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27.1.2023 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 32/409 |
P9_TA(2022)0256
Movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización: solicitud EGF/2021/008 EL/Attica electrical equipment manufacturing — Grecia
Resolución del Parlamento Europeo, de 23 de junio de 2022, sobre la Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para Trabajadores Despedidos en respuesta a una solicitud de Grecia (EGF/2021/008 EL/Attica electrical equipment manufacturing) (COM(2022)0248 — C9-0190/2022 — 2022/0170(BUD))
(2023/C 32/20)
El Parlamento Europeo,
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Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2022)0248 — C9-0190/2022), |
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Visto el Reglamento (UE) 2021/691 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de abril de 2021, relativo al Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para Trabajadores Despedidos (FEAG) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 1309/2013 (1) («Reglamento del FEAG»), |
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Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093 del Consejo, de 17 de diciembre de 2020, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021-2027 (2), y en particular su artículo 8, |
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Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 16 de diciembre de 2020, entre el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera, así como sobre nuevos recursos propios, en particular una hoja de ruta para la introducción de nuevos recursos propios (3), y en particular su apartado 9, |
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Vistas las cartas de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales y de la Comisión de Desarrollo Regional, |
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Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A9-0185/2022), |
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A. |
Considerando que la Unión ha creado instrumentos legislativos y presupuestarios para prestar apoyo adicional a los trabajadores que sufren las consecuencias de la globalización y de los cambios tecnológicos y medioambientales, tales como cambios en las tendencias del comercio mundial, diferencias comerciales, cambios significativos en las relaciones comerciales de la Unión o en la composición del mercado interior, y crisis financieras o económicas, así como la transición hacia una economía neutra en carbono o como consecuencia de la digitalización o la automatización; |
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B. |
Considerando que la Unión ha ampliado el ámbito de aplicación del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para Trabajadores Despedidos (FEAG) con el fin de proporcionar ayuda financiera en caso de que se produzca un acontecimiento importante de reestructuración, cubriendo así los efectos económicos de la crisis del coronavirus; |
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C. |
Considerando que Grecia ha presentado la solicitud EGF/2021/008 EL/Attica electrical equipment manufacturing para recibir una contribución financiera del FEAG, a raíz de los despidos de 206 trabajadores en el sector económico clasificado en la división 27 de la NACE Rev. 2 (Fabricación de material y equipo eléctrico) en la región de nivel NUTS 2 del Ática (EL30), en Grecia, con un período de referencia para la presentación de solicitudes comprendido entre el 1 de abril de 2021 y el 1 de octubre de 2021; |
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D. |
Considerando que la solicitud se refiere a 206 trabajadores despedidos cuya actividad cesó en seis empresas (4) durante el período de referencia y que todos ellos serán considerados beneficiarios admisibles; que 180 de los trabajadores despedidos son hombres (87,4 %) y 26, mujeres (12,6 %); que 26 de los trabajadores despedidos tienen menos de 30 años (12,6 %), 137 tienen entre 30 y 54 años (66,5 %) y 43 tienen más de 54 años (20,9 %); que 167 de los trabajadores despedidos poseen un nivel educativo correspondiente a educación secundaria baja o inferior (81,1 %), 6 poseen un nivel educativo correspondiente a educación secundaria alta o educación postsecundaria no terciaria (2,9 %) y 33 poseen un nivel educativo correspondiente a educación terciaria (16,0 %); |
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E. |
Considerando que la solicitud se basa en el criterio de intervención contemplado en el artículo 4, apartado 2, letra b), del Reglamento del FEAG, que requiere el cese de actividad de como mínimo 200 trabajadores despedidos durante un período de referencia de seis meses en empresas que operen en un mismo sector económico definido en una división de la NACE Rev. 2 y estén situadas en una región o en dos regiones contiguas de nivel NUTS 2 de un Estado miembro; |
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F. |
Considerando que el gasto en nuevos electrodomésticos en Grecia se vio notablemente afectado en primer lugar por la crisis económica en el período comprendido entre 2008 y 2016 (descenso del 35 %) y, en segundo lugar, por la pandemia de la COVID-19 (descenso del 50 % entre 2019 y 2020), con una recuperación del 9,5 % entre 2017 y 2019; |
