Nacional de Reformas de 2023 de Eslovenia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2023 de Eslovenia

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,

Visto el Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas 1 , y en particular su artículo 5, apartado 2,

Vista la Recomendación de la Comisión Europea,

Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,

Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,

Visto el Dictamen del Comité de Empleo,

Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,

Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,

Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,

Considerando lo siguiente:

(1)El Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo 2 , por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, entró en vigor el 19 de febrero de 2021. Este Mecanismo proporciona ayuda financiera a los Estados miembros para la realización de reformas e inversiones, lo que supone un impulso fiscal financiado por la Unión. En consonancia con las prioridades del Semestre Europeo, contribuye a la recuperación económica y social y a la realización de reformas e inversiones sostenibles, en particular para promover las transiciones ecológica y digital y reforzar la resiliencia de las economías de los Estados miembros. Asimismo, ayuda a fortalecer las finanzas públicas y a impulsar el crecimiento y la creación de empleo a medio y largo plazo, a mejorar la cohesión territorial dentro de la UE y a que prosiga la ejecución del pilar europeo de derechos sociales. La contribución financiera máxima por Estado miembro en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia fue actualizada el 30 de junio de 2022, de conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2021/241.

(2)El 22 de noviembre de 2022, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento Sostenible 3 para 2023, lo que marcó el inicio del Semestre Europeo de 2023 para la coordinación de las políticas económicas. El 23 de marzo de 2023, el Consejo Europeo refrendó las prioridades del Estudio en torno a las cuatro dimensiones de la sostenibilidad competitiva. El 22 de noviembre de 2022, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.º 1176/2011, adoptó asimismo el Informe sobre el Mecanismo de Alerta de 2023, en el que no se señalaba a Eslovenia como uno de los Estados miembros que pueden presentar desequilibrios o pueden estar expuestos al riesgo de padecerlos, y para los que sería necesario un examen exhaustivo. En la misma fecha, la Comisión adoptó también un dictamen sobre el proyecto de plan presupuestario de Eslovenia para 2023. La Comisión adoptó también una Recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro, que fue adoptada el 16 de mayo de 2023 por el Consejo, así como la propuesta de Informe Conjunto sobre el Empleo de 2023, en el que se analiza la aplicación de las orientaciones para las políticas de empleo y los principios del pilar europeo de derechos sociales y que fue adoptada por el Consejo el 13 de marzo de 2023.

(3)Aunque las economías de la UE están mostrando una notable resiliencia, el contexto geopolítico sigue teniendo una incidencia negativa. En tanto que la UE respalda de manera firme a Ucrania, su agenda de política económica y social se centra en reducir los efectos negativos de las perturbaciones energéticas a corto plazo, tanto para los hogares como para las empresas vulnerables, y en mantener los esfuerzos para contribuir a la consecución de las transiciones ecológica y digital, apoyar el crecimiento sostenible e inclusivo, salvaguardar la estabilidad macroeconómica y aumentar la resiliencia a medio plazo. También se centra especialmente en aumentar la competitividad y la productividad de la UE.

(4)El 1 de febrero de 2023, la Comisión publicó la Comunicación titulada «Un Plan Industrial del Pacto Verde para la era de cero emisiones netas» 4 con el fin de impulsar la competitividad de la industria de cero emisiones netas de la UE y apoyar la rápida transición hacia la neutralidad climática. El Plan complementa los esfuerzos que se están realizando en el marco del Pacto Verde Europeo y del plan REPowerEU. Su objetivo es crear un entorno más propicio para aumentar la capacidad de fabricación de la UE en relación con las tecnologías y productos de cero emisiones netas necesarios para cumplir los ambiciosos objetivos climáticos de la UE, así como garantizar el acceso a las materias primas fundamentales pertinentes, en particular mediante la diversificación del abastecimiento, la explotación adecuada de los recursos geológicos en los Estados miembros y la maximización del reciclado de materias primas. El Plan se basa en cuatro pilares: un marco regulador previsible y simplificado, un acceso más rápido a la financiación, la mejora de las capacidades y un comercio abierto para unas cadenas de suministro resilientes. El 16 de marzo de 2023, la Comisión publicó también la Comunicación titulada «Competitividad a largo plazo de la UE: más allá de 2030» 5 , estructurada en torno a nueve factores que se refuerzan mutuamente, con el objetivo de trabajar en pos de un marco normativo que favorezca al crecimiento. La Comunicación establece prioridades políticas destinadas a garantizar activamente mejoras estructurales, inversiones bien enfocadas y medidas normativas para la competitividad a largo plazo de la UE y sus Estados miembros. Las recomendaciones que figuran a continuación contribuyen a abordar estas prioridades.

(5)En 2023, el Semestre Europeo para la coordinación de las políticas económicas sigue evolucionando en consonancia con la aplicación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. La ejecución plena de los planes de recuperación y resiliencia sigue siendo esencial para cumplir las prioridades políticas en el marco del Semestre Europeo, ya que dichos planes abordan la totalidad o una parte significativa de las recomendaciones específicas por país pertinentes formuladas en los últimos años. Las recomendaciones específicas por país de 2019, 2020 y 2022 siguen siendo igual de pertinentes también para los planes de recuperación y resiliencia revisados, actualizados o modificados de conformidad con los artículos 14, 18 y 21 del Reglamento (UE) 2021/241.

