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7.5.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 173/1 |
Anuncio dirigido a los interesados a los que se aplican las medidas restrictivas contempladas en la Decisión 2013/255/PESC del Consejo y en el Reglamento (UE) n.o 36/2012 del Consejo, relativos a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria
(2021/C 173/01)
De conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), se pone en conocimiento de los interesados la información que se expone a continuación.
Las bases jurídicas para esta operación de tratamiento de datos son la Decisión 2013/255/PESC del Consejo (2), aplicada por la Decisión (PESC) 2021/751 del Consejo (3), y el Reglamento (UE) n.o 36/2012 del Consejo (4), aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/743 del Consejo (5).
El responsable de esta operación de tratamiento de datos es la Unidad RELEX.1.C de la Dirección General de Relaciones Exteriores (RELEX) de la Secretaría General del Consejo, con la que se puede contactar en la siguiente dirección:
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Consejo de la Unión Europea |
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Secretaría General |
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RELEX.1.C |
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Rue de la Loi/Wetstraat 175 |
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1048 Bruxelles/Brussel |
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BELGIQUE/BELGIË |
Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu
El objetivo de esta operación de tratamiento de datos es la elaboración y la actualización de la lista de personas sujetas a medidas restrictivas con arreglo a la Decisión 2013/255/PESC, aplicada por la Decisión (PESC) 2021/751, y al Reglamento (UE) n.o 36/2012, aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/743.
Los interesados son las personas físicas que cumplen los criterios de inclusión en la lista que figuran en la Decisión 2013/255/PESC y en el Reglamento (UE) n.o 36/2012.
Entre los datos personales recogidos se incluyen los datos necesarios para la identificación correcta de la persona de que se trate, la exposición de motivos y cualquier otro dato conexo.
Los datos personales recogidos podrán ser compartidos en caso necesario con el Servicio Europeo de Acción Exterior y la Comisión.
Sin perjuicio de las restricciones previstas en el artículo 25 del Reglamento (UE) 2018/1725, se atenderá al ejercicio de los derechos de los interesados (como los derechos de acceso, rectificación u oposición) con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/1725.
Los datos personales se conservarán durante cinco años a partir del momento en que el interesado haya dejado de figurar en la lista de personas sometidas a medidas restrictivas o en que haya caducado la validez de la medida, o mientras dure el proceso judicial en caso de que haya comenzado.
Sin perjuicio de los recursos judiciales, administrativos o extrajudiciales, todo interesado tendrá derecho a presentar una reclamación ante el Supervisor Europeo de Protección de Datos, de conformidad con Reglamento (UE) 2018/1725.
(1) DO L 295 de 21.11.2018, p. 39.
(2) DO L 147 de 1.6.2013, p. 14.
(3) DO L 160 de 7.5.2021, p. 115.