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14.2.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 72/7 |
Nota informativa de la Comisión con arreglo al artículo 16, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad
Establecimiento de obligaciones de servicio público respecto a servicios aéreos regulares
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2022/C 72/07)
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Estado miembro |
España |
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Rutas afectadas |
Badajoz — Madrid Badajoz — Barcelona |
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Fecha de reapertura de las rutas OSP a compañías aéreas comunitarias |
28 de octubre de 2022 |
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Dirección en la que puede obtenerse el texto y cualquier otra información o documentación relacionada con las obligaciones de servicio público. |
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Las rutas sujetas a obligaciones de servicio público podrán ser operadas en régimen de libre competencia a partir del 28 de octubre de 2022. En caso de que ninguna compañía aérea presente un programa de servicios que cumpla las obligaciones de servicio público impuestas, el acceso se limitará a una única compañía aérea a través del correspondiente procedimiento de licitación pública, de conformidad con el artículo 16, apartado 9, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008.