21.4.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 140/58


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro»

[COM(2022) 782 final]

(2023/C 140/10)

Ponente:

Petru Sorin DANDEA

Consulta

Comisión Europea, 19.12.2022

Base jurídica

Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Sección competente

Unión económica y monetaria y Cohesión Económica y Social

Aprobado en sección

21.12.2022

Aprobación en el pleno

24.1.2023

Pleno n.o

575

Resultado de la votación

(a favor/en contra/abstenciones)

169/0/3

1.   Conclusiones y recomendaciones

1.1.

El Comité Económico y Social Europeo (CESE) apoya las recomendaciones de la Comisión y presenta una serie de propuestas adicionales.

1.2.

El CESE recuerda las conclusiones de su Dictamen anterior (1), aprobado por amplia mayoría en el pleno de octubre de 2022.

1.3.

El CESE recomienda que los dos niveles de consumo se definan de manera que protejan a todos los hogares que se enfrentan a grandes problemas a la hora de pagar sus facturas de energía. Considera que esta política de los dos niveles de precios debería cubrir tanto a las personas que se encuentran por debajo del umbral de pobreza como a las de clase media baja que, debido a sus bajos ingresos, no podrán pagar sus facturas de energía a precios de mercado.

1.4.

El CESE apoya la propuesta de la Comisión de que los Estados miembros utilicen el marco temporal de crisis relativo a las ayudas estatales y les recomienda que utilicen todos los medios posibles para ayudar a las empresas en general y, en particular, a las pequeñas y medianas empresas.

1.5.

El CESE aboga por un uso prudente de la política monetaria, ya que, dado que la inflación se debe a factores exógenos, la política monetaria puede tener un efecto cíclico en este contexto complejo.

1.6.

El CESE apoya la propuesta de la Comisión de que los países de la zona del euro coordinen su política presupuestaria con la política monetaria del Banco Central Europeo. Esto es importante para que la política monetaria consiga reducir la inflación.

1.7.

A juicio del CESE, completar la unión de los mercados de capitales y la unión bancaria supondrá un paso importante en la profundización de la unión económica y monetaria y recomienda a los Estados miembros que realicen esfuerzos para acelerar el proceso.

1.8.

El CESE recomienda a los Estados miembros que apliquen rápidamente a nivel nacional la Directiva sobre unos salarios mínimos. Esto podría mejorar el nivel del salario mínimo y crear una red de seguridad para los trabajadores con salarios bajos, preservando su poder adquisitivo durante este período de elevada inflación.

1.9.

La Comisión recomienda a los Estados miembros que aprovechen la oportunidad que presenta el diálogo social para implicar a los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de las políticas necesarias para mitigar los efectos de la crisis. El CESE apoya de forma decidida la propuesta de la Comisión.

2.   Antecedentes

2.1.

La recuperación del crecimiento económico iniciado en la zona del euro y en toda la Unión Europea en 2021 se vio interrumpida repentinamente por la guerra iniciada por la Federación de Rusia contra Ucrania. En el contexto de las sanciones impuestas por la Unión Europea, la fuerte dependencia de la zona del euro de las importaciones de combustibles fósiles procedentes de la Federación de Rusia ha generado incertidumbre, lo que ha tenido importantes repercusiones en las cadenas de suministro. Estos factores han provocado la crisis energética y, posteriormente, la elevada inflación a la que se enfrentan la zona del euro y la Unión Europea.

2.2.

Aunque la inflación ha disminuido ligeramente, pasando del 10,6 % en octubre al 10 % en noviembre, es posible que, con la llegada de la estación fría, vuelva a acelerarse debido a los problemas de abastecimiento de combustible y a la consiguiente crisis energética.

2.3.

El Banco Central Europeo ha recurrido a la política monetaria para reducir la inflación a parámetros sostenibles (restablecimiento de su objetivo del 2 % a medio plazo), pero sus esfuerzos podrían resultar insuficientes, habida cuenta de los factores exógenos que han llevado a la crisis, pero también de la dificultad de articular la política monetaria con las políticas presupuestarias independientes de cada uno de los Estados miembros.

2.4.

Esta crisis múltiple se superpone a la crisis climática que afronta la Unión Europea. También se observa una reducción significativa del ritmo de convergencia, o incluso una fragmentación y divergencia no solo en algunos sectores, sino también entre las economías de los Estados miembros de la zona del euro.

2.5.

La crisis energética ha provocado una pérdida de competitividad para muchos sectores y empresas que operan en el mercado único.

2.6.

El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como la política de cohesión, han contribuido significativamente a ayudar a los Estados miembros de la zona del euro a mantener el nivel de inversión necesario para alcanzar los objetivos del Pacto Verde, pero son necesarios esfuerzos adicionales para garantizar una transición más rápida hacia la neutralidad en carbono y reducir significativamente la dependencia energética.

2.7.

En este contexto especialmente difícil y complejo, la Comisión Europea presentó el pasado 22 de noviembre su propuesta de «Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro» para 2023 (2).

