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10.
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INVITA a los Estados miembros a que:
a)
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Tengan en cuenta los riesgos relacionados con el cambio climático en el ciclo de gestión de catástrofes, por ejemplo aprovechando las herramientas creadas conjuntamente por la Comisión y la Agencia Europea de Medio Ambiente, como la plataforma Climate-ADAPT;
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b)
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Impulsen los trabajos y la investigación sobre las formas en que los efectos del cambio climático pueden revisarse e integrarse en sus sistemas de gestión del riesgo de catástrofes; integren esos trabajos y esa investigación en la evaluación de riesgos a escala nacional de los Estados miembros, en el desarrollo de la evaluación de la capacidad de gestión de riesgos y en la mejora de la planificación de la gestión del riesgo de catástrofes que contempla el artículo 6 de la Decisión 1313/2013/UE relativa a un Mecanismo de Protección Civil de la Unión;
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c)
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Apoyen y pongan en común la investigación y la innovación a fin de mejorar las capacidades nacionales en materia de protección civil en el contexto del cambio climático, especialmente a través de la Red de Conocimientos sobre Protección Civil de la Unión (en lo sucesivo, la «Red de Conocimientos») y, en este marco, a través de centros de excelencia, universidades, comunidades temáticas y de investigadores o centros de especialización;
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d)
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Fomenten la inversión en investigación e innovación en el ámbito de la protección civil en el contexto del cambio climático y movilicen la financiación europea pertinente;
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e)
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Elaboren medidas de prevención y preparación adecuadas, y garanticen en particular la disponibilidad de capacidades suficientes destinadas a hacer frente a los riesgos derivados del cambio climático, como los incendios forestales y las inundaciones, que constituyen un riesgo cada vez mayor para los ciudadanos de la Unión;
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f)
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Prosigan, a este respecto, el desarrollo de las capacidades de la Reserva Europea de Protección Civil y de rescEU, basándose, entre otras cosas, en las situaciones hipotéticas actuales y prospectivas que contempla el artículo 10 de la Decisión n.o 1313/2013/UE, teniendo en cuenta los riesgos detectados y emergentes y las capacidades y deficiencias generales a escala de la Unión, en particular en los ámbitos de la extinción de incendios forestales por medios aéreos, los incidentes químicos, biológicos, radiológicos y nucleares, la respuesta médica de emergencia, así como el transporte, la logística y los refugios;
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g)
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Velen por que las operaciones de protección civil sean más ecológicas y sostenibles en todas las fases del ciclo de gestión de catástrofes y promuevan la investigación, la innovación y el intercambio de conocimientos;
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h)
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Tengan en cuenta las repercusiones sobre el medio ambiente y el cambio climático de la asistencia prestada a través del MPCU, en particular mediante la puesta en común de recursos cuando proceda;
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i)
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Apoyen la preparación y la resiliencia de la población expuesta a riesgos relacionados con el cambio climático por medio de información, educación, formación y ejercicios específicos, lo que podrá hacerse a escala nacional y subnacional e incluso transfronteriza, prestando especial atención a las personas con vulnerabilidades específicas;
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j)
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Refuercen las organizaciones de voluntarios como parte integrante de la protección civil;
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k)
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Estudien la posibilidad de integrar, a este respecto, iniciativas espontáneas en operaciones de respuesta, según proceda y en coordinación con las autoridades locales;
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l)
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Destaquen la importancia de la contribución de los ciudadanos a su propia seguridad y resiliencia y fomenten cualquier iniciativa destinada a valorar, reconocer y promover su participación activa en acciones voluntarias y dispositivos de respuesta a las catástrofes, a través de un marco jurídico cuando proceda;
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m)
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Tengan en cuenta el papel especial de la juventud a este respecto;
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n)
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Promuevan la participación activa de los ciudadanos como agentes de su propia seguridad y resiliencia o como miembros de estructuras civiles nacionales o locales que contribuyen a la protección civil, a través de las tres dimensiones siguientes:
i)
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alerta: clarificando el papel y las responsabilidades de las distintas instituciones a la hora de emitir alertas específicas dirigidas a las personas afectadas y utilizando las tecnologías modernas de la información y la comunicación;
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ii)
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suministro de información: sensibilizando a la población sobre los riesgos existentes, particularmente en las zonas más expuestas a los efectos del cambio climático, mediante la difusión de información pública y la organización de actividades de formación, incluido de forma voluntaria:
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iii)
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movilización: alentando a las redes de ciudadanos, las asociaciones y los voluntarios que participan en iniciativas de prevención de riesgos, respuesta a catástrofes y formación en primeros auxilios;
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o)
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Tengan en cuenta la importancia de las emergencias a largo plazo y los riesgos crecientes que pueden plantear para los sistemas de protección civil tanto a escala nacional como europea;
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p)
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Tomen en consideración las consecuencias del cambio climático en las acciones internacionales de protección civil, reforzando la cooperación y apoyando la gestión de catástrofes y crisis:
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