15.11.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 434/19


P9_TA(2022)0110

Medidas contra la contaminación del agua causada por nitratos, incluidas mejoras en los distintos sistemas de medición de nitratos en los Estados miembros

Resolución del Parlamento Europeo, de 5 de abril de 2022, sobre las medidas contra la contaminación del agua causada por nitratos, incluidas mejoras en los distintos sistemas de medición de nitratos en los Estados miembros (2021/3003(RSP))

(2022/C 434/03)

El Parlamento Europeo,

Vistas las peticiones n.os 0751/16, 1025/16, 0793/17, 0819/17, 0482/20, 0490/20, 0491/20, 0499/20, 0535/20, 0095/21 y 0862/21,

Vistos el artículo 3, apartado 3, del Tratado de la Unión Europea, los artículos 4, 191 y 192, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y los artículos 35 y 37 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

Vista la Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura (1) (Directiva sobre nitratos),

Vista la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas (2) (Directiva marco sobre el agua),

Vista la Directiva 2006/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de febrero de 2006, relativa a la gestión de la calidad de las aguas de baño y por la que se deroga la Directiva 76/160/CEE (3) (Directiva sobre las aguas de baño),

Vista la Directiva 2006/118/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro (4) (Directiva sobre aguas subterráneas),

Vista la Directiva 2008/56/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, por la que se establece un marco de acción comunitaria para la política del medio marino (5) (Directiva marco sobre la estrategia marina),

Vista la Directiva (UE) 2020/2184 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2020, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano (6) (Directiva sobre el agua potable),

Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 de mayo de 2020, titulada «Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030 — Reintegrar la naturaleza en nuestras vidas» (COM(2020)0380),

Vista la Comunicación de la Comisión, de 17 de noviembre de 2021, titulada «Estrategia de la UE para la Protección del Suelo para 2030 — Aprovechar los beneficios de unos suelos sanos para las personas, los alimentos, la naturaleza y el clima» (COM(2021)0699),

Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 de mayo de 2020, titulada «Estrategia “de la granja a la mesa” para un sistema alimentario justo, saludable y respetuoso con el medio ambiente» (COM(2020)0381),

Vista la Comunicación de la Comisión, de 12 de mayo de 2021, titulada «La senda hacia un planeta sano para todos — Plan de Acción de la UE: “Contaminación cero para el aire, el agua y el suelo”» (COM(2021)0400),

Visto el informe de la Comisión, de 11 de octubre de 2021, sobre la aplicación de la Directiva 91/676/CEE del Consejo, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura, basado en los informes de los Estados miembros para el período 2016-2019 (COM(2021)1000),

Vista su Resolución, de 17 de diciembre de 2020, sobre la aplicación de la legislación de la Unión relativa a las aguas (7),

Visto el artículo 227, apartado 2, de su Reglamento interno,

A.

Considerando que la Comisión de Peticiones ha recibido varias peticiones que muestran preocupación por la contaminación de las masas de agua causada por nitratos y denuncian infracciones de la legislación pertinente de la Unión en materia de medio ambiente; que también ha recibido peticiones sobre problemas relacionados con los diferentes sistemas de medición de nitratos en los Estados miembros y las dificultades para medir correctamente los niveles de nitratos en las aguas europeas y tener una visión general de la situación en la Unión;

B.

Considerando que el estado de muchas masas de agua de la Unión se ha deteriorado debido a la sobreexplotación y la contaminación o aún no cumple los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Directiva marco sobre el agua;

C.

Considerando que en la Unión existen regiones particularmente expuestas a este tipo de contaminación debido a sus características geográficas y al impacto del cambio climático;

D.

Considerando que el exceso de nitratos es uno de los principales factores que provocan una contaminación dañina del agua en la Unión, debido a la acumulación de nitrógeno y fósforo procedentes del estiércol y de fertilizantes inorgánicos;

E.

Considerando que el nitrógeno es un nutriente vital para el crecimiento de las plantas y los cultivos; que unas concentraciones elevadas de nitrógeno en el agua son perjudiciales para las personas y la naturaleza; que los nitratos provocan el agotamiento del oxígeno y eutrofización, lo que pone en peligro tanto la salud humana como los ecosistemas, y que tienen importantes repercusiones económicas en el tratamiento del agua para el consumo humano, el transporte de agua dulce para las comunidades afectadas y los sectores económicos que dependen de las aguas contaminadas;

F.