(6)El Reglamento relativo a REPowerEU 6 , adoptado el 27 de febrero de 2023, tiene por objeto eliminar rápidamente la dependencia de la UE de las importaciones de combustibles fósiles de Rusia. Esto contribuirá a la seguridad energética y a la diversificación del suministro energético de la UE y aumentará la implantación de las energías renovables, la capacidad de almacenamiento de energía y la eficiencia energética. El Reglamento permite a los Estados miembros incluir un nuevo capítulo de REPowerEU en sus planes nacionales de recuperación y resiliencia con el fin de financiar reformas e inversiones clave que contribuyan a alcanzar los objetivos de REPowerEU. También contribuirán a impulsar la competitividad de la industria de cero emisiones netas de la UE, tal como se indica en el Plan Industrial del Pacto Verde para la era de cero emisiones netas, y a poner en práctica las recomendaciones específicas por país en materia de energía dirigidas a los Estados miembros en 2022 y, en su caso, en 2023. El Reglamento relativo a REPowerEU introduce una nueva categoría de ayuda financiera no reembolsable, facilitada a los Estados miembros para financiar nuevas reformas e inversiones relacionadas con la energía en el marco de sus respectivos planes de recuperación y resiliencia.

(7)El 8 de marzo de 2023, la Comisión adoptó una Comunicación en la que se proporcionan orientaciones para la política fiscal en 2024. Su objetivo es apoyar la elaboración de los programas de estabilidad y convergencia de los Estados miembros y así reforzar la coordinación de las políticas 7 . La Comisión recordó que la cláusula general de salvaguardia del Pacto de Estabilidad y Crecimiento se desactivará a finales de 2023 y abogó por unas políticas fiscales en 2023-2024 que garanticen la sostenibilidad de la deuda a medio plazo y aumenten el potencial de crecimiento de manera sostenible. Se invitó a los Estados miembros a que explicaran en sus programas de estabilidad y convergencia de 2023 el modo en que sus planes de política fiscal garantizarán el respeto del valor de referencia del déficit del 3 % del PIB y una reducción de la deuda verosímil y continuada o su mantenimiento en niveles prudentes a medio plazo. La Comisión invitó a los Estados miembros a eliminar gradualmente las medidas fiscales nacionales introducidas para proteger a los hogares y las empresas de la perturbación en los precios de la energía, empezando por las menos específicas. Indicó que, si fuera necesario prorrogar las medidas de apoyo en respuesta a nuevas presiones sobre los precios de la energía, los Estados miembros deberían orientarlas mucho mejor que en el pasado a los hogares y las empresas vulnerables. La Comisión propuso que las recomendaciones de política fiscal se cuantificaran y diferenciaran y se formularan sobre la base del gasto primario neto, tal como se propone en su Comunicación sobre las orientaciones para una reforma del marco de gobernanza económica de la UE 8 . Recomendó que todos los Estados miembros deben seguir protegiendo las inversiones financiadas a escala nacional y garantizar la absorción efectiva de los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y otros fondos de la UE, atendiendo especialmente a las transiciones ecológica y digital y a los objetivos en materia de resiliencia. La Comisión indicó también que propondrá al Consejo la apertura, en la primavera de 2024, de los procedimientos de déficit excesivo basados en los datos de ejecución de 2023, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

(8)El 26 de abril de 2023, la Comisión presentó propuestas legislativas para la ejecución de una reforma exhaustiva de las normas de gobernanza económica de la UE. El objetivo principal de las propuestas es reforzar la sostenibilidad de la deuda pública y promover un crecimiento sostenible e inclusivo en todos los Estados miembros a través de reformas e inversiones. Las propuestas tienen por objeto proporcionar a los Estados miembros un mayor control sobre el diseño de sus planes a medio plazo, estableciendo, a su vez, un régimen de aplicación más estricto para garantizar que los Estados miembros cumplan los compromisos adoptados en sus planes fiscales estructurales a medio plazo. El objetivo es que la labor legislativa concluya en 2023.

(9)El 30 de abril de 2021, Eslovenia presentó su Plan Nacional de Recuperación y Resiliencia a la Comisión, de conformidad con el artículo 18, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/241. De conformidad con el artículo 19 del Reglamento (UE) 2021/241, la Comisión evaluó la pertinencia, la eficacia, la eficiencia y la coherencia del plan de recuperación y resiliencia, con arreglo a las directrices de evaluación del anexo V de dicho Reglamento. El 28 de julio de 2021, el Consejo adoptó su Decisión relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de Eslovenia 9 . El desembolso de los tramos está supeditado a una decisión de la Comisión, adoptada de conformidad con el artículo 24, apartado 5, del Reglamento (UE) 2021/241, por la que se establezca que Eslovenia ha cumplido satisfactoriamente los hitos y objetivos pertinentes enunciados en la Decisión de Ejecución del Consejo. El cumplimiento satisfactorio presupone que no se ha frustrado la consecución de los hitos y objetivos anteriores.

(10)El 14 de abril de 2023, Eslovenia presentó su Programa Nacional de Reformas de 2023 y, el 26 de abril de 2023, su Programa de Estabilidad de 2023, de conformidad con el artículo 4, apartado 1, del Reglamento (CE) n.º 1466/97. Teniendo en cuenta sus interrelaciones, ambos programas se han evaluado conjuntamente. De conformidad con el artículo 27 del Reglamento (UE) 2021/241, el Programa Nacional de Reformas de 2023 refleja también el informe semestral de Eslovenia sobre los avances realizados en la ejecución de su plan de recuperación y resiliencia.

