29.9.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 242/522


RESOLUCIÓN (UE) 2023/1957 DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 10 de mayo de 2023

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio (antes del 30 de noviembre de 2021 Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno 2) para el ejercicio 2021

EL PARLAMENTO EUROPEO,

Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio para el ejercicio 2021,

Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,

Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0083/2023),

A.

Considerando que la Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno (en lo sucesivo «Empresa Común FCH») se creó en mayo de 2008 en el Séptimo Programa Marco (7PM) para el período concluido el 31 de diciembre de 2017, mediante el Reglamento (CE) n.o 521/2008 del Consejo (1); que, en mayo de 2014, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 559/2014 (2), por el que se ampliaba la vigencia de la Empresa Común en el marco del programa Horizonte 2020 hasta el 31 de diciembre de 2024 (en lo sucesivo «Empresa Común FCH 2»); que en noviembre de 2021 se creó la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio (en lo sucesivo «Empresa Común Clean H2») mediante el Reglamento (UE) 2021/2085 del Consejo (3) para sustituir a la Empresa Común FCH 2 en el marco del programa Horizonte Europa para el período concluido el 31 de diciembre de 2031;

B.

Considerando que la Empresa Común Clean H2 es una asociación público-privada en el ámbito de la investigación y la innovación en tecnología de hidrógeno y pilas de combustible y que sus miembros fundadores son la Unión, representada por la Comisión, la Agrupación Industrial (Hydrogen Europe) y la Agrupación de Investigación (Hydrogen Europe Research);

C.

Considerando que la contribución financiera de la Unión a la Empresa Común Clean H2, incluidos los créditos del EEE, para cubrir los costes administrativos y de explotación ha de ser de hasta 1 000 000 000 EUR, incluidos hasta 30 193 000 EUR para costes administrativos;

D.

Considerando que los miembros de la Empresa Común Clean H2 distintos de la Unión deben efectuar o hacer que sus entidades constituyentes o afiliadas efectúen, una contribución total de al menos 1 000 000 000 EUR, incluidos hasta 30 193 000 EUR para costes administrativos, durante el período de diez años establecido en el Reglamento (UE) 2021/2085;

E.

Considerando que el objetivo general de la Empresa Común Clean H2 para un Hidrógeno Limpio es apoyar las actividades de investigación e innovación en la Unión en soluciones y tecnologías de hidrógeno limpio, en el marco de Horizonte Europa, el nuevo programa de financiación de la Unión para la investigación y la innovación;

Gestión presupuestaria y financiera

1.

Acoge con satisfacción que, según el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales (en lo sucesivo «Informe del Tribunal») de la Empresa Común Clean H2, las cuentas anuales de 2021 presenten fielmente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera de la Empresa Común Clean H2 a 31 de diciembre de 2021, los resultados de sus operaciones, los flujos de tesorería y los cambios en los activos netos del ejercicio finalizado a dicha fecha, conforme a lo dispuesto en su reglamento financiero y en las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión, y que las operaciones subyacentes a las cuentas sean legales y regulares en todos sus aspectos significativos;

2.

Reconoce que Horizonte Europa prevé objetivos ambiciosos para la Empresa Común Clean H2, que solo pueden alcanzarse si se diseñan y aplican soluciones efectivas que aborden las deficiencias de los sistemas de control interno y preparen para los retos futuros derivados del aumento de las responsabilidades, por ejemplo, en el ámbito de la gestión y la planificación de los recursos humanos; señala, en este contexto, que los cálculos y los requisitos de información especialmente complicados y gravosos representan un riesgo significativo de error, y pide, por tanto, que se exploren las posibilidades de simplificación siempre que sea posible y compatible con el marco jurídico vigente;

3.

Observa que el presupuesto final disponible de la Empresa Común Clean H2 (que comprende los créditos no utilizados reincorporados de ejercicios anteriores, los ingresos afectados y las reasignaciones para el ejercicio siguiente) para el ejercicio 2021 incluía créditos de compromiso por importe de 15 800 000 EUR (en comparación con los 104 200 000 EUR de 2020) y créditos de pago por importe de 56 200 000 EUR (en comparación con los 103 800 000 EUR de 2020); observa que la ejecución general del presupuesto de 2021 para los créditos de compromiso y de pago fue del 97 % (en comparación con el 94 % de 2020) y del 87 % (en comparación con el 95 % de 2020) respectivamente;

4.