Considerando que, entre 2016 y 2019, el 14,1 % de las aguas subterráneas en los Estados miembros seguía superando el límite de concentración de nitratos establecido para el agua potable; que el agua declarada eutrófica en la Unión incluye el 81 % de las aguas marinas, el 31 % de las aguas costeras, el 36 % de los ríos y el 32 % de los lagos; que, entre los períodos 2012-2015 y 2016-2019, la superficie total de las zonas vulnerables a los nitratos (incluidos los Estados miembros que aplican un enfoque de territorio entero) aumentó en un 14,4 %; que la Comisión ha señalado que la eutrofización es un problema que no se está teniendo suficientemente en cuenta a la hora de designar las zonas contaminadas por nitratos;

G.

Considerando que, treinta años después de la adopción de las Directivas sobre nitratos, los datos sobre la calidad del agua muestran que los niveles de aplicación y cumplimiento siguen siendo insuficientes para alcanzar sus objetivos y los objetivos correspondientes de la Directiva marco sobre el agua;

H.

Considerando que muchos Estados miembros siguen registrando una mala calidad del agua en todo su territorio y tienen problemas sistémicos para gestionar las pérdidas de nutrientes procedentes de la agricultura, mientras que otros Estados miembros tienen puntos críticos en los que no se aborda suficientemente la contaminación;

I.

Considerando que, a pesar de las medidas adoptadas, los avances en toda la Unión desde 2012 han sido lentos; que las infracciones de la Directiva sobre nitratos por parte de los Estados miembros suelen estar relacionadas con deficiencias en la estabilidad de la red de seguimiento, la designación de zonas vulnerables y la aplicación de programas de acción;

J.

Considerando que los sistemas y las normas de medición de nitratos difieren de un Estado miembro a otro; que esto significa que los resultados de la medición de nitratos no pueden compararse fácilmente y pueden dar lugar a problemas de competencia en el sector agrícola de la Unión, con las consiguientes perturbaciones en el mercado interior;

K.

Considerando que el Pacto Verde Europeo prevé una reducción del 50 % de las pérdidas de nutrientes de aquí a 2030;

L.

Considerando que, de conformidad con la Directiva sobre nitratos, los Estados miembros deben determinar y designar correctamente las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos a fin de garantizar una lucha eficaz contra la contaminación por nitratos en su territorio;

M.

Considerando que la eutrofización está causando una preocupante pérdida de biodiversidad e incluso, en algunos casos, tragedias medioambientales en ecosistemas de alto valor medioambiental que son difíciles de recuperar;

N.

Considerando que la magnitud de los problemas de contaminación del agua causados por los nitratos procedentes de su utilización incorrecta en la agricultura y aquellos generados en los municipios, por ejemplo, en las plantas de tratamiento de aguas residuales, amenaza la supervivencia de algunos ecosistemas europeos;

O.

Considerando que muchas plantas municipales de tratamiento de aguas residuales no cumplen los requisitos vigentes;

1.

Recuerda que la Directiva marco sobre el agua exige que todas las aguas superficiales europeas alcancen un buen estado a más tardar en 2027; lamenta que la mitad de las masas de agua de la Unión sigan sin alcanzar un buen estado y que la contaminación por nitratos continúe siendo una de las mayores presiones sobre el medio acuático;

2.

Señala que la Directiva sobre nitratos sigue siendo un instrumento clave para la protección de las masas de agua europeas; expresa su preocupación por la aplicación inadecuada de la Directiva sobre nitratos, su insuficiente cumplimiento y el amplio uso de exenciones por parte de los Estados miembros; observa que los avances, por ende, han sido lentos desde su adopción en 1991;

3.

Destaca la importancia de intensificar las acciones para hacer frente a la eutrofización del agua, tanto dulce como salada, causada por el nitrógeno y el fósforo de cualquier origen, especialmente agrícola y municipal, como en el caso de las plantas de tratamiento de aguas residuales y las aguas residuales no tratadas o tratadas de forma inadecuada; pide a la Comisión que proponga medidas ambiciosas a este respecto en su próximo plan integrado de gestión de nutrientes, previsto para 2022;

4.

Pone de relieve que es necesario un conocimiento exhaustivo de la situación en cada Estado miembro y a escala europea; estima que el uso de diferentes sistemas de medición en cada Estado miembro puede dar lugar a dificultades a la hora de abordar el problema de la contaminación de las aguas por nitratos a escala europea; pide a la Comisión que garantice la comparabilidad de las mediciones de nitratos y los resultados de la evaluación de la eutrofización en todos los Estados miembros; opina que los sistemas de medición de nitratos y evaluación de la eutrofización, y en particular la ubicación de los puntos de medición, deben armonizarse dentro de la Unión; anima a la Comisión a que preste apoyo técnico a los Estados miembros en este proceso, mejorando sus directrices y llevando a cabo un estudio sobre cómo los Estados miembros aplican los sistemas de seguimiento; subraya que es necesario un sistema uniforme de muestreo y análisis para que los valores medidos sean comparables;

5.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen una transparencia plena y el acceso público en lo que se refiere a la modelización y las opciones e hipótesis subyacentes al estimar las emisiones de nitrógeno;

6.