3.   Observaciones generales y específicas

3.1.

El CESE apoya las recomendaciones propuestas por la Comisión, pero considera necesario añadir las siguientes propuestas:

3.2.

El CESE recuerda las conclusiones del Dictamen ECO/590 (3), aprobado por amplia mayoría en el pleno de octubre de 2022.

3.3.

En el contexto de la crisis energética, el invierno de 2022-2023 planteará grandes problemas a los hogares y las empresas de la Unión Europea. La Comisión Europea propone una política de protección para los más vulnerables, que consiste en una tarificación a dos niveles. Esto significa que, hasta cierto nivel de consumo de energía, el consumidor vulnerable pagará un precio inferior al precio de mercado. Esta política de dos niveles propuesta por la Comisión para proteger a los hogares vulnerables en el contexto de la crisis energética debe ser utilizada por los Estados miembros de manera inclusiva. El CESE recomienda que los dos niveles de consumo se definan de manera que protejan a todos los hogares que se enfrentan a grandes problemas a la hora de pagar sus facturas de energía.

Considera que esta política de los dos niveles de precios debería cubrir tanto a las personas que se encuentran por debajo del umbral de pobreza como a las de clase media baja que, debido a sus bajos ingresos, no podrán pagar sus facturas de energía a precios de mercado.

3.4.

Por lo que se refiere a las empresas, la Comisión estima que los Estados miembros deben prestarles apoyo para evitar que su actividad se paralice, también a través del marco temporal de crisis relativo a las medidas de ayuda estatal. El CESE apoya la propuesta de la Comisión y recomienda a los Estados miembros que utilicen todos los medios posibles para ayudar a las empresas en general y, en particular, a las pequeñas y medianas empresas.

3.5.

La inflación provocada por los precios del gas natural y la crisis energética alcanzó en octubre de 2022 su nivel más elevado, el 10,6 %, desde la introducción del euro. El Banco Central Europeo ha actuado a su debido tiempo, utilizando la política monetaria para contener el crecimiento de la inflación y permitir su retorno a un nivel inferior al 2 % (objetivo a medio plazo). El CESE aboga por un uso prudente de la política monetaria, ya que, dado que la inflación se debe a factores exógenos, la política monetaria puede tener un efecto cíclico en este contexto complejo.

3.6.

Si bien los salarios han aumentado ligeramente en la zona del euro en 2022, este aumento se sitúa muy por debajo de la inflación. El CESE comparte la opinión de la Comisión Europea cuando recomienda a los Estados miembros que, de conformidad con sus prácticas nacionales y su modelo de negociación colectiva, actúen para preservar del poder adquisitivo de los salarios, en particular el de los trabajadores vulnerables con salarios bajos. El CESE recomienda a los Estados miembros que apliquen rápidamente a nivel nacional la Directiva sobre unos salarios mínimos. Esto podría mejorar el nivel del salario mínimo y crear una red de seguridad para los trabajadores con salarios bajos, que preserve su poder adquisitivo.

3.7.

El CESE apoya la propuesta de la Comisión de que los países de la zona del euro coordinen su política presupuestaria con la política monetaria del Banco Central Europeo. Esto es importante para que la política monetaria consiga reducir la inflación. El Comité considera que los Estados miembros y la Comisión deberían redoblar sus esfuerzos para aplicar el «primer pilar» propuesto por el Marco Inclusivo de la OCDE. Esto generaría importantes ingresos para los Estados miembros que, tras los esfuerzos realizados durante la pandemia de COVID-19, se enfrentan a una elevada deuda pública y, por tanto, disponen de menos margen para aplicar sus políticas presupuestarias en tiempos de crisis.

3.8.

El CESE apoya la propuesta de la Comisión de proseguir los esfuerzos para completar la unión de los mercados de capitales y la unión bancaria. En su opinión, la finalización de estos dos procesos políticos constituirá un paso importante en la profundización de la unión económica y monetaria.

3.9.

En el contexto de esta crisis múltiple, los Estados miembros deben actuar para reducir sus efectos negativos para hogares y empresas. La Comisión recomienda a los Estados miembros que aprovechen la oportunidad que presenta el diálogo social para implicar a los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de las políticas necesarias para mitigar los efectos de la crisis. El CESE apoya de forma decidida la propuesta de la Comisión.

Bruselas, 24 de enero de 2023.

La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo

Christa SCHWENG


(1)  Dictamen del Comité Económico y Social Europeo — Consideraciones adicionales sobre la «Recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro» [COM(2021) 742 final] (Dictamen de iniciativa) (DO C 75 de 28.2.2023, p. 43).

(2)  Recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro [COM(2022) 782 final].

(3)  Dictamen del Comité Económico y Social Europeo — Consideraciones adicionales sobre la «Recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro» [COM(2021) 742 final] (Dictamen de iniciativa) (DO C 75 de 28.2.2023, p. 43).