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15.11.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 434/23 |
P9_TA(2022)0112
Enfoque global para la investigación y la innovación — La estrategia de Europa para la cooperación internacional en un mundo cambiante
Resolución del Parlamento Europeo, de 6 de abril de 2022, sobre un enfoque global para la investigación y la innovación — La estrategia de Europa para la cooperación internacional en un mundo cambiante (2021/3001(RSP))
(2022/C 434/04)
El Parlamento Europeo,
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Vista la Comunicación de la Comisión, de 18 de mayo de 2021, sobre el enfoque global para la investigación y la innovación — La estrategia de Europa para la cooperación internacional en un mundo cambiante (COM(2021)0252), |
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Vista la Comunicación de la Comisión, de 30 de septiembre de 2020, titulada «Un nuevo EEI para la investigación y la innovación» (COM(2020)0628), |
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Vista la Comunicación de la Comisión, de 11 de diciembre de 2019, titulada «El Pacto Verde Europeo» (COM(2019)0640), |
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Vista la Resolución adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 25 de septiembre de 2015 titulada «Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible», |
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Visto el Acuerdo de París aprobado en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (1), |
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Vista la pregunta relativa a la Comisión sobre el enfoque global para la investigación y la innovación — La estrategia de Europa para la cooperación internacional en un mundo cambiante (O-000013/2022 — B9-0011/2022), |
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Vistos el artículo 136, apartado 5, y el artículo 132, apartado 2, de su Reglamento interno, |
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Vista la propuesta de Resolución de la Comisión de Industria, Investigación y Energía, |
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A. |
Considerando que, en la estrategia para la cooperación internacional en un mundo cambiante, se reconoce que los actuales cambios de poder en el ámbito geopolítico plantean retos para los derechos humanos, los valores y la libertad académica; |
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B. |
Considerando que la estrategia tiene por objeto promover normas basadas en el multilateralismo, una apertura recíproca, la igualdad de condiciones de competencia y soluciones ecológicas, digitales, sociales, de salud y de innovación en colaboración con terceros países, al tiempo que se respetan los derechos fundamentales y los valores compartidos; |
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C. |
Considerando que la estrategia se aplicará a través de iniciativas inspiradas en el enfoque Equipo Europa; |
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D. |
Considerando que Horizonte Europa seguirá abierto al mundo y que la Unión trabajará en pos de una comprensión y una aplicación comunes de principios como la ética y la integridad de la investigación, la igualdad de género, la diversidad y la inclusión, los datos y la ciencia abiertos, la libertad académica, las normas y la elaboración de políticas basada en pruebas; |
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E. |
Considerando que la estrategia busca movilizar la ciencia, la tecnología y la innovación a fin de acelerar la transición sostenible e inclusiva hacia sociedades y economías basadas en el conocimiento en los países de renta baja y media; |
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F. |
Considerando que seguir una agenda de diplomacia científica reforzaría las asociaciones de la Unión con terceros países y contribuiría a respaldar los objetivos diplomáticos; |
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G. |
Considerando que la cooperación internacional en materia de investigación e innovación (I+i) es parte integrante del Espacio Europeo de Investigación; |
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H. |
Considerando que el Consejo Europeo de Innovación y el Instituto Europeo de Innovación y Tecnología desempeñarán un papel importante a la hora de apoyar a las empresas emergentes innovadoras en iniciativas colaborativas con terceros países; |
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I. |
Considerando que la cooperación internacional en materia de I+i en consonancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, el Acuerdo de París y el Pacto Verde Europeo es indispensable y necesaria para reforzar la salud global, desarrollar soluciones innovadoras para una transición ecológica y digital justa, garantizando al mismo tiempo que se encuentra una solución a largo plazo al respecto; |
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J. |
Considerando que la Unión debe predicar con el ejemplo protegiendo las normas de la UE en materia de propiedad intelectual y combatiendo las injerencias extranjeras; |
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K. |
Considerando que la I+i internacional podría desempeñar un papel importante para contribuir a la estrategia de la Unión para el hidrógeno; |
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L. |