Hace hincapié en que las medidas necesarias para garantizar la protección de la calidad del agua y luchar contra la contaminación causada por los nitratos deben diseñarse y adoptarse basándose en datos sobre la calidad del agua y no en estimaciones elaboradas por modelos, que solo pueden proporcionar información adicional de cara a medidas específicas;

7.

Considera de vital importancia la mejora oportuna y significativa de todas las medidas pertinentes en vigor a fin de garantizar una buena calidad del agua, ya que, sobre la base de las tendencias observables actuales, son necesarios cambios drásticos en aras de alcanzar los objetivos de la Directiva marco sobre el agua en lo que se refiere al buen estado ecológico y químico del agua;

8.

Insta a la Comisión a que aborde de forma adecuada todos los casos de incumplimiento de la Directiva sobre nitratos teniendo plenamente en cuenta el creciente volumen de pruebas e información presentado por los ciudadanos, y a que garantice una transparencia plena en lo que respecta a sus acciones generales contra los Estados miembros que incumplen la normativa, con el fin de defender los derechos de los ciudadanos y su capacidad para disfrutar plenamente de los beneficios de la legislación de la Unión; pide a la Comisión, en este contexto, que mejore notablemente el uso de sus competencias de ejecución, en particular haciendo un uso eficaz y oportuno de los procedimientos de infracción con el objeto de garantizar que los Estados miembros designen adecuadamente las zonas vulnerables a los nitratos y establezcan y apliquen con precisión todas las medidas pertinentes en los programas de acción en materia de nitratos;

9.

Lamenta que, durante el período 2016-2019, diez Estados miembros hayan sido objeto de procedimientos de infracción en curso por incumplimiento de la Directiva sobre nitratos; pide a los Estados miembros que aborden urgentemente la actual contaminación de las aguas y prevengan cualquier riesgo de contaminación adicional reforzando la designación de zonas vulnerables en virtud de la Directiva sobre nitratos e impulsando programas de acción para aplicar y hacer cumplir plenamente las medidas adoptadas en virtud de la mencionada Directiva; pide asimismo a los Estados miembros que garanticen la integración de los objetivos relacionados con el agua en otros ámbitos de actuación;

10.

Señala que el cambio climático y el aumento de las precipitaciones pueden provocar inundaciones y pérdidas de nutrientes; lamenta que los programas de acción actuales no puedan abordar estos riesgos de forma adecuada; pide a los Estados miembros que tengan en cuenta estas previsiones y riesgos al revisar sus programas de acción, aplicando el principio de precaución;

11.

Resalta la importancia de promover la adopción de innovaciones que induzcan eficiencia y buenas prácticas en la agricultura, reconociendo la necesidad de reducir las ineficiencias que dan lugar a un uso excesivo de agua, fertilizantes, plaguicidas y antibióticos;

12.

Recuerda la importancia de avanzar hacia una agricultura sostenible desde el punto de vista medioambiental, con miras a eliminar la contaminación por nutrientes y apoyar la aplicación de buenas prácticas medioambientales, también mediante el uso adecuado de todos los instrumentos pertinentes que ofrecen la política agrícola común, los Fondos Estructurales y otros programas de la Unión, como LIFE; destaca la importancia de utilizar prácticas innovadoras como la recuperación de nitrógeno del estiércol para mitigar esta contaminación y minimizar la fuga de nutrientes al medio ambiente; pide a la Comisión que financie programas de investigación en el marco de Horizonte Europa para encontrar soluciones inteligentes e innovadoras al problema de la contaminación por nutrientes en la Unión;

13.

Considera que un reglamento es el instrumento legislativo adecuado para garantizar la protección de las aguas frente a la contaminación causada por nitratos utilizados en la agricultura y para lograr un cumplimiento uniforme de los objetivos de calidad del agua en toda la Unión, en consonancia con los objetivos del Pacto Verde Europeo;

14.

Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución a la Comisión, al Consejo y a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros.

(1)  DO L 375 de 31.12.1991, p. 1.

(2)  DO L 327 de 22.12.2000, p. 1.

(3)  DO L 64 de 4.3.2006, p. 37.

(4)  DO L 372 de 27.12.2006, p. 19.

(5)  DO L 164 de 25.6.2008, p. 19.

(6)  DO L 435 de 23.12.2020, p. 1.

(7)  DO C 445 de 29.10.2021, p. 126.