29.7.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 290/149


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (UE) 2019/833, por el que se establecen medidas de conservación y ejecución aplicables en la zona de regulación de la Organización de Pesquerías del Atlántico Noroeste»

[COM(2022) 51 final—2022/0035 (COD)]

(2022/C 290/24)

Ponente general:

Francisco Javier GARAT PÉREZ

Consulta

Parlamento Europeo, 17.2.2022

Consejo, 28.2.2022

Fundamento jurídico

Artículo 43, apartado 2, y artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Sección competente

Agricultura, Desarrollo Rural y Medio Ambiente

Aprobado en el pleno

24.3.2022

Pleno n.o

568

Resultado de la votación

(a favor/en contra/abstenciones)

219/0/0

1.   Conclusiones y recomendaciones

1.1.

El CESE reitera de nuevo su opinión con relación a la propuesta de Reglamento presentada, expuesta en su Dictamen 2018/05155 (1) y en su Dictamen 2020/02842 (2), y cuyas conclusiones y recomendaciones fueron las que se detallan a continuación.

1.2.

El Comité considera necesaria la transposición al Derecho de la Unión de las medidas de conservación y control adoptadas por la Organización de Pesquerías del Atlántico Noroeste (NAFO, por sus siglas en inglés), con el fin de lograr una aplicación uniforme y efectiva de las mismas en el seno de la UE.

1.3.

No obstante, el CESE estima que la propuesta presentada no establece un mecanismo ágil de transposición de las normas adoptadas en la NAFO y no solventa la necesidad de actualizar anualmente las mismas.

1.4.

El Comité es partidario de un mecanismo más ágil y simple, por lo que propone un Reglamento con un único artículo en el que se determine que la Unión Europea debe imperativamente aplicar a su flota las normas aprobadas por la NAFO.

1.5.

El CESE insiste en el riesgo que supone introducir el sistema de actos delegados por el que se le concede a la Comisión la potestad de legislar sin tener que someterse a los procedimientos ordinarios.

2.   Síntesis de la propuesta legislativa

2.1.

La propuesta presentada tiene como objetivo principal la integración en el Derecho de la Unión de las medidas de conservación y control adoptadas por la Organización de Pesquerías del Atlántico Noroeste (NAFO) en su reunión anual del mes de septiembre de 2021.

2.2.

Se incorporan así modificaciones relativas al cálculo de la cuota «Otros», sobre medidas de acompañamiento para el bacalao de la división 3M y el fletán negro respecto a la inspección de los desembarques.

2.3.

También se incluyen nuevas disposiciones relativas a otros procedimientos, a infracciones graves relacionadas con el uso de determinados tamaños de malla y rejillas o rejillas separadoras, a medidas reforzadas sobre el seguimiento de las infracciones y a la transmisión de documentos a la NAFO y a la Agencia Europea de Control de la Pesca.

2.4.

La propuesta delega poderes en la Comisión para modificar el Reglamento (UE) 2019/833 en lo relativo al desembarque e inspección del fletán negro y a las medidas de control del bacalao de la división 3M, para el caso de que la NAFO modifique sus medidas en un futuro.

2.5.

Se reconoce la necesidad de agilizar la adopción de estas disposiciones para que los buques de la Unión puedan pescar en las mismas condiciones que los otros buques de las Partes contratantes de la NAFO.

3.   Observaciones generales

3.1.

El CESE considera necesaria la transposición al Derecho de la Unión de las medidas de conservación y control aprobadas en la última reunión anual de la NAFO, para garantizar su aplicación homogénea en la UE.

3.2.

Sin embargo, el Comité opina que este procedimiento de transposición sigue sin obedecer a un mecanismo ágil, puesto que estas medidas sufren modificaciones cada año y los trámites burocráticos de la UE son muy lentos, provocando un desfase continuo entre las normas adoptadas por la NAFO y la legislación comunitaria.

3.3.

El CESE reitera la necesidad de aprobar un procedimiento más ágil, como el propuesto por este Comité en 2019 y 2020, que, por otra parte, fue apoyado por las administraciones de los Estados miembros y los sectores afectados. Consistiría en un Reglamento sencillo, con un artículo único que recogiese el compromiso de la Unión Europea de aplicar imperativamente a su flota las normas aprobadas por la NAFO cada año.

3.4.

El Comité advierte de nuevo que continuar con la vía del Reglamento puede provocar conflictos de contradicción entre normas o, al menos, períodos de incertidumbre jurídica para las administraciones y las propias empresas, que no saben si deben cumplir con la normativa anterior, que es la vigente en la UE, o con la nueva. Además, crea distorsiones en la aplicación de las medidas respecto a flotas no pertenecientes a la UE.

3.5.

El CESE estima que lo único que va a facilitar la introducción del sistema de actos delegados es que la Comisión pueda establecer normas sin necesidad de someterse a los procedimientos ordinarios.

Bruselas, 24 de marzo de 2022.

La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo

Christa SCHWENG


(1)  Dictamen del CESE «Medidas de conservación y control en la zona de la Organización de Pesquerías del Atlántico Noroeste» (DO C 159 de 10.5.2019, p. 60).

(2)  Dictamen del CESE «Medidas de conservación y control-NAFO» (DO C 429 de 11.12.2020, p. 279).