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G. |
Considerando que las cibercapacidades básicas de la población griega siguen estando poco desarrolladas y se sitúan por debajo de la media de la Unión, lo que comporta un elevado riesgo de atraso tecnológico y analfabetismo digital; que, según el Índice de la Economía y la Sociedad Digitales de 2021 (5), elaborado por la Comisión, Grecia ocupa el vigesimosegundo puesto de los veintisiete Estados miembros en lo que respecta a la integración de tecnologías digitales en las actividades empresariales, y solo el 23 % de su población posee cibercapacidades por encima del nivel básico, frente a la media de la Unión, del 31 %; |
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H. |
Considerando que, en este contexto, la pérdida de competitividad de la planta de producción de Pitsos debida a una combinación de factores, como la falta de automatización y fabricación avanzada, los elevados costes de producción de electrodomésticos, la escasez de suministro nacional de componentes eléctricos, la decisión de la dirección de BSH-Pitsos de no apoyar las inversiones de capital necesarias para optimizar las instalaciones de producción de la planta y la decisión de trasladar la producción a Turquía para reducir los costes de producción (mientras que al mismo tiempo el departamento de marcas, ventas y servicios se mantenía en Grecia) dieron lugar al anuncio del cierre de la planta de producción de Pitsos en septiembre de 2017; que la producción se amplió hasta principios de 2021, y se despidió a 166 trabajadores en 2021; |
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I. |
Considerando que 40 trabajadores fueron despedidos en otras cinco empresas, que se enfrentaron a los retos de adaptarse a la rápida transformación de la economía digital; |
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J. |
Considerando que, aunque la tasa de desempleo en Grecia ha ido disminuyendo gradualmente desde 2013, cuando alcanzó su nivel máximo, del 27,5 %, Grecia sigue teniendo tasas de desempleo muy elevadas; que, en 2021, la tasa de desempleo en Grecia fue la segunda más alta de la Unión, con un 14,7 %, frente a una media de la Unión del 7,0 % (6); |
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K. |
Considerando que el FEAG no puede superar la cantidad máxima anual de 186 000 000 EUR (a precios de 2018), de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del Reglamento sobre el marco financiero plurianual (MFP); |
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L. |
Considerando que las contribuciones financieras del FEAG deben destinarse principalmente a medidas de política activa del mercado laboral y servicios personalizados que fomenten una rápida reinserción de los beneficiarios en empleos dignos y sostenibles, dentro o fuera de su sector de actividad inicial, y los preparen al mismo tiempo para una economía europea más ecológica y digital; |
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1. |
Conviene con la Comisión en que se cumplen las condiciones establecidas en el artículo 4, apartado 2, letra b), del Reglamento del FEAG y en que Grecia tiene derecho a una contribución financiera por un valor de 1 495 830 EUR de conformidad con dicho Reglamento, lo que representa el 85 % del coste total de 1 759 800 EUR, desglosados en 1 689 800 EUR en concepto de servicios personalizados y 70 000 EUR en concepto de gastos de aplicación del FEAG (7); |
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2. |
Observa que las autoridades griegas presentaron la solicitud el 21 de diciembre de 2021 y que la Comisión finalizó su evaluación el 30 de mayo de 2022 e informó al respecto al Parlamento el mismo día; considera que el período de evaluación debe reducirse para que los beneficiarios previstos reciban la ayuda necesaria con menos retraso; |
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3. |
Observa que la solicitud se refiere en total a 206 trabajadores despedidos que han cesado en sus actividades; celebra que Grecia haya previsto que todos los beneficiarios admisibles participen en las medidas (beneficiarios previstos); |
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4. |
Recuerda que se prevé que la repercusión social de los despidos sea significativa para la región griega del Ática, que registraba el mayor número de desempleados en Grecia en diciembre de 2021 (342 744, lo que representa el 31 % de los desempleados registrados en Grecia), y donde el 24,1 % de la población está en riesgo de pobreza y exclusión social (8); |
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5. |
Señala que el 81,1 % de los trabajadores despedidos poseen un nivel educativo correspondiente a educación secundaria baja o inferior y tendrán dificultades para volver a encontrar oportunidades de empleo; |
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6. |
Observa que Grecia comenzará a prestar los servicios personalizados a los beneficiarios previstos tan pronto como las autoridades presupuestarias adopten la decisión de movilización y que, por tanto, el gasto en las medidas podrá optar a una contribución financiera del FEAG desde la fecha en que Grecia comience a prestar servicios personalizados hasta veinticuatro meses después de la fecha de entrada en vigor de la Decisión de financiación (9); |