(11)La Comisión publicó el informe específico de 2023 sobre Eslovenia 10 el 24 de mayo de 2023. En él se evaluaban los avances realizados por Eslovenia para poner en práctica las recomendaciones específicas por país pertinentes adoptadas por el Consejo entre 2019 y 2022 y se hacía balance de la ejecución del plan de recuperación y resiliencia por parte de Eslovenia. Sobre la base de este análisis, el informe por país señala las deficiencias con respecto a los retos que no se abordan, o solo se abordan parcialmente, en el plan de recuperación y resiliencia, así como los retos nuevos y emergentes. Asimismo, evalúa los avances de Eslovenia en la aplicación del pilar europeo de derechos sociales y en la consecución de los objetivos principales de la UE en materia de empleo, capacidades y reducción de la pobreza, así como en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas.

(12)Sobre la base de los datos validados por Eurostat 11 , el déficit de las administraciones públicas de Eslovenia disminuyó del 4,6 % del PIB en 2021 al 3,0 % en 2022, mientras que la deuda de las administraciones públicas cayó del 74,5 % del PIB a finales de 2021 al 69,9 % a finales de 2022. El 24 de mayo de 2023, la Comisión publicó un informe en virtud del artículo 126, apartado 3, del TFUE 12 . Dicho informe analizaba la situación presupuestaria de Eslovenia, ya que se prevé que el déficit de las administraciones públicas supere el 3 % del PIB en 2023. El informe concluía que no se cumplía el criterio de déficit. De conformidad con la Comunicación de 8 de marzo de 2023 13 , la Comisión no propuso iniciar nuevos procedimientos de déficit excesivo en la primavera de 2023; a su vez, la Comisión declaró que propondrá al Consejo el inicio de procedimientos de déficit excesivo basados en el déficit en la primavera de 2024 sobre la base de los datos de ejecución de 2023. Eslovenia debe tenerlo en cuenta en la ejecución de su presupuesto de 2023 y en la preparación del proyecto de plan presupuestario para 2024.

(13)El saldo de las administraciones públicas se ha visto afectado por las medidas de política fiscal adoptadas para mitigar las repercusiones económicas y sociales del aumento de los precios de la energía. En 2022, estas medidas de reducción de los ingresos incluían la reducción temporal del IVA sobre la electricidad, el gas, la calefacción a distancia y la leña, y de los impuestos especiales sobre los combustibles, el gas y la electricidad y la reducción temporal del impuesto del CO2 sobre los combustibles; mientras que estas medidas de aumento del gasto incluían un aumento de la asignación por hijo a cargo durante dos meses, el subsidio energético para las personas socialmente vulnerables y las subvenciones a las empresas basadas en los precios pagados en comparación con 2021. La Comisión estima el coste presupuestario neto de estas medidas en un 1,0 % del PIB en 2022. El saldo de las administraciones públicas también se ha visto afectado por el coste presupuestario de la protección temporal a los desplazados procedentes de Ucrania, que se estima en el 0,1 % del PIB en 2022. Al mismo tiempo, el coste estimado de las medidas temporales de emergencia contra la COVID-19 se redujo al 1,0 % del PIB en 2022, frente al 4,1 % en 2021.

(14)El 18 de junio de 2021, el Consejo recomendó a Eslovenia 14 que, en 2022, mantenga una orientación expansiva de la política fiscal, aprovechando el impulso ofrecido por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y preserve la inversión financiada a escala nacional.

(15)Según las estimaciones de la Comisión, la orientación de la política fiscal 15 en 2022 era favorable, del – 1,2 % del PIB, como recomendaba el Consejo. Tal como recomendó el Consejo, Eslovenia siguió apoyando la recuperación con inversiones financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Los gastos financiados con subvenciones del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y otros fondos de la UE ascendieron al 0,7 % del PIB en 2022 (el 0,8 % en 2021). Las inversiones financiadas a escala nacional tuvieron un efecto expansivo de 0,7 puntos porcentuales en la orientación de la política fiscal 16 . Por consiguiente, Eslovenia preservó las inversiones financiadas a escala nacional, tal y como recomendó el Consejo. Al mismo tiempo, el incremento del gasto primario corriente financiado a escala nacional (neto de las nuevas medidas relativas a los ingresos) tuvo un efecto expansivo de 0,4 puntos porcentuales en la orientación de la política fiscal. Este importante efecto expansivo incluía el impacto adicional de las medidas de política fiscal para mitigar las repercusiones económicas y sociales del aumento de los precios de la energía (coste presupuestario neto adicional del 1,0 % del PIB), así como los costes de la protección temporal para las personas desplazadas procedentes de Ucrania (el 0,1 % del PIB). Por lo tanto, Eslovenia mantuvo suficientemente bajo control el incremento del gasto corriente financiado a escala nacional.

(16)El escenario macroeconómico en el que se basan las previsiones presupuestarias del Programa de Estabilidad es optimista para 2023 y realista para años posteriores. El Gobierno prevé un aumento del PIB real del 1,8 % en 2023 y del 2,5 % en 2024. En cambio, las previsiones de la primavera de 2023 de la Comisión prevén un menor crecimiento del PIB real, del 1,2 % en 2023 y del 2,2 % en 2024, debido principalmente a una menor contribución de las exportaciones netas al crecimiento.

