COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 12.12.2022
COM(2022) 738 final
2022/0371(COD)
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN
AL PARLAMENTO EUROPEO
con arreglo al artículo 294, apartado 6, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
sobre la
posición del Consejo con vistas a la adopción de un Reglamento (UE) del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Instrumento para prestar apoyo a Ucrania en 2023 (ayuda macrofinanciera +)
2022/0371 (COD)
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN
AL PARLAMENTO EUROPEO
con arreglo al artículo 294, apartado 6, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
sobre la
posición del Consejo con vistas a la adopción de un Reglamento (UE) del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Instrumento para prestar apoyo a Ucrania en 2023 (ayuda macrofinanciera +)
1.Contexto
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Fecha de transmisión de la propuesta al Parlamento Europeo y al Consejo
[documento COM (2022) 597 final — 2022/0371 COD]:
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9.11.2022.
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Fecha de la posición del Parlamento Europeo en primera lectura:
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24.11.2022.
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Fecha de adopción de la posición del Consejo:
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10.12.2022.
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2.Objetivo de la propuesta de la Comisión
La propuesta de la Comisión tenía por objeto proporcionar un enfoque estructural y eficiente a la ayuda financiera de la Unión a Ucrania en 2023.
Para garantizar un sólido apoyo financiero, la Comisión propuso que los préstamos a Ucrania estuvieran respaldados por una garantía del denominado «margen de maniobra», es decir, el margen presupuestario por encima de los límites máximos del marco financiero plurianual (MFP) hasta los límites mencionados en el artículo 3, apartados 1 y 2, de la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea. Este objetivo iba acompañado de la propuesta paralela de modificación del Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093 (modificación del Reglamento MFP) para permitir que los pasivos contingentes derivados de la asistencia financiera puesta a disposición de Ucrania en 2023, con posibles desembolsos hasta el 31 de marzo de 2024, se trataran del mismo modo que la asistencia financiera a los Estados miembros, es decir, para poder movilizar la garantía de asistencia financiera a Ucrania por encima de los límites máximos del MFP.
3.Observaciones sobre la posición del Consejo
La propuesta paralela de modificación del Reglamento MFP que permitiría garantizar el préstamo a Ucrania mediante el uso del margen de maniobra aún no se ha adoptado. Por consiguiente, el Consejo propone una cobertura presupuestaria alternativa del préstamo mediante garantías voluntarias de los Estados miembros. Al mismo tiempo, la cobertura presupuestaria a través del margen de maniobra estará a disposición a partir de la fecha de aplicación de la modificación del Reglamento MFP, o su sucesor, una vez adoptado.
La Comisión apoya la introducción de estas normas como base presupuestaria viable para permitir un desembolso gradual de hasta 18 000 000 000 EUR en préstamos de la ayuda macrofinanciera + a Ucrania junto con la entrada en vigor de los acuerdos de garantía entre la Comisión y los Estados miembros.
4.Conclusión
La Comisión acepta la posición del Consejo en primera lectura.