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7. |
Recuerda que los servicios personalizados que se prestarán a los trabajadores consisten en las siguientes acciones: orientación profesional, formación en cibercapacidades, formación y educación profesional, enseñanza superior, contribución a la creación de empresas y asignaciones diversas; |
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8. |
Reitera, en dicho contexto, la importante función que debe cumplir la Unión proporcionando las cualificaciones necesarias para una transición justa acorde con el Pacto Verde Europeo; apoya firmemente que entre 2021 y 2027 el FEAG siga mostrando solidaridad hacia las personas afectadas y mantenga el foco de atención en el impacto de la reestructuración en los trabajadores, y pide que en el futuro las solicitudes maximicen la coherencia de las políticas; |
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9. |
Acoge con satisfacción que Grecia haya elaborado el paquete coordinado de servicios personalizados en consulta con los representantes de los trabajadores y varios antiguos empleados; |
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10. |
Acoge favorablemente que la formación en cibercapacidades se haya incluido como elemento horizontal en el diseño de las acciones propuestas, lo que contribuirá a la difusión de las competencias horizontales necesarias en la era industrial digital, así como en una economía eficiente en el uso de los recursos, de conformidad con el artículo 7, apartado 2, del Reglamento del FEAG; |
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11. |
Observa que Grecia empezó a incurrir en los gastos administrativos necesarios para la ejecución del FEAG el 1 de marzo de 2022 y que, por tanto, los gastos para las actividades de preparación, gestión, información y publicidad, control y presentación de informes cumplirán los requisitos de admisibilidad para una contribución financiera del FEAG desde el 1 de marzo de 2022 hasta 31 meses después de la fecha de entrada en vigor de la Decisión de financiación; |
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12. |
Pide a la Comisión que reduzca el tiempo necesario para evaluar las solicitudes de ayuda del FEAG y que movilice este fondo con mayor rapidez, con el fin de reducir la presión sobre los sistemas nacionales de seguridad social de las regiones afectadas; |
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13. |
Destaca que las autoridades griegas han confirmado que las acciones subvencionables no reciben asistencia de otros fondos o instrumentos financieros de la Unión; |
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14. |
Reitera que, con el fin de garantizar la plena adicionalidad de la asignación, la ayuda del FEAG no debe sustituir ninguna acción ni ningún subsidio o derecho de los trabajadores despedidos que sean responsabilidad de las empresas en virtud de la legislación nacional o de convenios colectivos, ni las acciones necesarias de los Estados miembros para mejorar la competitividad de las empresas, en particular las pymes, y su capacidad de adaptación a la rápida transformación de la economía digital, las acciones para mejorar las cibercapacidades de los trabajadores con el fin de hacer frente al riesgo de atraso tecnológico y analfabetismo digital, las medidas para aumentar el poder adquisitivo de la población, así como nuevas políticas activas de empleo específicas para luchar contra el desempleo y facilitar la reintegración de los trabajadores despedidos en el mercado laboral; |
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15. |
Aprueba la Decisión adjunta a la presente Resolución; |
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16. |
Pide la rápida liberación de la contribución financiera del FEAG por importe de 1 495 830 EUR a Grecia; |
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17. |
Encarga a su presidenta que firme esta Decisión, conjuntamente con el presidente del Consejo, y disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea; |
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18. |
Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución, incluido su anexo, al Consejo y a la Comisión. |
(1) DO L 153 de 3.5.2021, p. 48.
(2) DO L 433 I de 22.12.2020, p. 11.
(3) DO L 433 I de 22.12.2020, p. 28.
(4) Bsh Oikiakes Syskeves Anon. Viom. Etairia [Bsh-Pitsos], Seller Hellas Avee, Nexans HellasMonoprosopi Ave, Kampourakis Georgios — G.E.M.A., Sammler V. Michalopoulos Aeve, Mavilek Avee
(5) https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/policies/desi-greece
(6) https://ec.europa.eu/eurostat/databrowser/view/tps00203/default/table?lang=en
(7) De conformidad con el artículo 7, apartado 5, del Reglamento del FEAG.
(8) Datos de Eurostat.
(9) Dicho plazo no se aplicará a los estudios formales de una duración superior a dos años, que serán admisibles hasta la fecha límite de presentación del informe final.
ANEXO
DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para Trabajadores Despedidos en respuesta a una solicitud de Grecia (EGF/2021/008 EL/Attica electrical equipment manufacturing)
(No se reproduce el texto del presente anexo ya que es el que corresponde al del acto definitivo, la Decisión (UE) 2022/1163.)