(17)En su Programa de Estabilidad de 2023, el Gobierno espera que la ratio de déficit de las administraciones públicas aumente al 4,1 % del PIB en 2023. El aumento en 2023 obedece principalmente a un aumento de la inversión pública debido al final del período de absorción del anterior marco financiero plurianual 2014-2020 y a las elevadas subvenciones. Según el Programa, se espera que la ratio deuda pública/PIB disminuya del 69,9 % a finales de 2022 al 68,9 % a finales de 2023. Las previsiones de la primavera de 2023 de la Comisión contemplan un déficit público del 3,7 % del PIB en 2023. Esta cifra es inferior al déficit previsto en el Programa de Estabilidad, debido principalmente a la menor inversión pública debido a las limitaciones de la capacidad de absorción y a la menor absorción de las subvenciones y medidas relacionadas con la energía adoptadas para mitigar los efectos económicos y sociales del aumento de los precios de la energía. Las previsiones de la primavera de 2023 de la Comisión prevén una ratio deuda pública/PIB similar, del 69,1 % a finales de 2023.

(18)Se prevé que el saldo de las administraciones públicas en 2023 siga viéndose afectado por las medidas fiscales adoptadas para mitigar las repercusiones económicas y sociales del aumento de los precios de la energía. Se trata de medidas vigentes en 2022 y que se han prorrogado (en particular: reducción temporal del IVA sobre la electricidad, el gas, la calefacción a distancia y la leña, y de los impuestos especiales sobre los combustibles, el gas y la electricidad, y reducción temporal del impuesto sobre el CO2 aplicable a los combustibles) y nuevas medidas como un nuevo régimen más amplio de subvenciones a las empresas basado en los precios pagados en comparación con 2021 y compensación para los distribuidores de electricidad y gas natural que suministran electricidad y gas natural a clientes (por ejemplo, hogares o pymes) cuyos precios de la electricidad y el gas natural están sujetos a límites de precios fijados por el Gobierno. El coste presupuestario neto de las medidas de apoyo se estima en las previsiones de la primavera de 2023 de la Comisión en un 0,9 % del PIB en 2023 17 . La mayoría de las medidas de 2023 no parecen dirigidas a los hogares o las empresas más vulnerables y la mayoría no mantienen plenamente la señal de precios para reducir la demanda de energía y aumentar la eficiencia energética. En consecuencia, el importe de las medidas de apoyo específicas, que debe tenerse en cuenta en la evaluación del cumplimiento de la recomendación de política fiscal para 2023, se estima en las previsiones de la primavera de 2023 de la Comisión en el 0,1 % del PIB en 2023 (frente al 0,6 % del PIB en 2022). Por último, se espera que el saldo de las administraciones públicas en 2023 se vea favorecido por la supresión gradual de las medidas temporales de emergencia contra la COVID-19, equivalentes al 1,0 % del PIB.

(19)El 12 de julio de 2022, el Consejo recomendó 18 a Eslovenia que adoptara medidas para garantizar que, en 2023, el aumento del gasto primario corriente financiado a escala nacional se ajuste a una orientación general neutra de la política fiscal 19 , teniendo en cuenta la continuación del apoyo temporal y específico a los hogares y las empresas más vulnerables frente a las subidas de los precios de la energía y a las personas que huyen de Ucrania. Eslovenia debe estar dispuesta a ajustar sus gastos corrientes a la situación cambiante. Asimismo, se recomendó a Eslovenia que aumentara la inversión pública en los ámbitos de las transiciones ecológica y digital y de la seguridad energética teniendo en cuenta la iniciativa REPowerEU, utilizando también el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y otros fondos de la Unión.

(20)Las previsiones de la primavera de 2023 de la Comisión estiman que, en 2023, la orientación de la política fiscal será expansiva (– 1,2 % del PIB), en un contexto de elevada inflación, tras una orientación también expansiva de la política fiscal en 2022 (– 1,2 % del PIB). Se prevé que en 2023 el incremento del gasto corriente primario financiado a escala nacional (neto de las medidas discrecionales relativas a los ingresos) tenga un efecto expansivo del 0,3 % del PIB en la orientación de la política fiscal. Esto se produce a pesar de la reducción del coste de las medidas de apoyo específicas para los hogares y las empresas más vulnerables a los aumentos de los precios de la energía en un 0,5 % del PIB. El efecto expansivo del gasto primario corriente neto financiado a escala nacional no se debe, por tanto, al apoyo específico a los hogares y las empresas más vulnerables a las subidas de los precios de la energía y a las personas que huyen de Ucrania. El crecimiento expansivo de los gastos primarios corrientes financiados a escala nacional (neto de las medidas discrecionales relativas a los ingresos) está impulsado por subvenciones más elevadas y un aumento de la masa salarial del sector público. En resumen, el crecimiento previsto del gasto primario corriente financiado a escala nacional no está en consonancia con la Recomendación del Consejo. El gasto financiado mediante subvenciones del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y otros fondos de la UE ascendió al 1,6 % del PIB en 2023, mientras que las inversiones financiadas a escala nacional aportaron un efecto expansivo a la orientación de la política fiscal de 0,1 puntos porcentuales 20 . Por tanto, Eslovenia tiene previsto financiar inversiones adicionales a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y otros fondos de la UE y se prevé que preserve las inversiones financiadas a escala nacional. Tiene previsto financiar las inversiones públicas destinadas a las transiciones ecológica y digital y a la seguridad energética, tales como la infraestructura ferroviaria, la prevención contra las inundaciones, la salud, la investigación e innovación, financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y otros fondos de la UE.