Considerando que la estrategia fomenta la cooperación con terceros países industrializados; |
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1. |
Acoge con satisfacción la Comunicación de la Comisión sobre el enfoque global para la investigación y la innovación — La estrategia de Europa para la cooperación internacional en un mundo cambiante, que reconoce que la ciencia y la innovación forman parte del mismo sistema y que la cooperación mundial debe tener en cuenta todos los aspectos de la cadena de valor del conocimiento; |
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2. |
Celebra el objetivo de la Comisión para que el enfoque global constituya un esfuerzo que reúna los recursos del Equipo Europa; |
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3. |
Considera que la cooperación internacional en materia de I+i es parte integral del nuevo Espacio Europeo de Investigación, y pide a la Comisión que aproveche el potencial de las acciones y programas pertinentes de la Unión para atraer talento en todo el mundo; |
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4. |
Recuerda la necesidad de invertir continuamente en las capacidades y carreras de los investigadores, lo que debería incluir el apoyo a la circulación de cerebros; |
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5. |
Pide a la Comisión que otorgue un papel estructurado a las partes interesadas europeas pertinentes en la I+i y al Parlamento Europeo en el Foro del Espacio Europeo de Investigación para la transición; |
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6. |
Hace hincapié en la necesidad de que la Unión desarrolle una cooperación multilateral basada en normas a fin de abordar los principales retos económicos, sociales y ambientales en los que la I+i debe desempeñar un papel clave; |
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7. |
Recuerda que los acuerdos de asociación con terceros países dentro del ámbito de aplicación del artículo 16, apartado 1, letra d), del Reglamento sobre Horizonte Europa (2) solo pueden firmarse con terceros países y territorios comprometidos con una economía de mercado abierta basada en normas, que incluya un tratamiento justo y equitativo de los derechos de propiedad intelectual y el respeto de los derechos humanos, con el respaldo de instituciones democráticas; |
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8. |
Lamenta el papel limitado de las ciencias sociales y las humanidades en las disciplinas de cooperación mundial; |
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9. |
Destaca el papel clave que el Instituto Europeo de Innovación y Tecnología y el Consejo Europeo de Innovación pueden desempeñar para fomentar la cooperación internacional y aprovechar el potencial de las empresas emergentes y en expansión mediante su participación en iniciativas con terceros países; anima a las empresas comunes y a otras asociaciones de la Unión en I+i a reforzar la cooperación internacional; |
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10. |
Subraya que la cooperación mundial en materia de I+i es fundamental para la competitividad de Europa, al tiempo que señala que esto no puede dar lugar a una apertura incondicional por parte de la Unión; apoya el enfoque general caracterizado por el principio de «tan abierto como sea posible y tan cerrado como sea necesario»; |
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11. |
Apoya el principio de permitir el acceso recíproco a los programas de investigación, la ciencia abierta y la protección de la propiedad intelectual, al tiempo que exige a los socios que respeten y se ajusten a los normas europeas en materia de protección de la propiedad intelectual; acoge con satisfacción el conjunto de herramientas de la Comisión para la lucha contra las injerencias extranjeras en I+i, al tiempo que mantiene su compromiso de preservar un enfoque colaborativo y abierto de la ciencia y la innovación; |
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12. |
Apoya el uso del artículo 22, apartado 5, del Reglamento sobre Horizonte Europa en casos excepcionales; insta, no obstante, a la Comisión a que publique una política de exclusiones justificadas y a que inicie un debate público sobre el uso adecuado de estas posibilidades; |
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13. |
Subraya la necesidad de alinear el enfoque global con la estrategia industrial de la Unión y el Pacto Verde Europeo como motores de la prosperidad y el crecimiento económico y sostenible; pide que se preste mayor atención a la cooperación industrial como parte de la estrategia; |
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14. |
Resalta el papel fundamental de los semiconductores para garantizar la soberanía digital europea; acoge con satisfacción las iniciativas de la Comisión en este sentido, y subraya la colaboración en materia de investigación con terceros países asociados a los programas de la Unión existentes; |
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15. |
Destaca el importante papel de las pequeñas y medianas empresas europeas (pymes) en la cooperación internacional y hace hincapié en que debe brindarse a las pymes la oportunidad de acceder a consultoría en materia de inversiones, a instrumentos que contribuyan a aumentar su capacidad de innovación y a la posibilidad de desarrollar capacidades para atraer talento en todo el mundo; |
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16. |
