13.4.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 129/13


Anuncio a la atención de los interesados a los que se aplican las medidas restrictivas contempladas en la Decisión 2011/235/PESC del Consejo y en el Reglamento (UE) n.o 359/2011 del Consejo relativos a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Irán

(2021/C 129/08)

Con arreglo al artículo 16 del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), se pone en conocimiento de los interesados la siguiente información:

Las bases jurídicas para esta operación de tratamiento de datos son la Decisión 2011/235/PESC del Consejo (2), modificada por la Decisión (PESC) 2021/595 del Consejo (3), y el Reglamento (UE) n.o 359/2011 del Consejo (4), aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/587 del Consejo (5).

El responsable de esta operación de tratamiento de datos es la Unidad RELEX.1.C de la Dirección General de Relaciones Exteriores (RELEX) de la Secretaría General del Consejo, con la que se puede contactar en la siguiente dirección:

Consejo de la Unión Europea

Secretaría General

RELEX.1.C

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico:sanctions@consilium.europa.eu

Con la delegada de protección de datos de la SGC se puede contactar en la siguiente dirección:

Delegado de protección de datos

data.protection@consilium.europa.eu

El objetivo de esta operación de tratamiento de datos es la elaboración y la actualización de la lista de personas sujetas a medidas restrictivas con arreglo a la Decisión 2011/235/PESC, modificada por la Decisión (PESC) 2021/595, y al Reglamento (UE) n.o 359/2011, aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/587.

Los interesados son las personas físicas que cumplen los criterios de inclusión en la lista que figuran en la Decisión 2011/235/PESC y en el Reglamento (UE) n.o 359/2011.

Entre los datos personales recogidos se incluyen los datos necesarios para la correcta identificación de la persona de que se trate, la exposición de motivos y cualquier otro dato conexo.

Los datos personales recogidos podrán ser compartidos en caso necesario con el Servicio Europeo de Acción Exterior y la Comisión.

Sin perjuicio de las limitaciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento (UE) 2018/1725, los derechos de los interesados (como los derechos de acceso, rectificación u oposición) se ejercerán con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/1725.

Los datos personales se conservarán durante cinco años a partir del momento en que el interesado haya dejado de figurar en la lista de personas sometidas a las medidas restrictivas o haya expirado la validez de la medida, o mientras dure el proceso judicial en caso de que haya comenzado.

Sin perjuicio de los recursos judiciales, administrativos o extrajudiciales, todo interesado tendrá derecho a presentar una reclamación ante el Supervisor Europeo de Protección de Datos, de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/1725 (edps@edps.europa.eu).


(1)  DO L 295 de 21.11.2018, p. 39.

(2)  DO L 100 de 14.4.2011, p. 51.

(3)  DO L 125 de 13.4.2021, p. 58.

(4)  DO L 100 de 14.4.2011, p. 1.

(5)  DO L 125 de 13.4.2021, p. 1.