(21)De acuerdo con el Programa de Estabilidad, se espera que el déficit de las administraciones públicas disminuya hasta alcanzar el 2,8 % del PIB en 2024. La disminución en 2024 refleja principalmente la reducción de las subvenciones tras la retirada de las medidas adoptadas para mitigar las repercusiones económicas del aumento de los precios de la energía y la reducción de la inversión pública tras la absorción de los fondos de la UE del anterior marco financiero plurianual, que finaliza en 2023. El Programa prevé que la ratio deuda pública/PIB disminuya al 66,5 % a finales de 2024. Sobre la base de las medidas políticas conocidas en la fecha límite de las previsiones, las previsiones de la primavera de 2023 de la Comisión indican un déficit público del 2,9 % del PIB en 2024. Esta cifra es superior al déficit previsto en el programa, debido principalmente a la mayor remuneración de los asalariados y a las prestaciones sociales. Las previsiones de la primavera de 2023 de la Comisión prevén una ratio deuda pública/PIB similar del 66,6 % a finales de 2024.

(22)El Programa de Estabilidad prevé la eliminación progresiva de todas las medidas de apoyo a la energía en 2024. La Comisión también asume la supresión total de las medidas de apoyo a la energía en 2024. Ello depende de que no se produzcan nuevos aumentos del precio de la energía.

(23)El Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo exige una mejora anual del saldo presupuestario estructural hacia el objetivo a medio plazo de un 0,5 % del PIB como valor de referencia 21 . Teniendo en cuenta las consideraciones de sostenibilidad presupuestaria 22 y la necesidad de reducir el déficit por debajo del valor de referencia del 3 % del PIB, sería adecuada una mejora del saldo estructural de al menos el 0,5 % del PIB en 2024. Para garantizar dicha mejora, el incremento del gasto primario neto financiado a escala nacional 23 en 2024 no debería superar el 5,5 %, tal como se refleja en la presente Recomendación. Al mismo tiempo, las restantes medidas de apoyo a la energía (estimadas actualmente por la Comisión en un 0,9 % del PIB en 2023) deben suprimirse gradualmente, en función de la evolución del mercado de la energía y empezando por las menos específicas, y el ahorro correspondiente debe utilizarse para reducir el déficit público. Según las estimaciones de la Comisión, esto llevaría a un incremento del gasto primario neto inferior a la tasa de crecimiento máxima recomendada para 2024. Además, según las previsiones de la primavera de 2023 de la Comisión, el incremento de los gastos corrientes primarios netos financiados a escala nacional en 2023 no se ajusta a la Recomendación del Consejo. Si esto se confirma, sería apropiado un menor incremento del gasto primario neto en 2024.

(24)Suponiendo que no se modifiquen las políticas, las previsiones de la primavera de 2023 de la Comisión prevén que el gasto primario neto financiado a escala nacional crezca un 3,0 % en 2024, lo que es inferior a la tasa de crecimiento recomendada.

(25)Según el Programa, se espera que la inversión pública disminuya del 6,4 % del PIB en 2023 al 5,5 % del PIB en 2024. La reducción de la inversión refleja una disminución de la inversión financiada a escala nacional y de la financiada por la UE, pero una mayor inversión con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. El Programa se refiere a reformas e inversiones que se espera que contribuyan a la sostenibilidad fiscal y a un crecimiento sostenible e integrador. Entre ellas se incluyen inversiones en infraestructuras ferroviarias, salud, investigación e innovación y elementos de las transiciones ecológica y digital que también forman parte del Plan de Recuperación y Resiliencia.

(26)El Programa de Estabilidad traza una senda fiscal a medio plazo hasta 2026. De acuerdo con el Programa, se espera que el déficit de las administraciones públicas disminuya hasta alcanzar el 2,2 % del PIB en 2025 y el 1,3 % en 2026. Se prevé que el déficit de las administraciones públicas se mantenga por debajo del 3 % del PIB a partir de 2024 y hasta el final del período cubierto por el programa. Según el Programa, se espera que la ratio deuda pública/PIB disminuya del 66,5 % a finales de 2024, al 63,5 % a finales de 2026.

(27)Se espera que el gasto sanitario aumente en 1,5 puntos porcentuales del PIB entre 2019 y 2070 y que los costes de los cuidados de larga duración se dupliquen de aquí a 2055. Eslovenia se enfrenta a elevados riesgos para la sostenibilidad de las finanzas públicas a medio y largo plazo, impulsados por el gasto relacionado con el envejecimiento de la población. El país ha iniciado reformas integrales en el ámbito de la asistencia sanitaria y los cuidados de larga duración en los últimos años. Sin embargo, la aplicación de la reforma de los cuidados de larga duración se ha retrasado y su financiación a medio y largo plazo aún no está garantizada. La planificación de la reforma de la asistencia sanitaria también sugiere que se aplicará en varias etapas, centrándose en el acceso a servicios de alta calidad y en la mejora de los derechos sociales y la inclusión. Si bien esto supondrá una presión adicional sobre las finanzas públicas, será fundamental que Eslovenia presente un conjunto de medidas que establezcan una base de ingresos estable que no socave el equilibrio fiscal a medio y largo plazo.