Observa que, en comparación con 2020, los créditos de 2021 disminuyeron un 85 % por lo que se refiere a los compromisos y un 44 % en lo que se refiere a los pagos; que la disminución del presupuesto para el ejercicio 2021 se debió a la falta de convocatorias puestas en marcha en 2021; subraya que no estaba prevista ninguna prefinanciación para 2021;

5.

Toma nota de que, a finales de 2021, de la contribución máxima de 470 000 000 EUR, con arreglo al Reglamento (UE) 2021/2085 y las decisiones adoptadas con arreglo al mismo, la Unión aportó un total de 426 500 000 EUR en efectivo y en especie del Séptimo Programa Marco, y los miembros de la Agrupación Sectorial y de la Agrupación de Investigación aportaron un total de recursos validados de 466 000 000 EUR, que comprenden 443 900 000 EUR en contribuciones en especie validadas en los proyectos del Séptimo Programa Marco;

6.

Observa que, según el Informe del Tribunal, al finalizar 2021, la Empresa Común Clean H2 había comprometido 425 500 000 EUR (95 %) de los 450 000 000 EUR de la contribución máxima de la Unión para los acuerdos de subvención firmados en el marco del Séptimo Programa Marco, de los cuales alrededor de 3 000 000 EUR (0,7 %) estaban pendientes de pago en los ejercicios siguientes; observa que los miembros privados aportaron contribuciones en especie del mismo nivel; toma nota de que la tasa de ejecución del presupuesto disponible para pagos de la Empresa Común Clean H2 de 2021 en proyectos del Séptimo Programa Marco 2020 era del 97,8 % (en comparación con el 89 % de 2020), y que, además, la Empresa Común Clean H2 apenas tenía créditos de compromiso operativos para 2021, ya que había finalizado su última convocatoria de propuestas al final de 2014;

7.

Observa que, al acabar 2021, la Unión había aportado un total de 545 500 000 EUR de Horizonte 2020 y que los miembros privados habían aportado un total de 50 000 000 EUR en efectivo y contribuciones en especie validadas, incluidos 38 600 000 EUR en contribuciones en especie en los proyectos Horizonte 2020 de la Empresa Común Clean H2;

8.

Observa que, según el Informe del Tribunal, el bajo nivel de las contribuciones en especie validadas de los miembros privados para actividades operativas, 38 600 000 EUR, se debe a que la Empresa Común Clean H2 las certifica en etapas posteriores del programa Horizonte 2020, cuando se efectúa el pago final de los proyectos y vencen los certificados de los estados financieros; acoge con satisfacción que los miembros privados hayan aportado un total de 1 039 000 000 EUR en especie para actividades adicionales al acabar 2021, una cantidad muy superior a los 285 000 000 EUR mínimos establecidos en el Reglamento (UE) 2021/2085 para toda la vigencia de Horizonte 2020;

9.

Observa que, al finalizar 2021, la Empresa Común Clean H2 había comprometido 646 000 000 EUR de la contribución máxima de la Unión para los acuerdos de subvención firmados en el marco de Horizonte 2020, de los cuales alrededor de 112 600 000 EUR (17,8 %) están pendientes de pago en los ejercicios siguientes; observa asimismo que los miembros privados se habían comprometido jurídicamente a aportar contribuciones en especie por valor de 158 300 000 EUR;

10.

Toma nota de que la tasa de ejecución del presupuesto de pagos y compromisos de la Empresa Común Clean H2 en 2021 para proyectos de Horizonte 2020 fue del 98 % y del 87,8 %, respectivamente (en comparación con el 97 % de 2020);

11.

Observa que entre las empresas comunes no existe una definición armonizada de «costes administrativos», que constituye la base para el cálculo de las contribuciones financieras de sus miembros y una condición previa para hacer que tales costes sean comparables; pide, en este sentido, que las directrices comunes para todas las empresas comunes adopten un enfoque armonizado para la clasificación de determinadas categorías de gastos administrativos, como los gastos de consultas, estudios, análisis, evaluaciones y asistencia técnica;

Contratación pública y personal

12.