Subraya que la Unión debe garantizar que toda cooperación internacional en I+i se lleve a cabo en consonancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, el Acuerdo de París y el Pacto Verde Europeo, y que, en última instancia, garantice el desarrollo de la innovación y las tecnologías en consonancia con el principio de «no causar un perjuicio significativo»; |
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17. |
Pide a la Comisión y a los Estados miembros que apoyen y se comprometan con una mayor transferencia de tecnologías y soluciones ambientales y relacionadas con el clima cruciales para los países en desarrollo; |
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18. |
Acoge con satisfacción la intención de la Comisión de promover sinergias entre el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático y la Plataforma Intergubernamental Científico-Normativa sobre Diversidad Biológica y Servicios de los Ecosistemas; considera que las asociaciones adaptadas en materia de I+i con terceros países deben desarrollarse e integrarse en una cooperación económica y para el desarrollo más amplia, como la que se aplica en el marco de la iniciativa Global Gateway; |
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19. |
Considera que el enfoque global a la I+i debe centrarse en gran medida en la salud, la medicina preventiva y la asistencia sanitaria, y tener como eje los principios del acceso abierto, el intercambio de datos y la gestión de los derechos de propiedad intelectual, así como la disponibilidad, la accesibilidad y la asequibilidad; estima que estos principios deben aplicarse a los proyectos de investigación que desarrollen medicamentos y tecnologías al servicio de las comunidades locales, mejorando al mismo tiempo el acceso a los servicios sanitarios; |
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20. |
Recomienda que se identifique la colaboración con todos los países interesados y afines para encontrar una solución a largo plazo a la escasez de materias primas, y que se aumenten las capacidades mundiales de innovación en la ciencia de los materiales y la economía circular, al tiempo que se fomenta la sustitución con objeto de reducir la huella ambiental a lo largo del ciclo de vida de estas materias primas fundamentales; |
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21. |
Apoya el esfuerzo y la iniciativa de la Unión para fomentar la diplomacia científica, entre ellos, el desarrollo de una agenda diplomática científica por la Comisión y el Servicio Europeo de Acción Exterior; |
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22. |
Observa con una preocupación creciente la presión y las restricciones cada vez mayores sobre la libertad académica en la Unión y en todo el mundo; |
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23. |
Considera con preocupación la creciente dependencia financiera de las universidades europeas respecto a terceros países y las consecuencias para la libertad académica; |
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24. |
Pide a la Comisión que realice una propuesta para la protección jurídica en los Tratados de la libertad académica en la Unión y que haga referencia al respeto de esta libertad en los acuerdos de asociación; |
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25. |
Pide a la Comisión que informe, anualmente y, como parte en la revisión intermedia de Horizonte Europa, sobre el estado de la libertad académica en Europa y en los terceros países con los que la Unión tiene un acuerdo de asociación o de colaboración científica; |
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26. |
Destaca que la Comisión debe publicar urgentemente orientaciones prácticas para las partes interesadas de la I+i en relación con la libertad académica a fin de garantizar la seguridad, la protección, el bienestar y la competitividad de la Unión; |
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27. |
Pide a los Estados miembros y a la Comisión que fomenten acciones y creen un programa de la Unión para apoyar becas académicas o estancias para investigadores en situación de riesgo; |
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28. |
Destaca que la Unión tiene un papel clave que desempeñar en el progreso de la ciencia abierta a nivel mundial y el intercambio transfronterizo de datos, resultados e infraestructuras de investigación, siguiendo al mismo tiempo los principios FAIR (fáciles de encontrar, accesibles, interoperables y reutilizables); observa, no obstante, que esto no puede comportar una apertura incondicional y apoya el principio general de «tan abierto como sea posible y tan cerrado como sea necesario»; |
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29. |
Considera que un enfoque estratégico de la normalización internacional es un elemento clave para el éxito de un enfoque global de la I+i y aguarda con interés una estrategia europea de normalización; |
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30. |
Destaca que, en su cooperación internacional en materia de I+i, la Unión debe liderar y establecer normas éticas estrictas y aplicar un alto grado de integridad de la investigación en el suministro de ciencia de categoría mundial, garantizando al mismo tiempo que la investigación y el desarrollo de nuevas tecnologías estén en consonancia con el artículo 19 del Reglamento sobre Horizonte Europa y no causen daños al medio ambiente; |