(28)Las modificaciones introducidas en diciembre de 2022 en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas revirtieron la mayoría de los cambios anteriores aprobados en marzo de 2022 que tenían por objeto reducir la fiscalidad del trabajo y habrían tenido un impacto presupuestario negativo de hasta el 1,3 % del PIB de aquí a 2025. En comparación con el agregado de la UE, los ingresos fiscales de Eslovenia como porcentaje del PIB son ligeramente inferiores y algunos impuestos relativamente favorables al crecimiento están infrautilizados. Eslovenia depende en gran medida de la fiscalidad del trabajo: la proporción de los impuestos sobre el trabajo en los ingresos fiscales totales es superior al total de la UE. Los impuestos recurrentes sobre bienes inmuebles son relativamente bajos en Eslovenia (0,5 % del PIB frente a una media de la UE del 1,1 % del PIB). Una reforma fiscal ecológica y favorable al crecimiento puede favorecer el saneamiento presupuestario y el crecimiento sostenible a largo plazo. Esta reforma fiscal podría facilitar el abandono de la fiscalidad del trabajo, a través de una mayor proporción de impuestos recurrentes sobre bienes inmuebles, y fomentar la creación de puestos de trabajo en la era de cero emisiones netas y en otros sectores de mayor valor añadido. La reducción de los impuestos sobre el trabajo también estimularía la oferta de mano de obra, en particular de trabajadores cualificados y extranjeros.

(29)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra b), y con el anexo V, criterio 2.2, del Reglamento (UE) 2021/241, el plan de recuperación y resiliencia incluye un amplio conjunto de reformas e inversiones que se refuerzan mutuamente y que deben realizarse para 2026. La ejecución del plan de recuperación y resiliencia de Eslovenia está en curso, aunque con un riesgo cada vez mayor de retrasos. Eslovenia presentó una solicitud de pago, correspondiente a 12 hitos y objetivos del plan y que dio lugar a un desembolso global de alrededor de 49,6 millones EUR. Para avanzar más rápidamente en la aplicación de su PRR en el difícil entorno actual, es necesario reforzar la capacidad administrativa y de gobernanza de Eslovenia, así como garantizar que las decisiones necesarias se adopten sin demora. Esto se refiere, en particular, a las reformas estructurales de la asistencia sanitaria, los cuidados de larga duración, las pensiones y la fiscalidad. La adenda del PRR y el capítulo adicional sobre el REPowerEU deben establecer un calendario realista para las solicitudes de pago restantes y deben presentarse rápidamente para evitar nuevos retrasos o perturbaciones en la ejecución del plan. La rápida inclusión del nuevo capítulo de REPowerEU en el plan de recuperación y resiliencia permitirá financiar reformas e inversiones adicionales en apoyo de los objetivos estratégicos de Eslovenia en el ámbito de la energía y la transición ecológica. La participación sistemática y efectiva de las administraciones locales y regionales, los interlocutores sociales y otras partes interesadas pertinentes sigue siendo importante para la ejecución satisfactoria del plan de recuperación y resiliencia, así como de otras políticas económicas y de empleo que van más allá de lo que aquel abarca, a fin de garantizar una amplia asunción del programa de políticas en su conjunto.

(30)La Comisión aprobó todos los documentos de programación de la política de cohesión de Eslovenia en 2022. Resulta fundamental avanzar en la rápida ejecución de los programas de la política de cohesión de manera complementaria y en sinergia con el plan de recuperación y resiliencia, incluido el capítulo de REPowerEU, para lograr las transiciones ecológica y digital, aumentar la resiliencia económica y social y propiciar un desarrollo territorial equilibrado en Eslovenia.

(31)Eslovenia dependía efectivamente de Rusia como único proveedor de gas natural al país antes de que invadiera Ucrania. Sin embargo, a partir de 2023, Eslovenia pudo asegurarse aproximadamente un tercio de su suministro de gas natural a través de las importaciones procedentes de Argelia. El gas sigue desempeñando un papel importante en la combinación energética de Eslovenia (12 %) y constituye una fuente de energía esencial para la industria, al tiempo que también proporciona flexibilidad en el sector eléctrico. Por consiguiente, debe avanzarse en la descarbonización de la industria y el sector eléctrico mediante el despliegue acelerado de las energías renovables y las medidas de eficiencia energética. En su plan nacional de energía y clima, Eslovenia fijó un objetivo del 27 % como contribución al objetivo en materia de energías renovables para 2030 de la UE. Esta cifra es considerablemente inferior a la cuota de energías renovables del 37 % en 2030 prevista en el anexo II del Reglamento (UE) 2018/1999 24 . Eslovenia alcanzó su objetivo de 2021 en cuanto a la cuota de energía procedente de fuentes renovables en el consumo final bruto de energía (25 %) utilizando el mecanismo de cooperación transfronteriza de la UE de conformidad con la Directiva (UE) 2018/2001 25 (mediante transferencias estadísticas). Los procedimientos de concesión de permisos para instalaciones de energía renovable a escala de la red siguen siendo un cuello de botella, en gran medida debido a la complejidad y lentitud de los procedimientos medioambientales, especialmente en el caso de las instalaciones eólicas, en las que los procedimientos pueden durar hasta varios años. Eslovenia tendrá que reforzar sustancialmente su objetivo en materia de energías renovables en su plan nacional actualizado de energía y clima para reflejar los objetivos más ambiciosos de la UE en materia de clima y energía en el paquete de medidas «Objetivo 55» y en el plan REPowerEU. El consumo de gas natural en Eslovenia disminuyó un 14 % en el período comprendido entre agosto de 2022 y marzo de 2023, en comparación con el consumo medio de gas durante el mismo período de los cinco años anteriores, muy por debajo del objetivo de reducción del 15 %. Eslovenia podría intensificar los esfuerzos para reducir temporalmente la demanda de gas hasta el 31 de marzo de 2024 26 .