Celebra que la gestión de licitaciones y contratos se haya simplificado en la medida de lo posible siguiendo los procedimientos interinstitucionales de contratación pública puestos en marcha por la Comisión y utilizando los contratos marco plurianuales resultantes; toma nota de que la Empresa Común Clean H2 coopera con otras empresas comunes para sus necesidades en materia de licitaciones con el fin de minimizar el esfuerzo administrativo; observa que, al igual que en ejercicios anteriores, la mayor parte de la contratación de la Empresa Común Clean H2 se produjo a través de contratos marco plurianuales existentes, excepto, principalmente, en el caso de las actividades de contratación operativa;

13.

Observa que, en términos de volumen, las actividades operativas de contratación pública, los servicios informáticos y la organización de la Semana Europea del Hidrógeno de 2021 fueron los contratos de mayor valor, y que la puesta en marcha y la publicación de una licitación, así como la recepción y apertura de ofertas, se han simplificado mediante el uso de módulos eTendering, eNotices y eSubmission; observa que este último módulo permite el registro automático de las ofertas en el sistema informático de gestión de documentos de la Comisión Europea; toma nota de que la Empresa Común Clean H2 está utilizando la última versión de eSubmission, por lo que en la actualidad la publicación, presentación y recepción de ofertas y las fases de apertura se realizan de forma totalmente digital;

14.

Valora positivamente que la Empresa Común Clean H2 utilice EU Sign, una solución de software proporcionada por la Dirección General de Informática de la Comisión, que permite aplicar una firma electrónica cualificada a los documentos; toma nota de que la oficina de programas aplica ahora una firma electrónica cualificada a sus contratos, lo que facilita los procesos administrativos al reducir significativamente el tiempo y el coste de firmar contratos de puño y letra y), además, de que las firmas electrónicas cualificadas, si se aplican utilizando EU Sign, son jurídicamente vinculantes, ya que son conformes con el Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo (4) para las transacciones electrónicas dentro del mercado interior de la Unión y ofrecen un mayor nivel de seguridad técnica;

15.

Toma nota de que, a 31 de diciembre de 2021, la Empresa Común Clean H2 contaba con veintitrés agentes temporales, dos agentes contractuales y dos expertos nacionales en comisión de servicio;

16.

Observa que, según el informe anual de actividades de 2021, en términos de equilibrio de género, el 44 % de los miembros del personal eran mujeres y el 56 % hombres, y que un tercio de los puestos directivos estaban ocupados por mujeres y dos tercios, por hombres; anima a la Empresa Común Clean H2 a que siga mejorando el equilibrio de género; lamenta que el porcentaje de mujeres coordinadoras de proyectos en el marco de Horizonte 2020 que forman parte de los grupos consultivos, los grupos de expertos, los grupos de evaluación, los expertos individuales, etc., de la Comisión no supere el 33 %;

17.

Observa con preocupación que, durante el período comprendido entre 2018 y 2021, la tasa media anual de personal interino de todas las empresas comunes siguió siendo elevada, situándose en torno al 11 % del personal estatutario; recuerda que el elevado nivel de personal contractual tiende a aumentar significativamente la tasa de rotación del personal de la Empresa Común Clean H2 y desestabiliza más aún la situación del personal; hace hincapié, asimismo, en que el recurso a personal interino debe seguir siendo una solución temporal, puesto que, de lo contrario, podría afectar negativamente al rendimiento global de la Empresa Común Clean H2, por ejemplo, en lo que respecta a la conservación de las competencias clave, la falta de claridad de los canales de rendición de cuentas, posibles litigios y una menor eficiencia del personal;

18.

Observa que la parte de las contribuciones de los empleadores para el personal de las empresas comunes correspondiente a la proporción de sus ingresos subvencionados de terceros países en relación con sus ingresos totales no ha sido abonada por las empresas comunes al régimen de pensiones de la Unión desde 2016, ya que la Comisión no ha previsto este gasto en el presupuesto de las empresas comunes ni ha solicitado formalmente los pagos; pide a la Comisión que adopte medidas para evitar problemas similares en el futuro;

19.

