5.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 161/53


P9_TA(2022)0385

Aplicación íntegra de las disposiciones del acervo de Schengen en Croacia

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 10 de noviembre de 2022, sobre el proyecto de Decisión del Consejo en relación con la aplicación íntegra de las disposiciones del acervo de Schengen en la República de Croacia (10624/2022 — C9-0222/2022 — 2022/0806(NLE))

(Consulta)

(2023/C 161/12)

El Parlamento Europeo,

Visto el proyecto del Consejo (10624/2022),

Visto el artículo 4, apartado 2, del Acta de Adhesión de 2012, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C9-0222/2022),

Vista la Comunicación de la Comisión, de 22 de octubre de 2019, relativa a la verificación de la plena aplicación del acervo de Schengen por parte de Croacia (COM(2019)0497),

Vistas las Conclusiones del Consejo, de 9 de diciembre de 2021, sobre el cumplimiento de las condiciones necesarias para la plena aplicación del acervo de Schengen en Croacia (14883/21),

Visto el artículo 67 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), por el que se establece un espacio de libertad, seguridad y justicia y que garantizará la ausencia de controles de las personas en las fronteras interiores,

Vistos el artículo 21, apartado 1, del TFUE y el artículo 45 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que garantizan el derecho de los ciudadanos a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros,

Vistas sus Resoluciones, de 8 de julio de 2021 (1) y de 30 de mayo de 2018 (2), sobre los informes anuales sobre el funcionamiento del espacio Schengen, así como sus Resoluciones de 11 de diciembre de 2018 (3), de 13 de octubre de 2011 (4) y de 8 de junio de 2011 (5) sobre el proceso de ampliación de Schengen,

Vista la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el asunto M. H y otros contra Croacia, de 18 de noviembre de 2021 (15670/18 y 43115/18),

Visto el informe anual del mecanismo independiente de supervisión de las acciones de los agentes de policía del Ministerio del Interior de la República de Croacia en el ámbito de la migración ilegal y la protección internacional, de julio de 2022,

Visto el artículo 82 de su Reglamento interno,

Visto el informe de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A9-0264/2022),

1.

Aprueba el proyecto del Consejo en su versión modificada;

2.

Pide al Consejo que le informe si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

3.

Pide al Consejo que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente su proyecto;

4.

Encarga a su presidenta que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.

Enmienda 1

Proyecto de Decisión

Considerando 4

Proyecto del Consejo

Enmienda

(4)

El 22 de octubre de 2019, la Comisión Europea publicó una Comunicación relativa a la verificación de la plena aplicación del acervo de Schengen por parte de Croacia (5), en la que llegaba a la siguiente conclusión: «la Comisión considera que Croacia ha tomado las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de las condiciones necesarias para la aplicación de todas las partes pertinentes del acervo de Schengen. Croacia deberá continuar trabajando de un modo coherente en la aplicación de todas las acciones en curso, en particular en el ámbito de la gestión de las fronteras exteriores, para garantizar que se siguen cumpliendo estas condiciones. La Comisión también confirma que Croacia continúa cumpliendo los compromisos vinculados al acervo de Schengen que contrajo en sus negociaciones de adhesión».

(4)

El 22 de octubre de 2019, la Comisión Europea publicó una Comunicación relativa a la verificación de la plena aplicación del acervo de Schengen por parte de Croacia (5), en la que llegaba a la siguiente conclusión: «la Comisión considera que Croacia ha tomado las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de las condiciones necesarias para la aplicación de todas las partes pertinentes del acervo de Schengen. Croacia deberá continuar trabajando de un modo coherente en la aplicación de todas las acciones en curso, en particular en el ámbito de la gestión de las fronteras exteriores, para garantizar que se siguen cumpliendo estas condiciones. La Comisión también confirma que Croacia continúa cumpliendo los compromisos vinculados al acervo de Schengen que contrajo en sus negociaciones de adhesión». Croacia debe informar por escrito al Parlamento Europeo y al Consejo a más tardar el… [seis meses después de la fecha de entrada en vigor de la presente Decisión] de las medidas de seguimiento emprendidas a raíz del plan de acción en el ámbito de la gestión de las fronteras exteriores y de la ejecución de cualquier acción en curso relacionada con este, también del mecanismo independiente para la supervisión de las acciones de los agentes de policía.

Enmienda 2

Proyecto de Decisión

Considerando 4 bis (nuevo)

Proyecto del Consejo

Enmienda

 

(4 bis)

Tras la entrada en vigor de la presente Decisión, de conformidad con el artículo 13 del Reglamento (UE) 2022/922 del Consejo, la Comisión debe incluir, en su programa de evaluación anual, una evaluación periódica o una evaluación temática de la aplicación por parte de Croacia del acervo de Schengen en el ámbito de la gestión de las fronteras exteriores, incluidas las preocupaciones sobre la situación de los derechos fundamentales. A la luz de los informes y las acusaciones de malos tratos y devoluciones de migrantes en las fronteras, esta evaluación debe incluir una visita a Croacia, así como un seguimiento anual del mecanismo de supervisión independiente restablecido en las fronteras exteriores. La Comisión debe formular recomendaciones adecuadas de medidas destinadas a subsanar cualquier deficiencia detectada y proporcionar información clara y periódica sobre ellas.

Enmienda 3

Proyecto de Decisión

Considerando 5

Proyecto del Consejo

Enmienda

(5)

El 9 de diciembre de 2021, el Consejo concluyó que Croacia había cumplido las condiciones para la aplicación de todas las partes del acervo pertinente (6).

(5)

El 9 de diciembre de 2021, el Consejo concluyó que Croacia había cumplido las condiciones para la aplicación de todas las partes del acervo pertinente (6) e invitó a Croacia a seguir trabajando sistemáticamente en la aplicación del acervo de Schengen y en los compromisos vinculados a dicho acervo .


(1)  DO C 99 de 1.3.2022, p. 158.

(2)  DO C 76 de 9.3.2020, p. 106.

(3)  DO C 388 de 13.11.2020, p. 18.

(4)  DO C 94 E de 3.4.2013, p. 13.

(5)  DO C 380 E de 11.12.2012, p. 160.

(5)  COM(2019)0497 de 22.10.2019.

(5)  COM(2019)0497 de 22.10.2019.

(6)  ST 14883/21.

(6)  ST 14883/21.