(32)El plan de recuperación y resiliencia esloveno ya incluye importantes reformas e inversiones destinadas a: i) aumentar la cuota de fuentes de energía renovables en el consumo final bruto de energía; ii) facilitar el acceso y la integración en la red eléctrica de instalaciones de producción de fuentes de energía renovables; y iii) mejorar la eficiencia energética y las renovaciones de los edificios públicos; iv) habilitar el despliegue de una infraestructura para los combustibles alternativos. Aunque las medidas en el marco del plan de recuperación y resiliencia constituyen un paso importante en la diversificación con respecto a los combustibles fósiles, podría hacerse un mayor esfuerzo para acelerar el despliegue de las energías renovables en todos los sectores. Esto podría implicar la designación de áreas prioritarias para las instalaciones de energía renovable, una mayor simplificación y reducción de los procedimientos de concesión de permisos, el refuerzo de la red y la mejora de la gestión global de la red (para permitir la conexión de más instalaciones de energía renovable, especialmente en los niveles de baja y media tensión). Centrarse más en el transporte y las infraestructuras de cero emisiones contribuiría a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y la dependencia de los combustibles fósiles.

(33)La escasez de mano de obra y de personal cualificado en sectores y ocupaciones clave para la transición ecológica, como la industria manufacturera y el despliegue y mantenimiento de tecnologías de cero emisiones netas, está creando cuellos de botella en la transición hacia una economía de cero emisiones netas. Para reducir la escasez de personal cualificado y promover la inclusión y la reasignación de la mano de obra, es fundamental disponer de unos sistemas de educación y formación de alta calidad que respondan a las necesidades cambiantes del mercado laboral y aplicar medidas específicas de mejora de las capacidades y de reciclaje profesional. A fin de aprovechar la oferta de mano de obra no utilizada, estas medidas deben ser accesibles, en particular para las personas y en los sectores y regiones más afectados por la transición ecológica. El refuerzo de la enseñanza en ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas podría reforzar la capacidad del sistema educativo para dotar con éxito a los alumnos de competencias para las transiciones ecológica y digital. En 2022 se notificó escasez de mano de obra en Eslovenia en sesenta y seis ocupaciones que requerían capacidades o conocimientos específicos para la transición ecológica. La tasa de vacantes de empleo aumentó en sectores clave como la construcción (del 3,5 % en 2015 al 7,0 % en 2022) y la industria manufacturera (del 1,2 % en 2015 al 2,6 % en 2022), con ambos sectores por encima de la media de la UE del 4,0 y el 2,3 %, respectivamente, en 2022.

(34)A la luz de la evaluación de la Comisión, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad de 2023 y su dictamen 27 se refleja en la recomendación 1 que figura a continuación.

(35)Habida cuenta de las estrechas interrelaciones entre las economías de los Estados miembros de la zona del euro y su contribución colectiva al funcionamiento de la unión económica y monetaria, el Consejo recomendó a los Estados miembros de la zona del euro que tomaran medidas, también a través de sus planes de recuperación y resiliencia, para: i) preservar la sostenibilidad de la deuda y abstenerse de prestar un apoyo generalizado a la demanda agregada en 2023, orientar mejor las medidas de política fiscal adoptadas para mitigar los efectos de los elevados precios de la energía y reflexionar sobre formas adecuadas de reducir paulatinamente el apoyo a medida que disminuyan las presiones de los precios de la energía; ii) mantener una elevada inversión pública y promover la inversión privada para apoyar las transiciones ecológica y digital; iii) apoyar una evolución salarial que mitigue la pérdida de poder adquisitivo y al mismo tiempo limite los efectos de segunda ronda sobre la inflación, seguir mejorando las políticas activas del mercado de trabajo y responder a la escasez de personal cualificado; iv) mejorar el entorno empresarial y asegurarse de que el apoyo a las empresas en materia energética sea rentable, temporal, esté dirigido a empresas viables y mantenga los incentivos para la transición ecológica; y v) preservar la estabilidad macrofinanciera y supervisar los riesgos, al tiempo que se sigue trabajando en la culminación de la unión bancaria. En el caso de Eslovenia, las recomendaciones 1, 2 y 3 contribuyen a la aplicación de la primera, segunda y tercera recomendaciones para la zona del euro. 

RECOMIENDA a Eslovenia que tome medidas en 2023 y 2024 con el fin de:

1.Suprimir las medidas de apoyo a la energía en vigor para finales de 2023, utilizando los ahorros correspondientes para reducir el déficit público. En caso de que nuevos aumentos de los precios de la energía requieran medidas de apoyo, garantizar que estas se destinen a proteger a los hogares y las empresas vulnerables, sean fiscalmente asequibles y mantengan los incentivos para el ahorro de energía.

Garantizar una política fiscal prudente, en particular limitando el aumento nominal del gasto primario neto financiado a escala nacional en 2024 a un máximo del 5,5 %.

Preservar las inversiones públicas financiadas a escala nacional y garantizar la absorción efectiva de las subvenciones del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y otros fondos de la UE, en particular para fomentar las transiciones ecológica y digital.

Para el período posterior a 2024, seguir aplicando una estrategia fiscal a medio plazo de saneamiento gradual y sostenible, combinada con inversiones y reformas que propicien un mayor crecimiento sostenible, a fin de alcanzar una situación presupuestaria prudente a medio plazo.

Garantizar la sostenibilidad fiscal a largo plazo de los sistemas de asistencia sanitaria y de cuidados de larga duración. Reequilibrar los ingresos fiscales hacia fuentes más favorables al crecimiento y sostenibles.