Observa que en 2021 se organizaron sesiones informáticas conjuntas con las demás empresas comunes con el objetivo principal de preparar el cambio a Office 365, SharePoint y OneDrive;

20.

Observa que, según el informe anual de actividades, durante la pandemia de COVID-19, los miembros del personal tardaron tiempo en participar en las formaciones en línea para ampliar los conocimientos relacionados con su puesto de trabajo; que se fomentó enormemente la participación en las formaciones para mantener a los miembros del personal motivados y conectados con sus compañeros durante el confinamiento;

21.

Toma nota de que la Empresa Común FCH 2 se incorporó a Sysper en febrero de 2021 y de que a lo largo del año se añadieron nuevos módulos; valora positivamente, asimismo, que esté previsto que se use el sistema de tramitación para misiones y la función de evaluación y promoción del personal; apoya el uso de la nueva herramienta de contratación, Systal, que se implantó en la Empresa Común FCH 2 en noviembre de 2021, y que las próximas contrataciones se llevarán a cabo con este sistema, y opina que herramientas como esta pueden contribuir a respaldar la necesaria contratación de trabajadores altamente cualificados;

Auditoría interna

22.

Toma nota de que, según el informe anual de actividades, la auditoría interna se lleva a cabo de conformidad con el artículo 20 del reglamento financiero de la Empresa Común Clean H2;

23.

Destaca que en 2021 el Servicio de Auditoría Interna (SAI) aceptó un plan de acción elaborado por la Empresa Común FCH 2 para abordar dos recomendaciones importantes derivadas de la auditoría del SAI sobre la ejecución de subvenciones de Horizonte 2020 en la Empresa Común FCH 2 y llegó a la conclusión de que el plan de acción era adecuado para mitigar los riesgos detectados;

24.

Observa que en 2021, en consonancia con el plan de acción acordado, la Empresa Común FCH 2 formalizó las prácticas de seguimiento actuales en relación con los riesgos y la complejidad de los acuerdos de subvención y elaboró orientaciones internas para el seguimiento de la difusión y la explotación de los resultados de los proyectos de Horizonte 2020; toma nota de que a 31 de diciembre de 2021 la Empresa Común FCH 2 consideraba plenamente ejecutados todos los planes de acción;

Control interno

25.

Toma nota de que, por lo que se refiere a los pagos intermedios y finales del Séptimo Programa Marco, es la Empresa Común Clean H2 la que efectúa las auditorías ex post de los beneficiarios, mientras que en el caso de los pagos de Horizonte 2020 dichas auditorías son realizadas por el servicio común de auditoría de la Dirección General de Investigación e Innovación de la Comisión; observa que, basándose en los resultados de las auditorías ex post disponibles al final de 2021, la Empresa Común Clean H2 notificó un porcentaje de error representativo del 2,0 % (en comparación con el 1,97 % de 2020) y un porcentaje de error residual del 1,0 % (en comparación con el 1,01 % de 2020) para sus proyectos del Séptimo Programa Marco, y un porcentaje de error representativo del 2,16 % (igual que en 2020) y un porcentaje de error residual del 1,3 % (en comparación con el 1,34 % de 2020) para los proyectos de Horizonte 2020 (liquidaciones y pagos finales);

26.

Observa que, para evaluar los controles de pago operativos de la Empresa Común Clean H2, el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo «Tribunal») auditó muestras aleatorias de pagos de Horizonte 2020 efectuados en 2021, a escala de los beneficiarios finales, para corroborar los porcentajes de error de la auditoría ex post (con respecto a las operaciones de pago de subvenciones probadas en los beneficiarios, el umbral de notificación para errores cuantificables es del 1 % de los costes auditados); lamenta que, en un caso, el Tribunal constatara y cuantificara un error correspondiente a costes de personal declarados en exceso por un fallo administrativo, y en otro caso, una insuficiencia de control sistémica no cuantificable relacionada con la ausencia de un procedimiento de validación del beneficiario en lo que respecta a las horas trabajadas en el proyecto;

27.

Toma nota de que, según el informe anual de actividades, debido a los persistentes errores sistémicos en los costes de personal declarados, en particular por parte de las pequeñas y medianas empresas (pymes) y los nuevos beneficiarios (que son más propensos a los errores que otros beneficiarios), la Empresa Común Clean H2 ya había reforzado su control interno para abordar el aumento del riesgo en relación con las pymes y los nuevos beneficiarios; observa que estas medidas fueron visibles por primera vez en 2021 y contribuyeron a reducir significativamente el porcentaje de error representativo correspondiente a las pymes y a los nuevos beneficiarios en los últimos dos ejercicios; acoge con satisfacción los resultados positivos en términos de reducción de los porcentajes de error y la voluntad de la Empresa Común Clean H2 de continuar con los controles reforzados basados en el riesgo en 2022, con la ayuda de la herramienta de seguimiento reforzado disponible en el sistema COMPASS/SyGMa corporativo para la gestión de subvenciones de Horizonte 2020.

28.

Hace hincapié, además, en que la racionalización de las normas del programa Horizonte 2020 en cuanto a la declaración de los costes de personal y al uso más extendido de opciones de costes simplificados constituyen una condición previa para estabilizar los porcentajes de error por debajo del nivel de importancia relativa; celebra que en 2022 todas las empresas comunes empezasen a aplicar medidas de reducción de los porcentajes de error en consonancia con la acción propuesta por el Tribunal, incluida la exploración de opciones de formas simplificadas de costes, como los costes unitarios, los importes a tanto alzado y los tipos fijos;

29.

Toma nota de que, según el Informe del Tribunal, por lo que se refiere a la Empresa Común Clean H2, el seguimiento de todas las observaciones de ejercicios anteriores se completó gracias a las medidas correctoras adoptadas por la Empresa Común Clean H2 en 2021;

Prevención y gestión de conflictos de intereses y estrategia contra el fraude

30.

Celebra que se establecieran procedimientos en materia de conflictos de intereses tanto para los miembros del consejo de administración de la Empresa Común FCH 2 como para los órganos consultivos, y que se renovaran en diciembre de 2021 en el ámbito de aplicación del nuevo reglamento interno del consejo de administración de la Empresa Común Clean H2 y que, además, se hayan aplicado medidas específicas para prevenir y gestionar los conflictos de intereses de los expertos encargados de la evaluación de las solicitudes de subvención y de la revisión de proyectos y licitaciones;

31.

Toma nota de que la Empresa Común Clean H2 contribuyó activamente al desarrollo de la estrategia de control de Horizonte Europa (prevención del fraude y auditoría ex ante) participando en los grupos de trabajo específicos creados por el Centro Común de Ejecución y aportando información;

32.

Acoge con satisfacción que la Empresa Común Clean H2 también vele por la aplicación de la estrategia común de lucha contra el fraude de la comunidad investigadora; celebra que entre las principales acciones derivadas de la estrategia estén la organización de sesiones de sensibilización dentro de la Empresa Común y la cooperación con la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude en el caso de auditorías basadas en el riesgo realizadas por el Servicio Común de Auditoría o contratistas a los que se externaliza la labor de auditoría.

(1)  Reglamento (CE) n.o 521/2008 del Consejo, de 30 de mayo de 2008, por el que se crea la «Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno» (DO L 153 de 12.6.2008, p. 1).

(2)  Reglamento (UE) n.o 559/2014 del Consejo, de 6 de mayo de 2014, por el que se establece la Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno 2 (DO L 169 de 7.6.2014, p. 108).

(3)  Reglamento (UE) 2021/2085 del Consejo, de 19 de noviembre de 2021, por el que se establecen las empresas comunes en el marco de Horizonte Europa y se derogan los Reglamentos (CE) n.o 219/2007, (UE) n.o 557/2014, (UE) n.o 558/2014, (UE) n.o 559/2014, (UE) n.o 560/2014, (UE) n.o 561/2014 y (UE) n.o 642/2014 (DO L 427 de 30.11.2021, p. 17).

(4)  Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE (DO L 257 de 28.8.2014, p. 73).