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31. |
Destaca la necesidad de promover la igualdad de género centrándose en la mejora de las competencias y el papel de las investigadoras; resalta la necesidad de integrar mejor la dimensión de género en el contenido de la I+i, recopilar datos y resultados desagregados y reforzar al mismo tiempo el equilibrio de género en los equipos de I+i; pide a la Comisión que realice un seguimiento a este respecto mediante el diálogo y el intercambio de mejores prácticas con terceros países; |
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32. |
Pide al Consejo y a la Comisión que celebren un acuerdo interinstitucional con el Parlamento para darle un papel más importante en la gestión de los acuerdos de asociación firmados en virtud del artículo 16, apartado 1, letra d), del Reglamento sobre Horizonte Europa, visto su carácter profundamente político y sus repercusiones presupuestarias en los programas marco actuales y futuros; |
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33. |
Destaca la importancia de buscar sinergias y reforzar la cooperación a través de los programas de acción exterior de la Unión, como el Instrumento de Vecindad, Cooperación al Desarrollo y Cooperación Internacional, las inversiones en el desarrollo mundial de infraestructuras en el marco de Global Gateway y el Instrumento de Ayuda Preadhesión, para desarrollar capacidades en los países socios en el ámbito de la I+i y la educación superior, reforzando al mismo tiempo las asociaciones ya existentes, en particular con los socios africanos; estima de igual importancia el refuerzo de las capacidades de I+i en las delegaciones de la Unión en todo el mundo a fin de garantizar una auténtica investigación e innovación de la Unión a nivel mundial; |
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34. |
Destaca la necesidad de reforzar la I+i en la cooperación de la Unión con los países de renta baja y media en ámbitos clave como el cambio climático, la salud, la preparación frente a epidemias, la digitalización, la seguridad alimentaria y la nutrición; |
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35. |
Señala que la estrategia de la Unión para el hidrógeno requerirá la importación de hidrógeno limpio; destaca que los países meridionales de la cuenca mediterránea tienen un enorme potencial para utilizar y exportar hidrógeno limpio a Europa; reconoce asimismo que esta futura relación comercial se facilitaría mejor si se incluyera a todos los socios en los esfuerzos en materia de I+i que apoyarán la estrategia para el hidrógeno; pide a la Comisión que valore la posibilidad de ampliar la financiación de las asociaciones de la Unión en materia de I+i, como la Asociación para la Investigación e Innovación en la Región Mediterránea (PRIMA), sin desviarse de sus objetivos principales, en especial desarrollando soluciones innovadoras conjuntas que la región mediterránea necesita urgentemente; |
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36. |
Celebra el renovado apoyo político a la profundización de la cooperación transatlántica a través de distintos foros comerciales y tecnológicos, y apoya una ulterior intensificación de la colaboración científica entre la Unión y los Estados Unidos; |
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37. |
Destaca la importancia de fomentar los esfuerzos de I+i y fortalecer la cooperación con los países de la vecindad meridional y oriental a fin de promover el desarrollo, la paz y la estabilidad geopolítica; |
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38. |
Condena enérgicamente la violenta invasión de Ucrania por parte de la Federación de Rusia; pide a la Comisión que desarrolle, en colaboración con el Gobierno ucraniano, convocatorias en el marco de Horizonte Europa dedicadas a fortalecer el sector científico ucraniano, así como la cooperación entre la Unión y dicho país; pide a la Unión que interrumpa toda cooperación en materia de ciencia e investigación con la Federación de Rusia, con entidades rusas y con entidades europeas controladas por entidades rusas, y pide además que aplique el mismo enfoque a cualquier país que apoye los esfuerzos bélicos rusos; |
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39. |
Alienta el desarrollo de una política de innovación con Georgia y la región del Cáucaso Meridional, tal como se describe en el Acuerdo de Asociación entre la Unión y Georgia; |
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40. |
Pide a los Gobiernos de Suiza y del Reino Unido y a la Comisión que restablezcan unas relaciones constructivas como base para una cooperación más estrecha y una posible asociación con Horizonte Europa; |
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41. |
Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución a la Comisión, al Consejo y a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros. |
(1) Decisión (UE) 2016/1841 del Consejo, de 5 de octubre de 2016, relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo de París aprobado en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (DO L 282 de 19.10.2016, p. 1).
(2) Reglamento (UE) 2021/695 del Parlamento Europeo y del Consejo de 28 de abril de 2021 por el que se crea el Programa Marco de Investigación e Innovación «Horizonte Europa», se establecen sus normas de participación y difusión, y se derogan los Reglamentos (UE) n.o 1290/2013 y (UE) n.o 1291/2013 (DO L 170 de 12.5.2021, p. 1).