2.Garantizar una estructura de gobernanza eficaz y reforzar la capacidad administrativa para permitir una aplicación rápida y constante de su plan de recuperación y resiliencia. Finalizar con prontitud el capítulo de REPowerEU con vistas a iniciar rápidamente su aplicación. Proseguir la rápida ejecución de los programas de la política de cohesión, en estrecha complementariedad y sinergia con el plan de recuperación y resiliencia. 

3.Proseguir los esfuerzos para diversificar las importaciones de gas y reducir la dependencia general de los combustibles fósiles acelerando el despliegue de las energías renovables, en particular simplificando y acortando en mayor medida los procedimientos de concesión de permisos y reforzando la red eléctrica, así como mejorando su gestión, también mediante la digitalización. Aumentar la aplicación de medidas de eficiencia energética, en particular en el sector de la construcción, promover la electrificación del sector del transporte e intensificar los esfuerzos en materia de políticas destinados a proporcionar y adquirir las capacidades necesarias para la transición ecológica.

Hecho en Bruselas, el

   Por el Consejo

   El Presidente

(1)    DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2)    Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (DO L 57 de 18.2.2021, p. 17).
(3)    COM(2022) 780 final.
(4)    COM(2023) 62 final.
(5)    COM(2023) 168 final.
(6)    Reglamento (UE) 2023/435 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de febrero de 2023, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/241 en lo relativo a los capítulos de REPowerEU en los planes de recuperación y resiliencia y se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1303/2013, (UE) 2021/1060 y (UE) 2021/1755, y la Directiva 2003/87/CE (DO L 63 de 28.2.2023, p. 1).
(7)    COM(2023) 141 final.
(8)    COM(2022) 583 final.
(9)    Decisión de Ejecución del Consejo, de 28 de julio de 2021, relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de Eslovenia (ST 10612/2021; ST 10612/2021 ADD 1).
(10)    SWD(2023) 624 final.
(11)    Euroindicadores de Eurostat, 47/2023, 21.4.2023.
(12)    COM(2023) 631 final, de 24.5.2023.
(13)    COM(2023) 141 final, de 8.3.2023.
(14)    Recomendación del Consejo, de 18 de junio de 2021, por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de Eslovenia, DO C 304 de 29.7.2021, p. 116.
(15)    La orientación de la política fiscal se mide por la variación del gasto primario (neto de las medidas discrecionales relativas a los ingresos), excluidas las medidas de emergencia temporales relacionadas con la crisis de la COVID-19, pero incluidos los gastos financiados mediante ayudas no reembolsables (subvenciones) del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y otros fondos de la UE, en relación con el crecimiento potencial a medio plazo. Para más detalles, véase el recuadro 1 de las Tablas Estadísticas Fiscales.
(16)    Se prevé que otros gastos de capital financiados a escala nacional tengan un efecto expansivo de 0,2 puntos porcentuales del PIB.
(17)    La cifra representa el nivel de coste presupuestario anual de esas medidas, incluidos los ingresos y los gastos corrientes, así como las medidas relativas a los gastos de capital, cuando proceda.
(18)    Recomendación del Consejo, de 12 de julio de 2022, relativa al Programa Nacional de Reformas de Eslovenia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad para 2022 de Eslovenia, DO C 334 de 1.9.2022, p. 197. 
(19)    Sobre la base de las previsiones de la primavera de 2023 de la Comisión, el crecimiento potencial de la producción a medio plazo (media de diez años) de Eslovenia, que se utiliza para medir la orientación de la política fiscal, se estima en el 10,1 % en términos nominales.
(20)    Se prevé que otros gastos de capital financiados a nivel nacional tengan un efecto expansivo de 0,0 puntos porcentuales del PIB.
(21)    Véase el artículo 5 del Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo, que también exige un ajuste superior al 0,5 % del PIB para los Estados miembros con una deuda pública superior al 60 % del PIB, o con riesgos más pronunciados de sostenibilidad de la deuda.
(22)    La Comisión estimó que Eslovenia necesitaría un aumento medio anual del saldo estructural primario en porcentaje del PIB de 0,45 puntos porcentuales para lograr una reducción plausible de la deuda o garantizar que la deuda pública se mantenga en niveles prudentes a medio plazo. Esta estimación se basó en las previsiones de otoño de 2022 de la Comisión. El punto de partida de esta estimación fue el déficit y la deuda públicos previstos para 2024, que suponían la retirada de las medidas de apoyo a la energía en 2024.
(23)    El gasto primario neto se define como el gasto financiado a escala nacional, neto de las medidas discrecionales relativas a los ingresos y los gastos por intereses, así como el gasto en desempleo cíclico.
(24)    Reglamento (UE) 2018/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, sobre la gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima, y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º 663/2009 y (CE) n.º 715/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 94/22/CE, 98/70/CE, 2009/31/CE, 2009/73/CE, 2010/31/UE, 2012/27/UE y 2013/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo y las Directivas 2009/119/CE y (UE) 2015/652 del Consejo, y se deroga el Reglamento (UE) n.º 525/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 328 de 21.12.2018, p. 1).
(25)    Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables (DO L 328 de 21.12.2018, p. 82).
(26)    Reglamento (UE) 2022/1369 del Consejo y Reglamento (UE) 2023/706 del Consejo.
(27)    Con arreglo al artículo 5, apartado 2 y al artículo 9, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo.